Julio 2013

ÍNDICE:
1. Parlamento argentino aprueba ley de fertilización asistida
2. Recopilación de ADN y las libertades formales. José Miguel Serrano Ruiz-Calderón
3. La píldora del día después al alcance de todas las mujeres en EE.UU.
4. El modelo Zara y los comités de ética. Rogelio Altisent
5. Los genes humanos son de todos. El Tribunal Supremo de EE UU dictamina que el ADN en la naturaleza o aislado no es patentable.
6. Tom Beauchamp: "La justicia es el principio bioético de la sociedad"
7. Influidos por la Ley de Autonomía. Federico de Montalvo
8. Balance Ley Autonomía del Paciente: "De la autonomía del paciente, pasamos a la 'autonomitis' y a la 'autonomosis'"
9. Profesionalismo, asignatura de grado para formar en valores
10. 'El menor maduro ante el Derecho'. La categoría de menor maduro se valora según el acto
11. Deontología y Política en Guantánamo. José Miguel Serrano
12. Medicamento para el Alzheimer será probado con síndromes de Down en Japón


1. Parlamento argentino aprueba ley de fertilización asistida
La nueva norma no hace distinciones ni por razones de estado civil ni orientación sexual de quienes soliciten acceder a los tratamientos

EFE Buenos Aires  | 6 junio 2013

La Cámara de Diputados de Argentina ha aprobado este miércoles un proyecto de ley que garantiza a los ciudadanos el acceso gratuito a todo tipo de tratamientos de fertilización asistida. La norma, que ya había recibido el visto bueno en el Senado, ha sido aprobada por 204 votos a favor y diez abstenciones, con apoyos de todos los bloques políticos. La ley otorga a los ciudadanos la cobertura de técnicas simples de fertilización, pero también de las más complejas, con o sin donación de gametos o embriones. La cobertura de los procedimientos de reproducción pasa, por tanto, a formar parte del Programa Médico Obligatorio (PMO) y será prestada en todo el país a través de obras sociales, empresas de medicina prepago y del sistema de salud pública.

Simpatizantes de este proyecto se han concentrado la tarde del miércoles a las puertas del Congreso para apoyar la aprobación de la iniciativa. "Venimos trabajando a pulmón en todo el país y hoy es un día de mucha emoción para nosotros porque luego de tanto camino recorrido festejamos esta ley", ha dicho María Teresa Braco, de la Asociación Sumate a dar Vida. Por su parte, María Elena Cabral, de la organización Abrazo dar dar vida, ha destacado que la nueva norma cierra "un vacío legal de 28 años" en el que las empresas de medicina privada se excusaban para no dar cobertura a sus afiliados en el acceso a estos tratamientos. "Desde hace 17 se están pidiendo leyes y ésta lleva tres años. Estamos en un momento histórico porque nunca un proyecto de este tipo avanzó tanto", destacó Cabral. La nueva ley no hace distinciones ni por razones de estado civil ni orientación sexual de quienes soliciten acceder a los tratamientos. Se abre así el acceso integral gratuito a las técnicas de reproducción médicamente asistida a las parejas homosexuales, padres solteros o familias monoparentales. "Somos una pareja gay de mujeres y no podemos tener hijos naturalmente. Nosotras estamos casadas hace un año y medio y realizamos dos tratamientos de fertilización asistida que dieron negativos. Y como sale mucho dinero cada tratamiento, apoyamos esta ley", ha explicado Jésica, una de las simpatizantes concentradas en el Congreso. 


2. Recopilación de ADN y las libertades formales 
José Miguel Serrano Ruiz-Calderón 

Miembro del Comité de Bioética de España 
Diario Médico, 10 junio 2013. 

El Supremo de Estados Unidos ha avalado la ley de Maryland que permite a la policía crear un registro de ADN. La autorización establece sus límites en el uso de este material, pero es inevitable imaginarse otros. 

Se ha dicho que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en una sentencia del 3 de junio de 2013 ha hecho más fácil recopilar los datos genéticos de los ciudadanos. La decisión resolvía un recurso contra la ley de Maryland que permite a la policía recopilar datos de ADN de detenidos por delitos graves. 

Quizás la expresión "datos genéticos de los ciudadanos" pueda parecer exagerada si pensamos que la controvertida sentencia (cinco votos a favor y cuatro en la opinión disidente) no autoriza a la policía, específicamente a la de Maryland pero con ella a la de veintiocho estados, a montar un servicio recopilatorio de todo tipo de ADN. Por el contrario, considera que la toma e inclusión en bases de datos del ADN de detenidos por delitos graves no es anticonstitucional y guarda la debida proporcionalidad exigida por la Constitución estadounidense, y por el principio penal de general aplicación. 

La base del fallo se encuentra en la idea de que la toma de muestras se realiza a efectos de identificación del detenido y no de investigación de "cualquier crimen posible". Además, la ley de Maryland se refiere a los detenidos por delitos graves, aunque ciertamente la sentencia del Supremo no expresa esa posible limitación para el legislador. 

Lejos de la realidad española 

Podrían buscarse diferencias con la situación española por el hecho de que en España la instrucción se lleva a cabo por el juez de instrucción, y por la existencia de una Ley orgánica nacional que regula la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir de ADN.

La intervención judicial sería incluso necesaria cuando la instrucción, como es previsible, la lleven los fiscales. Por otra parte, es probable que el nuevo reglamento europeo sobre bases de datos, previsto para este año, incluya formalidades más estrictas en el manejo de esta información sensible. 

En principio, parece que hay poco que oponer a la existencia de registros de ADN de "criminales peligrosos"; la cuestión es que los criminales peligrosos strictu sensu son los condenados por ciertos delitos y no los sospechosos o detenidos por delitos más o menos graves, que van a ser los afectados por esta resolución. En Estados Unidos la investigación acusatoria la realiza el fiscal con apoyo de la policía y por razón de la protección de las libertades individuales hay una fuerte reticencia a dar un poder general de investigación. 

En apoyo de la sentencia se maneja también el dato de las numerosas exoneraciones debidas al uso de ADN que se han producido en los últimos años, con la liberación de presos condenados injustamente incluso a la pena de muerte. Sin embargo, queda por demostrar que el uso masivo de la recopilación de datos de ADN por la policía beneficie el derecho individual de un sujeto acusado. 

A efectos de clarificación del debate tan útil es la sentencia como el voto discordante que ha sido redactado por el magistrado Scalia y al que se han sumado con matices tres magistrados más. 

Es muy relevante la división del Tribunal: los "conservadores" se han partido, yéndose varios a la mayoría mientras que Scalia, el más originalista, es decir, el partidario de interpretar la Constitución en su sentido original, tal como fue querido por los Fundadores, ha encabezado el disenso. A él se han sumado tres magistrados preocupados por los excesos gubernamentales, más cercanos al denominado sector progresista.

El voto discordante con la mayoría 

Scalia, en su estilo, se pregunta si el ponente no ha visto nunca una serie sobre crímenes en TV, y si es razonable pensar que el ADN recopilado se usara para identificar al sospechoso en vez de para investigar su vinculación con cualquier posible delito sin resolver. Siguiendo su posición tradicional, argumenta que, si bien este tipo de registros puede ser útil, es dudoso que el Constituyente pensase en autorizar a los funcionarios gubernamentales para que le abriesen la boca a todo el mundo en busca de pruebas. 

En cuanto al uso para la identificación, me temo que Scalia, en su ironía, da ideas que pueden acabar siendo empleadas por los obsesos de la seguridad, como cuando se refiere a la posibilidad de que la Transportation Security Administration quisiese el ADN para conocer la verdadera identidad de todos los pasajeros. Hay sugerencias que las carga el diablo.

 

3. La píldora del día después al alcance de todas las mujeres en EE.UU.
Una nueva sentencia ha convencido a la Administración Obama de no seguir plantando batalla

E. J. BLASCO / corresponsal en WASHINGTON
ABC, Día 11/06/2013. REUTERS/Shannon Stapleton

La Administración Obama ha anunciado que retira la limitación de edad que había impuesto para la venta de la píldora del día después, ante la insistencia de los tribunales en que sea puesta a disposición de cualquier mujer, sin necesidad de receta ni requiso de edad o autorización de los padres en el caso de menores. Recientemente, el Departamento de Salud había rebajado de 17 a 15 años la edad mínima para la venta de la píldora, comercializada en Estados Unidos como «Plan B One—Step». La Administración comunicó que no recurrirá las sentencias que le eran adversas.

Se trata del final de un largo tira y afloja entre la FDA, la agencia federal que regula alimentación y medicamentos, el Departamento de Salud y los tribunales. La píldora del día después fue autorizada por la FDA en 1999, pero hasta 2009 no llegó a las farmacias. En 2011 la FDA aprobó no aplicar límites de edad para su venta, pero la

titular de Salud, Kathlen Sebelius, prohibió que se facilitara a menores de 17 años si no llevaban receta. Esto fue visto por los críticos de Barack Obama, que defendió la decisión de Sebelius porque pensaba en sus propias hijas, como un intento del presidente para congraciarse con las bases conservadoras del Partido Republicano, a un año de las elecciones. «Como padre de dos hijas», dijo entonces Obama, «creo que es importante que nos aseguremos de que aplicamos sentido común».

Derrota en los tribunales

En abril, una sentencia del juez Edward Korman ordenó retirar toda limitación. La Administración Obama anunció que rebajaba la edad a los 15 años y que combatiría la decisión judicial. Pero una nueva sentencia, que recordaba la inexistencia de restricciones para otra versión del medicamento, en dos píldoras, ha convencido a la Administración de no seguir plantando batalla.

Para los críticos con la medida, la venta indiscriminada de la píldora puede contribuir a aumentar la promiscuidad y el abuso sexual, y al mismo tiempo disuadir de convenientes visitas al médico. «Estamos muy precupados y decepcionados», declaró Anna Higgins, miembro de la dirección del Centro para la Dignidad Humana, «porque lo que vemos aquí es que el Gobierno ha cedido a la presión política en lugar de poner en primer lugar la salud de las niñas y los derechos de los padres».

Los defensores de la píldora, sin embargo, aseguran que la nueva disposición ayudará a reducir tanto embarazos no deseados como abortos una vez avanza la gestación. La decisión «hará que la anticoncepción esté disponible en los estantes de la tienda, como los condones», aseguró Cecile Richards, presidente de la federación nacional de centros Planned Parenthoud, la principal entidad dedicada a reproducción humana, pro abortista.

«Es por lo que las feministas hemos estado luchando tanto tiempo: una píldora del día después al alcance de todas las mujeres, de cualquier edad, en la estantería de la tienda», declaró Annie Tummino, del movimiento Liberación Nacional de las Mujeres.


4. El modelo Zara y los comités de ética

Rogelio Altisent. Profesor de Bioética
Diario Médico, 11/06/2013 00:00

Zara forma parte de un grupo español de cadenas de moda que es actualmente una de las empresas con mejores resultados del mundo. Lógicamente, su modelo ha sido analizado con detalle. Al parecer, una las claves de su éxito es el llamado "modaprontismo". Zara no pretende crear colecciones originales cada temporada diseñadas por gurús de la moda. Sus creativos diseñan prendas según las preferencias que detectan en sus clientes y en los ambientes jóvenes. Su truco está en captar las tendencias. No pretenden crear moda absolutamente original, sino conocer lo que a la gente le gusta vestir y fabricarlo a bajo coste para colocarlo en los escaparates de sus tiendas en pocas semanas. Aplicando esta estrategia parece que no les va nada mal.

He pensado que podríamos aplicar esta lógica a los comités de ética asistencial y a las comisiones de deontología de los colegios profesionales. Considero, y me parece que bastante gente comparte esta reflexión, que muchas comisiones de ética tienden a tener un funcionamiento muy pasivo. Además, a menudo se escuchan quejas de que reciben pocas consultas de casos. Considero que esto ocurre, en buena medida, porque no hemos captado que en ética, al igual que en medicina, la prevención puede ser tan importante como la curación o la paliación.

Las tres funciones clásicas de los comités de ética han sido: recibir consultas de casos con problemas éticos, emitir recomendaciones éticas y la formación en bioética. En Aragón se acaba de aprobar un decreto para la acreditación de comités de ética asistencial donde se incorpora una cuarta función: la promoción de la investigación dirigida a conocer las necesidades reales de su ámbito de actuación. Es decir, los comités deberán realizar una tarea activa, que va más allá de las paredes de la sala de reuniones, con el objetivo de conocer y diagnosticar lo que realmente preocupa a los profesionales y a los pacientes desde la perspectiva ética. De este modo podrán orientar su actividad de asesoramiento y docencia hacia las necesidades reales, adoptando una posición proactiva.

La madurez de un comité de ética se alcanza cuando se convierte en una pieza necesaria en el organigrama de una institución, para lo cual hay que eliminar la etiqueta de que es un grupo de aficionados a la ética que son mirados con respeto pero con cierto escepticismo por una mayoría que no acaba de comprender su tarea. En el caso de la Comisiones de Deontología de los colegios profesionales, se puede hacer un análisis parecido.

Merece la pena que los directivos de las instituciones valoren la trascendencia que tiene impulsar las comisiones de ética, exigiendo a la vez eficiencia en el desarrollo de su actividad. Hay que abrir la etapa de la evaluación de los comités de ética, introduciendo indicadores de calidad. Un indicador necesario será la sintonía con las necesidades reales de los profesionales. El modelo Zara puede servir de inspiración.


5. Los genes humanos son de todos

El Tribunal Supremo de EE UU dictamina que el ADN en la naturaleza o aislado no es patentable. Rompe la exclusividad en los test de detección de enfermedades

El País. Jaime Prats / Carolina García Valencia / Washington13 JUN 2013

Los genes humanos no se pueden patentar, ni en su estado natural, ni aislados en el laboratorio mediante procesos de ingeniería genética, según ha fallado este jueves el Tribunal Supremo de Estados Unidos. En una decisión que mantenía en vilo a la industria farmacéutica, agroalimentaria y las compañías de biomedicina, pero también a la comunidad científica, nueve magistrados han decidido de forma unánime que la empresa Myriad Genetics no tiene derecho a la propiedad industrial y la explotación comercial exclusiva de los genes BRCA1 y BRCA2, cuyo análisis sirve para evaluar el riesgo de desarrollar cáncer de mama y ovario. "El ADN es un producto de la naturaleza y no puede ser objeto de patente simplemente porque haya sido aislado", han manifestado los magistrados del alto tribunal estadounidense.

"Esta decisión supone que todas las compañías que lo deseen pueden obtener este o cualquier otro gen, aislarlo y usarlo para diagnosticar enfermedades sin infringir ninguna patente", señala Alfonso Valencia, vicedirector de investigación del Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas (CNIO), que recogía la satisfacción de la comunidad. Dado que, hasta el momento, el uso comercial para diagnóstico de estas patentes —siete en total— estaba en manos de Myriad (no por demasiado tiempo, los derechos de propiedad industrial de la compañía estadounidense expiraban en 2015), la resolución judicial supone un radical cambio en las reglas de juego existentes hasta el momento, lo que tendrá previsiblemente importantes consecuencias en Estados Unidos.

Habrá más firmas atraídas por el diagnóstico genético y caerán los precios

Es verdad que la sentencia reconoce el derecho de Myriad a patentar productos artificiales derivados del gen, el llamado ADN sintético (o copia, cADN). Este fragmento de material genético, que es manipulable en el laboratorio y se usa en el proceso de diagnóstico de mutaciones, es el que se obtiene al replicar un segmento de una hebra de ADN. Sin embargo, como apunta Valencia, la genómica ha avanzado mucho desde que comenzó el proceso judicial de Myriad y desde que la compañía comenzó a patentar genes, allá por 1994. Durante todo este tiempo, el uso del ADN copia ha perdido valor en los procedimientos técnicos de diagnóstico genético. "Ahora, ya no tiene relevancia, ha quedado desfasado por los nuevos métodos", explica el investigador del CNIO. Una nueva tecnología que, por otra parte, ha traído consigo una vertiginosa caída de precios —el análisis conjunto de los BRCA sale por 900 euros— que han situado a estos procedimientos a las puertas del uso clínico generalizado. "La relevancia de la medida adoptada por los jueces es evidente", insiste Valencia. "Habrá más compañías atraídas por el sector del diagnóstico genético, y se abaratarán aún más los procedimientos". Myriad cobra 3.000 dólares (2.250 euros) por la prueba.

En Europa se puede patentar un gen aislado con algunas condiciones

La resolución judicial pone el punto final a una reclamación presentada en 2009 por la Fundación Patentes Públicas (Patent Public Foundation, PubPat) y la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (American Civil Liberties Union, ACLU), arropada por asociaciones de pacientes de cáncer de mama y colectivos de médicos. Todos ellos acudieron a los tribunales por considerar inválidas e inconstitucionales las patentes que Myriad había ido registrando relativas al BRCA1 (que se hizo recientemente famoso por ser el que tenía mutado Angelina Jolie, lo que le llevó a optar por una mastectomía preventiva) y BRCA2.

Gracias a ellas, la compañía estadounidense contaba con los derechos sobre los genes, sobre las secuencias mutadas y su empleo en diagnóstico y pronóstico de cáncer de mama y ovario. Ello le otorgaba la licencia exclusiva de la explotación en Estados Unidos del test de detección de mutaciones en ambos genes —lo que impedía una segunda opinión independiente—. Dado que todos los resultados de las decenas de miles de test pasaban por los departamentos de análisis de la empresa, Myriad acumuló una colosal base de datos relativa a mutaciones patógenas en estos dos genes. Un conocimiento que, en contra de los hábitos que caracterizan a la comunidad científica, se ha reservado para su uso exclusivo. De hecho, se estima que la empresa cuenta con una información miles de veces superior a las bases de datos públicas en Internet (Human Gene Mutation Database, Breast Cancer Information Core), donde los investigadores vuelcan sus hallazgos y colaboran conjuntamente al avance del conocimiento de la enfermedad.

Los denunciantes: "Cae una barrera a la innovación y atención al paciente"

Una primera vista, celebrada en 2010 en un tribunal de Nueva York, ya dio la razón a los demandantes. Tras un recurso a la instancia federal de apelaciones, el procedimiento llegó al Tribunal Supremo, donde se ha reafirmado la imposibilidad de patentar genes humanos. El Supremo reconoce que Myriad ha identificado genes relevantes, pero "los descubrimientos revolucionarios, innovadores y brillantes no son en sí mismos una aplicación", tal y como recoge el fallo. "Las leyes de la naturaleza, los fenómenos naturales y las ideas abstractas son herramientas fundamentales para el trabajo científico y tecnológico que no entran en el ámbito de la protección de las patentes", añaden los magistrados.

Una de las primeras entidades en manifestarse tras darse a conocer la opinión del alto tribunal fue la ACLU. "El tribunal ha tumbado una barrera importante para la atención al paciente y la innovación médica. Myriad no inventó los genes BRCA, por lo que no

debe controlarlos", dijo un portavoz. En Wall Street, sin embargo, no hubo castigo a la empresa debido al reconocimiento de las patentes de ADN copia. Las acciones de la compañía subieron más del 8%, hasta los 36,83 dólares

La propiedad de Myriad impedía tener otra opinión sobre riesgo de cáncer

Los efectos de la resolución del Tribunal Supremo se limitan a los Estados Unidos. En Europa, la directiva 98/44 permitiría patentar genes aislados siempre que se cumplieran determinadas características —novedad, resolución de un problema, como su aplicación diagnóstica, invención—, según apunta Francisco Fernández Brañas, uno de los directores del Departamento de Biotecnología de la Oficina Europea de Patentes. De hecho, Myriad tiene licencias vigentes en Europa, pero mucho más limitadas de las que disfrutaba en Estados Unidos. Distintas empresas practican análisis genéticos de BRCA1 y BRCA2 con normalidad. En el sector no hay conocimiento de reclamaciones por parte de Myriad para exigir los derechos de uso de la técnica.


6. Jornadas Nacionales de Comisiones Deontológicas: "La justicia es el principio bioético de la sociedad"

Filósofo y profesor de la Universidad de Georgetown, Tom Beauchamp, defiende la vigencia de las reglas bioéticas.

Diario Médico. S. Valle. Madrid 17/06/2013

Uno de los padres de la Bioética moderna, Tom Beauchamp, filósofo y profesor de la Universidad de Georgetown, fue el encargado de abrir las XI Jornadas Nacionales de Comisiones Deontológicas, organizadas por el Colegio de Médicos de La Coruña, que se han celebrado este fin de semana.

Beauchamp respondió a Diario Médico pocas horas después de conocerse la resolución de la Corte Suprema de Estados Unidos rechazando la posibilidad de patentar los genes humanos.

Sobre ello apunta: "Es probablemente un paso hacia delante para Estados Unidos, aunque sin duda será un tema controvertido. De todos modos, no creo que afecte mucho a los países europeos, pues tienen leyes diferentes". En todo caso, valora que "la decisión no determina que no haya derechos de patente, sólo que no hay derechos de licencias para ciertos productos [genes humanos], pero todavía tendrán que determinarse las reglas sobre qué hacer con otro tipo de productos".

Distintas perspectivas

Justicia, no maleficencia, beneficencia y autonomía son los cuatro principios de Bioética sobre los que Beauchamp ha estudiado y escrito en profundidad. Como si le dieran a elegir entre sus hijos, el filósofo niega que exista un principio más importante que otro. Sin embargo, admite que la prioridad entre uno u otro aparece dependiendo de la perspectiva desde la que se haga la pregunta.

"No creo que haya un principio bioético [...], pero, por ejemplo, desde el punto de vista de la sociedad, especialmente cuando nos centramos en el ámbito de los seguros médicos, y la distribución de unos recursos sanitarios limitados, el principio más importante es el de la justicia, y creo que va a ser así durante mucho tiempo. Sin embargo, desde un punto de vista de la práctica clínica, son la beneficencia y la no maleficencia. Y para el paciente, el principio más importante es el de la autonomía".

Abusos históricos

Beauchamp, que tiene varios trabajos en los que analiza los abusos cometidos por la investigación médica en la Alemania nazi o en los ensayos que Estados Unidos realizó sobre la población más vulnerable de Guatemala, en los años cuarenta del pasado siglo, apunta el gran avance que se había producido en la observación de los principios bioéticos en las investigaciones médicas.

Y señala: "En los próximos años asistiremos a un gran cambio producido por la unificación de criterios éticos entre la investigación médica y la práctica clínica, que siempre se han desarrollado cada una en su mundo, pero que ahora deben unirse". Uno de los motores de este cambio, según admite, está en la gran cantidad de información que se maneja y con la se trabaja en la investigación.

Coautor del 'Informe Belmont'

Filósofo, es profesor de la Universidad Georgetown y director de investigaciones del Instituto Kennedy de Bioética. Tom Beauchamp fue miembro de la Comisión Nacional para la Protección de las Personas en la Investigación Biomédica, donde fue coautor del Informe Belmont, publicado en 1978, un texto que marcó un antes y un después en la investigación con humanos y animales al fijar los principios éticos que se debían respetar. Tiene una basta obra publicada relacionada con los principios de la Bioética, su último libro: Contemporany issues in Bioethics, 2013.


7. Influidos por la Ley de Autonomía

Federico de Montalvo
Profesor de Derecho Constitucional en la UP Comillas (Icade) DM 17/06/2013

Este año en el que celebramos una década de la entrada en vigor de la Ley de Autonomía del Paciente no puede resultar más oportuno valorar qué importancia ha tenido dicha ley más allá de nuestras fronteras y singularmente en los países iberoamericanos. Si Iberoamérica ha estado tradicionalmente atenta a las novedades legislativas y jurisprudenciales españolas en general y muy particularmente en el ámbito del Derecho Sanitario. ¿Cuál ha sido la atención prestada a aquélla?

La lectura de las últimas leyes aprobadas sobre la materia, las de Chile, Argentina y Uruguay -en Colombia hay tres proyectos de ley pero ninguno está vigente-, nos permiten afirmar que nuestra ley ha constituido una referencia. Todos los textos legales aprobados en dichos países responden a unos principios y características muy similares.

En el caso de Chile, su reciente ley de derechos de los pacientes, aprobada el 13 de abril de 2012, recoge una regulación que recuerda claramente a nuestra norma. Así, se establece que la información ha de ser adecuada, suficiente y comprensible, y el proceso, por regla general, se efectuará en forma verbal, debiendo constar por escrito para intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos y, en general, para la aplicación de procedimientos que conlleven un riesgo relevante y conocido para la salud del afectado.

Consentimiento informado

La regulación de las excepciones al consentimiento informado es idéntica. Se recogen las tres excepciones de salud pública, incapacidad temporal y riesgo vital o para la integridad física o psíquica del paciente y, por último, incapacidad permanente del paciente para tomar la decisión. Igualmente, la regulación para los supuestos de alta voluntaria y alta forzosa es muy similar.

La historia clínica, denominada ficha clínica, y los consiguientes derechos de acceso son prácticamente iguales, salvo en lo que se refiere al plazo de conservación, al optar por un plazo más amplio de quince años en lugar de los cinco que establece la norma española, lo que, en España, ya había sido propuesto por algunos autores de nuestra doctrina y recogido en algunas normas autonómicas de desarrollo.

Por su parte, Argentina aprueba su ley a finales de 2009, en la que encontramos una regulación casi idéntica a la norma española en relación a las excepciones al deber de obtener la autorización del paciente por grave peligro para la salud pública y cuando

mediare una situación de emergencia, con grave peligro para la salud o vida del paciente, y no pudiera dar el consentimiento por sí o a través de sus representantes legales. También, la regulación del derecho de información es muy similar, exigiéndose, como hace nuestra ley, que la información sea clara, suficiente y adecuada. Además, la información será con carácter general verbal, exigiéndose la forma escrita en los supuestos de ingreso involuntario y en las intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos.

Igualmente, se muestra muy similar la regulación del documento de instrucciones previas que aquí denominamos directivas anticipadas y de la historia clínica.

Por último, la norma de Uruguay, aprobada en 2008, consagra el derecho del paciente a recibir información adecuada, suficiente y continua. También se regula de manera similar las excepciones al derecho a rechazar el tratamiento médico: cuando mediaren razones de urgencia o emergencia, o de notoria fuerza mayor que imposibiliten el acuerdo requerido, o cuando las circunstancias no permitan demora por existir riesgo grave para la salud del paciente, o cuando se esté frente a patologías que impliquen riesgo cierto para la sociedad que integra, se podrán llevar adelante los procedimientos, de todo lo cual se dejará precisa constancia en la historia clínica.

Se recoge la figura de la necesidad terapéutica, de manera que en situaciones excepcionales y con el único objetivo del interés del paciente con consentimiento de los familiares se podrá establecer restricciones al derecho de conocer el curso de la enfermedad.

La regulación de la historia médica y del correspondiente derecho de acceso también es muy similar. Se establece el derecho de acceso del paciente y de los profesionales vinculados con la asistencia sanitaria al mismo y de terceros, tales como familiares y acompañantes, siempre que no medie la negativa expresa de éste.

Resulta interesante el valor probatorio que la ley uruguaya da a la historia clínica, disponiendo que toda historia clínica, debidamente autentificada, en medio electrónico constituye documentación auténtica y, como tal, será válida y admisible como medio probatorio (art. 19). Tal previsión no se ha recogido normativamente en España pero es ya doctrina consagrada por nuestros tribunales de justicia.

En definitiva, si debemos celebrar con entusiasmo esta década de derechos de los pacientes en nuestro país, más aún debemos hacerlo si miramos más allá de nuestras fronteras y comprobamos la recepción que la Ley de Autonomía del Paciente ha tenido en Iberoamérica.


8. Balance Ley Autonomía del Paciente: "De la autonomía del paciente, pasamos a la 'autonomitis' y a la 'autonomosis'"

DM, Soledad Valle | Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. | 24/06/2013 00:00

"Hemos pasado de la autonomía, a la autonomitis, que es un proceso inflamatorio y de ahí a la autonomosis, un proceso degenerativo". Así se expresó Fernando Bandrés, médico y director del Aula de Estudios Avanzados de la Fundación Tejerina de Madrid, en el último Foro de Sanidad y Derecho celebrado en el Hospital Universitario La Paz de Madrid, bajo el título Medicina, Bioética y Derecho.

"Hemos pasado de la autonomía, a la autonomitis, que es un proceso inflamatorio y de ahí a la autonomosis, un proceso degenerativo". Así se expresó Fernando Bandrés, médico y director del Aula de Estudios Avanzados de la Fundación Tejerina de Madrid, en el último Foro de Sanidad y Derecho celebrado en el Hospital Universitario La Paz de Madrid, bajo el título Medicina, Bioética y Derecho.

La autonomía ha sido el principio bioético protagonista del cambio de paradigma en la relación médico-paciente. La Ley de Autonomía del Paciente, que consagra este derecho del enfermo, ha recibido todo tipo de alabanzas este año, al cumplirse una década de su aprobación. Sin embargo, no todo son parabienes. "Los hospitales y los médicos no son chefs de un restaurante", aclaró Jesús Frías, jefe de Servicio de Farmacología Clínica y vicepresidente del Comité de Investigación Clínica del Hospital Universitario La Paz, en un intento de traducir la exigencia legal al ejercicio de la Medicina. "En el 99'9 por ciento de la práctica médica se hace lo que la buena praxis indica y sólo cuando hay dudas se consulta al paciente". Para ilustrar esa reflexión, Frías puso varios ejemplos con los que era difícil no estar de acuerdo. Sin embargo, Bandrés alentó al auditorio a trasladar el análisis desde el Hospital La Paz, donde estaban, a los juzgados de Plaza Castilla, para ver que, "en la mayor parte de las demandas sanitarias, se esgrime una falta de consentimiento informado".

* "En el 99,9 por ciento de la práctica médica hacemos lo que la buena praxis indica y sólo cuando hay dudas se consulta al paciente", señala Jesús Frías

Sobre la litigiosidad que afecta al ámbito médico, con cuantiosas reclamaciones patrimoniales, Bandrés mostró su preocupación afirmando, como facultativo: "Nosotros no podemos ser una línea de negocio", reconociendo que las víctimas de esta situación son el potencial humano.

La crítica al autonomismo sanitario expuesta por los representantes de la actividad sanitaria tuvo eco en los abogados. Tanto Filiberto Chuliá, jefe del Servicio Jurídico del Hospital Universitario La Paz, como José Ramón Díez Rodríguez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Educación a Distancia (UNED), reconocieron las filigranas que en algunos casos deben hacer los sanitarios para ajustarse a las exigencias legales.

Retos de futuro

Díez afirmó que "el principio de autonomía está sobrevalorado", recomendando que, en lugar de dar una prevalencia clara a unos derechos sobre otros, se aplicara el principio de proporcionalidad que hace modular la prioridad, en función de los casos. En intervenciones de urgencia, por ejemplo, la exigencia de informar al paciente no es la misma que cuando se trata de una operación programada con tiempo.

La mira al futuro más inmediato, donde el avance de la medicina ofrece la posibilidad de que unos padres puedan elegir el sexo de su hijo, o una mujer, como la actriz Angelina Jolie, se someta a una intervención preventiva, trae nuevos retos bioéticos para el mundo sanitario.

Los expertos del debate confirmaron sus dudas ante este horizonte, con pocas certezas, quizás una de las más claras es que el principio de autonomía habría que modelarlo necesariamente con el de justicia, pues la merma de los recursos trae, necesariamente, una merma en las posibilidades.


9. Profesionalismo, asignatura de grado para formar en valores

DM, C. Fernández/F. Goiri. Madrid/Barcelona,| 24/06/2013 00:00

La Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona estrenó hace cinco años una asignatura que, bajo el nombre de Profesionalismo: los valores de los médicos, aborda aspectos que, siendo ajenos al conocimiento estrictamente científico, son claves en la práctica diaria del médico, desde la deontología hasta el papel social del facultativo o su relación con el paciente. Siguiendo la estela de Barcelona, la Facultad de Ciencias de la

Salud de la Universidad de las Palmas de Gran Canaria ha impartido este año la asignatura por primer vez. El nombre varía ligeramente -Profesionalismo Médico-, pero el objetivo es idéntico:formar en valores a los médicos del futuro.

Tanto en Barcelona como en Las Palmas la asignatura es optativa, pero, mientras en la primera se imparte en el primer curso, en la facultad canaria se ha optado por ofertarla en cuarto.

Arcadi Gual, catedrático del Departamento de Ciencias Fisiológicas y coordinador de la asignatura en Barcelona, explica que el temario "abarca un espacio no cubierto por otra asignatura, la de Bioética, con la que no nos solapamos pero sí nos aproximamos, con una visión sobre la buena práctica y las buenas costumbres profesionales".

Ante una iniciativa de clara inspiración anglosajona (en varias facultades de Estados Unidos se imparte desde hace años), Gual precisa que el concepto de profesionalismo genera conflicto si se traduce mal del inglés como profesionalidad: "Cuando hablamos de profesionalismo lo hacemos de valores y de compromisos con una profesión".

La asignatura está pensada para un grupo muy reducido de alumnos, unos 22 por curso (menos que otras optativas). Los que optan por ella, según Gual, "lo hacen con ilusión y sorprendidos, con una idea romántica de la profesión, y logran entusiasmarse. La mayoría tiene unos valores de entrega, de compromiso y de ayuda social, que explica por qué eligen esta profesión y no otra. A menudo estos alumnos nos dejan con la boca abierta".

La asignatura de Barcelona se fraguó en la Fundación Educación Médica, que preside Gual y a la que pertenecen todos sus profesores, y también uno de los promotores de la asignatura de la Facultad de Ciencias de la Salud de Las Palmas, su decano, Felipe Rodríguez de Castro.

Por sus clases han pasado profesores colaboradores, como el internista, catedrático de la Universidad Autónoma de Barcelona y presidente del Colegio de Médicos de Barcelona, Miquel Vilardell, y el actual consejero de Salud de la Generalitat, Boi Ruiz.

Gual ha explicado que hay muchas facultades interesadas en el contenido de esta materia, pero que la de Barcelona optó, a diferencia de otras, que prefieren incorporarla a asignaturas más grandes, por separarla claramente de la Bioética.

Tras 5 años de experiencia, Gual cree que los resultados son positivos pero podrían ser mejores si la asignatura tuviera una segunda parte en quinto o sexto. "El profesionalismo se ve de una manera cuando se empieza el grado y de otra, más realista, cuando se acaba. Querríamos una sola asignatura con dos partes: en primero y más adelante". ¿Hay suficiente teoría para dos partes? "La hay y, además, el 80 por ciento de la asignatura son casos prácticos en los que se confrontan opiniones", dice Gual.

Dilatada trayectoria

La Fundación Educación Médica, que ha servido de caldo de cultivo del temario de la asignatura, se creo en 1998 y tiene como principal objetivo profundizar en la docencia médica y, especialmente, difundir sus aspectos más actuales e innovadores. Mantiene un intercambio constante con instituciones académicas nacionales e internacionales, y actualmente es órgano oficial de expresión en castellano de la Word Federation for Medical Education.


10. 'El menor maduro ante el Derecho'

La categoría de menor maduro se valora según el acto

Diario Médico. Carmen Cáceres. Sevilla | 25/06/2013 19:12

"Si no hay madurez, el menor no puede decidir, pero deberá ser oído, pues así lo recoge el Convenio de Oviedo". Con esta aclaración Francisco Oliva, profesor titular de Derecho Civil de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, ha querido dar respuesta a algunas de las preguntas que plantea al profesional sanitario la atención al llamado menor maduro. "Si no hay madurez, el menor no puede decidir, pero deberá ser oído, pues así lo recoge el Convenio de Oviedo". Con esta aclaración Francisco Oliva, profesor titular de Derecho Civil de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, ha querido dar respuesta a algunas de las preguntas que plantea al profesional sanitario la atención al llamado menor maduro.

Oliva ha intervenido en la jornada sobre Bioética que se ha celebrado hoy en Sevilla, organizada por la Escuela Andaluza de Salud Pública y la Fundación de Ciencias de la Salud. En la mesa redonda sobre El menor maduro ante el Derecho, Oliva ha diferenciado tres situaciones: menores de dieciséis años sin capacidad natural de obrar, menores de dieciséis y diecisiete años o emancipados, y menores de dieciséis años con capacidad natural de obrar.

Soporte legal

El profesor ha defendido que si se demuestra que un menor de dieciséis años tiene capacidad suficiente para entender el alcance de la intervención, el CI corresponde al menor. "La Convención de Derechos del Niño y el Código Civil dicen que el ejercicio de los derechos de la personalidad corresponde al menor siempre y cuando tenga madurez suficiente".

Por tanto, la categoría del menor maduro se construye en función de los actos que pretende realizar.

En el sistema sanitario español no existe un estándar de actuación para entender la capacidad del menor para tomar decisiones.

Mercedes Navío, coordinadora asistencial de la Oficina Regional de Coordinación de Salud Mental del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), se refirió al MacCAT-T (MacArthur Competency Assessment Tool for Clinical Research), una herramienta que explora cuatro habilidades para consentir un tratamiento:la comprensión y apreciación de la información, el razonamiento y la expresión de una elección, y que ha juzagado muy útil.

Según Tirso Ventura, psiquiatra del Hospital Miguel Servet, de Zaragoza, en el menor maduro hay que demostrar que tiene capacidad mental para realizar una tarea específica. "Es maduro en la medida que el paciente pueda comunicar sus decisiones, comprender la información acerca de su estado y valorar sus consecuencias", concluyó


11. Deontología y Política en Guantánamo

José Miguel Serrano
Miembro del Comité Nacional de Bioética.
DM, 28/06/2013 00:00

La obligación deontológica que tiene el médico de asistir al preso en huelga de hambre se diluye ante la situación de limbo jurídico en la que permanecen los retenidos en Guantánamo.

La World Medical Association (WMA) adoptó en la Declaración de Malta una posición maximalista sobre la huelga de hambre, incluida la de detenidos sobre los que pesa una especial obligación de garantía por el Estado.

Esta posición plenamente autonomista, influida probablemente por la adoptada en Gran Bretaña, tras las duras experiencias de las huelgas de hambre irlandesas, exige consentimiento del paciente para cualquier intervención de ayuda médica, incluida hidratación y alimentación. Conviene recordar que la opción se tomó tras fallecimientos por intervenciones médicas de alimentación forzosa, y que los familiares republicanos se convirtieron en garantes de la huelga hasta la muerte.

Algunas jurisprudencias, como la española, excluyendo siempre la alimentación forzosa, entendieron que intervenciones médicas sobre presos en huelga de hambre estaban amparadas por nuestro ordenamiento constitucional. Algo similar ocurre en Estados Unidos a pesar de su tradición autonomista.

Lo que viene ocurriendo en Guantánamo crea un enorme problema a quienes hemos entendido que atender al huelguista desfalleciente es una obligación deontológica. En efecto, en una situación de detención sin juicio durante años, sin acceso a la justicia, sin perspectivas para los presos, tras cinco años de Presidencia del hombre que iba a cerrar el campo de internamiento, la acción de los médicos militares, con las sillas de traslado, la alimentación gravosa, y el fin político de evitar el impacto en los medios de unas posibles muertes se vuelve antideontológica.

La huelga de hambre carcelaria surgió como medio de protesta de quienes no tenían otra forma de hacer valer sus derechos. Requiere una cierta publicidad y por tanto una opinión pública que responda al huelguista. De hecho, no ha podido prosperar en los sistemas totalitarios.

Guantánamo cumple las condiciones de la huelga clásica. Como han dicho 13 de los detenidos en su carta a sus médicos militares, ellos no desean morir, pero exigen una observación médica imparcial. A ella se han ofrecido 153 médicos en otra carta al presidente Barack Obama en la prestigiosa revista The Lancet.

Guantánamo prueba la posibilidad real del cumplimiento de algunos de los temores que llevaron a la Declaración de Malta de la WMA en 1991. Sin embargo, no creo que sirva para resolver el debate sobre la huelga de hambre, pues el principal problema en Guantánamo es Guantánamo mismo. Una situación que no debe prorrogarse. Como se ha dicho Guantánamo es un limbo jurídico, un lugar sin presencia del Derecho, tampoco de la Deontología.

La dificultad real de encontrar una solución no obvia la necesidad de insertar a los presos en el sistema jurídico. No hacerlo desde el principio ha sido un error grave que asienta la excepcionalidad como el medio normal de hacer las cosas. En ese contexto, el juicio ético de cada uno, sobre las obligaciones que le corresponden, se oscurece por el interés político.


12. Medicamento para el Alzheimer será probado con síndromes de Down en Japón

El fármaco, llamado Aricept, comenzará a probarse el 10 de agosto en hospitales de todo el país con personas entre 15 y 39 años.

EFE - 30/06/2013 - 12:14

La farmacéutica Eisai tiene previsto llevar a cabo en Japón ensayos sobre la eficacia de un medicamento contra el Alzheimer en algunos síntomas típicos de personas adultas con síndrome de Down, informó hoy el diario Yomiuri.

El ensayo consistirá en probar si la esa medicina es capaz de aplacar el deterioro de las habilidades diarias que se constata en las personas con síndrome de Down.

El fármaco Aricept, comercializado por el laboratorio nipón Eisai y que se usa contra el Alzheimer desde 1999, comenzará a probarse el 10 de agosto en hospitales de todo el país con personas con síndrome de Down de entre 15 y 39 años.

Dependiendo del resultado de los ensayos, que podrían alargarse durante tres o cuatro años, el Ministerio de Salud japonés decidirá si aprueba el medicamento para tratar a personas con síndrome de Down.

De acuerdo con un informe de 2011 elaborado por el equipo de investigación del Ministerio nipón, el 6 % de los afectados con síndrome de Down desarrollan durante cortos periodos de tiempo síntomas como lentitud de movimientos, desordenes del sueño, y ensimismamiento.

Un equipo de la Universidad de Nagasaki (sur de Japón) comenzó a investigar en 2002 los efectos que Aricept podría tener en contrarrestar síntomas como la lentitud de movimientos que adquieren los pacientes y concluyeron que el medicamento parece eficaz.

Septiembre 2013

ÍNDICE:

1.- Transgénicos, una lucha entre ciencia y política
2.- La salud de los ensayos clínicos necesita transparencia
3.- "El SNS, justo y equitativo, falta saber qué funciona"
4.- La prevención farmacológica del VIH requiere una gestión ética
5.- Informe sobre la salud en el mundo 2013
La OMS pide invertir para conseguir una cobertura sanitaria universal
6.- Detectan fallos en el consentimiento informado de biobancos pediátricos para investigación genética
7.- La EMA restringe su política de libre información sobre ensayos clínicos tras medidas cautelares del Tribunal de la UE
8.- El temor a ser demandado es el principal motor de la medicina defensiva
Nuevo estudio en Estados Unidos
9.- Un hospital de Ohio exige que una niña amish se someta a quimioterapia


1.- Transgénicos, una lucha entre ciencia y política

Los científicos europeos demandan a la UE que acabe con la restrictiva legislación

ABC, Día 02/07/2013

¿Puede Europa dar la espalda al cultivo de transgénicos? Un reciente estudio publicado en la revista «Cell» por investigadores del Instituto Agrotecnio de la Universidad de Lérida lo niega y respalda esta vieja demanda de buena parte de la comunidad científica, que mantiene desde hace años un debate con la clase política europea. Creen que, sin ellos, nuestro continente no podrá alcanzar los objetivos marcados para 2050 por la ONU e irá lastrando su competitividad agrícola.

En opinión de Eduard Pérez, investigador del grupo de Biotecnología Vegetal de la citada universidad y uno de los autores del estudio, la política europea sobre este asunto «carece de sentido», al regirse «sin tener en cuenta a la comunidad científica». De hecho, señala que el marco legislativo parece diseñado para «disuadir» a la población de estos productos. «Tenemos una legislación fragmentada e incoherente, que no se basa en principios científicos sino en cuestiones políticas», asegura.

La postura de este investigador no es la única que va en este sentido. José Miguel Mulet, profesor de Biotecnología en la Universidad Politécnica de Valencia, cree que las citadas leyes son una «aberración». Para él, esta situación se debe a que Europa «no volcó las investigaciones en tecnología transgénica hacia el mundo de la empresa», algo que Estados Unidos sí hizo. «Se dieron cuenta - afirma- de que la industria agrícola de EE.UU. podía arrasar y crearon una política proteccionista que lo evitara». A ello añade la acción de «organizaciones ecologistas como Greenpeace», que utilizan las campañas contra los transgénicos «para mantener su influencia».

Mulet explica algunas consecuencias de la restrictiva política europea: «Un grupo del Instituto de Agricultura Sostenible de Córdoba logró desarrollar un trigo apto para celiacos, cuya investigación estuvo financiada con dinero público español. Sin embargo, los derechos de explotación han terminado en una empresa estadounidense».

Uno de los principales argumentos de los movimientos contra los transgénicos es que otorgan el monopolio de la agricultura a las multinacionales. «La documentación y datos que les piden para sacar un producto al mercado son tan excesivos, que los costes del proceso solo los pueden costear las multinacionales», explica Pere Puigdomènech, profesor de investigación del CSIC, que atribuye este hecho a la ya citada legislación europea.

Esto ha derivado en un bloqueo de la producción y consumo de estos productos, que el investigador tampoco parece entender. «Sabemos que son iguales en términos de nutrición, y tenemos los medios para garantizar su seguridad. De hecho, pasan más controles que el resto», apunta.

Orden de prioridades

Los objetivos están claros. «Necesitamos que haya comida para todos, que ésta sea segura, saludable y, por último, que satisfaga nuestros gustos», dice Puigdomènech. Un orden de prioridades en relación con las peticiones de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), que estima necesario un aumento del 70% de la producción agrícola en 2050 para poder alimentar a las 9.000 millones de personas que se calcula habitarán ese año el planeta. «Sin los transgénicos, llegar a los compromisos será muy difícil», asevera.

Pero ello no significa la desaparición de la agricultura en territorios donde el cultivo es más complicado. «En Europa hay zonas donde trabajar la tierra es caro», explica. «En Grecia, por ejemplo, los espacios de cultivo son pequeños y solo pueden competir si mantienen etiquetas de Denominación de Origen. Hay que asegurar esos nichos agrícolas, pero eso no debe negar las posibilidades que ofrecen los productos genéticamente modificados», sentencia Puigdomènech.

En España, «entre el 15 y el 20 por ciento del maíz cultivado es transgénico», explica Mulet, que niega que los agricultores se vean obligados a comprar este tipo de semilla. «La adquieren -señala- porque les sale rentable y porque lo exportamos muy bien al exterior. De hecho, somos el principal productor de maíz para pienso animal». Un hecho notable, ya que, en palabras de Pere Puigdomènech, sin ellos «los niveles de producción cárnica actuales no se podrían mantener».

Sin embargo, no todos los expertos opinan lo mismo. José Luis Yela, profesor titular de Zoología y Conservación Biológica de la Universidad de Castilla-La Mancha, pone el ejemplo de la multinacional Monsanto y sus semillas de soja: «El productor depende no solo de esa semilla sino del glifosato, único herbicida aplicable, ambos distribuidos por esta empresa». Y añade: «Son fenómenos que van encaminados a acabar con la soberanía alimentaria, algo que traería terribles consecuencias». En opinión de Yela, los transgénicos no son la solución porque «la hambruna mundial no depende de los alimentos sino de las políticas gubernamentales». Y tampoco cree que se pueda garantizar la seguridad en su consumo ya que «se desconocen los detalles de sus efectos».

Seguridad y consumo

Yela explica que no existen «estudios sobre su impacto en la salud» y cita los trabajos del investigador francés Gilles Séralini. Éste publicó un controvertido estudio que demostraba que un determinado maíz transgénico causaba cáncer en ratas de laboratorio. Sin embargo, el Consejo Superior de Biotecnología francés (HCB)

determinó en octubre de 2012 no haber encontrado «ninguna relación de causalidad» entre la aparición de tumores en las ratas y el consumo de maíz NK603 de Monsanto.

Para buena parte de los científicos, por el contrario, la seguridad de los transgénicos parece un hecho probado. Tanto Pérez como Mulet y Puigdomènech así lo señalan. «Existe el mito de que provocan alergias y no es cierto. Hace algún tiempo se intentó crear un arroz rico en licina. En su desarrollo se utilizó una proteína alérgena que se descubrió en el laboratorio, por lo que nunca salió al mercado», explica Mulet, que achaca todos estos rumores a «leyendas urbanas».

Puigdomènech atribuye los argumentos contrarios a los transgénicos a «quien toma ventaja en el debate con mentiras, como decir que son cancerígenos». Tesis que apoya Eduard Pérez: «Hay mucha más literatura científica sobre su inocuidad en humanos y nada hace pensar que representen algún peligro».

2.- La salud de los ensayos clínicos necesita transparencia

Diario Médico, 08/07/2013

En los últimos años varios análisis han desvelado sesgos en estudios financiados por compañías farmacéuticas, así como su tendencia a no publicar ensayos negativos y a exagerar a veces los resultados positivos. Todo eso condiciona las decisiones de facultativos, académicos y pacientes. Un fármaco no es un nuevo modelo de coche, con un diseño más aerodinámico o pedales servoeléctricos. Muchas veces, la confianza que se pone en él roza lo milagroso.

Desde que una molécula da indicios de alivio o prolongación vital hasta que llega a las farmacias transcurren una decena de años y varios millones de euros; como es sabido, la mayoría se ahogan en el costoso desarrollo de pruebas de laboratorio, de seguridad, de dosis, con animales, con humanos, etc. Y de las que vencen esa carrera de obstáculos algunas tienen que retirarse poco después por efectos en la fase IV no advertidos anteriormente, o quizá vislumbrados, pero con expectativas razonables de riesgo-beneficio. El panorama actual de medicina personalizada, controles estrictos y desafíos clínicos complejos en oncología, infecciosas, enfermedades raras, endocrinología o neurología dificulta más que nunca el logro de superventas que hace años alimentaba las esperanzas comerciales.

Tanto las agencias reguladoras como las principales revistas científicas han ido estableciendo, con desigual fortuna, requisitos más exigentes de aprobación y publicación, enfocados sobre todo hacia el registro previo de los ensayos y a la difusión de resultados, sean positivos o negativos. Ahí están las bases clinicaltrials.gov estadounidense y la All Trials europea, por ejemplo. La intención de las grandes revistas -no siempre cumplida- es no publicar ensayos que no figuren en esas bases. El borrador europeo de nuevo reglamento de ensayos clínicos pretende más transparencia en esta línea.

La carencia u ocultamiento de datos no permite tomar decisiones correctas. Investigadores y fabricantes deberían saber ya que es más rentable decir la verdad que disfrazarla, aunque eso signifique tirar por la borda millones de euros; las experiencias judiciales con algunos fármacos tendrían que servir de lección: a largo plazo, el posible beneficio no compensa y perjudica tanto a la compañía afectada como al sector en su conjunto, pues la opinión pública es algo miope en distinguir marcas y compañías.

En este terreno, el papel de investigadores y revisores es esencial: aun a costa de perder contratos y hasta empleos, deben imponer su criterio científico por delante del comercial. La responsabilidad profesional pesa más que la corporativa o gremial. La

industria necesita a médicos, investigadores y gestores, que, aunque estén a sueldo, deben esforzarse por actuar con rigor y veracidad; debería ser así en todos los ámbitos, pero en el de la salud es, lógicamente, más esencial. Se percibe sin duda más interés que nunca por parte de todos los actores en que la transparencia ilumine investigaciones y ensayos. Es un esfuerzo costoso pero muy saludable.

3.- "El SNS, justo y equitativo, falta saber qué funciona"

El presidente de la OMC, Juan José Rodríguez Sendín, defiende el actual sistema, aunque "puede ser mejor gobernado", y pide "desinvertir en lo inútil".

Diario Médico, José Antonio Plaza. Aranjuez 10/07/2013

La segunda jornada del curso de verano sobre presente y futuro de la Sanidad, organizado por la Universidad Rey Juan Carlos y el Instituto Roche, se cerró ayer con Juan José Rodríguez Sendín, presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), que estuvo acompañado de Felipe Trigo, vicepresidente del Consejo General de Colegios de Farmacéuticos, y de Pilar Fernández, vicepresidenta del Consejo General de Enfermería.

Rodríguez Sendín defendió a capa y espada el SNS actual, aunque matizó que "puede ser mejor gobernado", y lo calificó de "efectivo en resultados". Tocó muchos palos a lo largo de su intervención. Sobre la sostenibilidad del SNS, pidió centrar el debate, "no utilizar trampas dialécticas para confundir a la gente y no confundir sostenibilidad con suficiencia financiera".

Según él, no es cuestión de no sostenibilidad, sino de carencias económicas: "El Gobierno decide si gasta en aviones, tanques, delegaciones en el extranjero... o en Sanidad". Seguro de que "no hay otro sistema posible que ofrezca las garantías del SNS", se refirió a los modelos de gestión y dejó claro que no es posible comparar sanidad pública y privada porque ambas, de forma legítima, buscan objetivos distintos: "El afán de lucro es legítimo, pero no en servicios públicos como sanidad".

También se refirió al copago farmacéutico, quitó algo de hierro a los cambios que haya podido ocasionar el Real Decreto 16/2012, pero sentenció que "seguro que hay gente que no puede comprar sus fármacos". Preguntado por la receta enfermera, diferenció claramente los fármacos sujetos a prescripción médica y los que no lo están; en el primer caso, señaló que ambos colectivos "deben alcanzar protocolos consensuados para posibles modificaciones", ligadas, por ejemplo, a dosis o interacciones farmacológicas, mientras que en el segundo, la clave es la habilitación de los enfermeros: "Está pendiente. Los profesionales deben recibir una formación adecuada que ambos Consejos estamos dispuestos a pactar, junto con el Ministerio".

La conclusión global de su charla es que en España, pese a contar con un sistema "justo y equitativo, aún queda por saber qué funciona". Una vez se sepa, pidió "desinvertir en lo inútil".

Pilar Fernández lamentó "inequidades en la prestación farmacéutica, desigualdades e ineficiencias en recursos humanos, opacidad de datos y ausencia de planificación y coordinación", características negativas del SNS que provocan "no renovaciones a eventuales, bajas y jubilaciones, menores ratios de enfermeros por paciente y suspensión de OPE".

Felipe Trigo pidió "no analizar de forma aislada el gasto sanitario sólo mirando el gasto farmacéutico", y lamentó que éste "represente sólo el 20 por ciento del gasto público sanitario"; añadió que la caída a lo largo de 2013 lo dejará "en un 16 por ciento del total".

4.- La prevención farmacológica del VIH requiere una gestión ética

Un análisis pone de relieve la necesidad de asegurar que la profilaxis pre-exposición no suponga un deterioro de la seguridad y salud comunitaria.

Diario Médico, G.E. | 02/08/2013

El año pasado, la lucha contra el sida marcó un nuevo hito con la aprobación por la FDA de emtricitabina/tenofovir para el tratamiento preventivo del VIH. Esta medida suscita, sin embargo, una serie de cuestiones éticas que deben considerar tanto los profesionales sanitarios como las Administraciones, los investigadores y los propios pacientes. Así lo ponen de relieve Jeremy Sugarman, director adjunto de Medicina en el Instituto Berman de Bioética de la Johns Hopkins, y Kenneth Mayer, director de Investigación Preventiva del VIH en el Centro Médico Beth Israel Deaconess, en un análisis que publican en el último número del Journal of Acquired Immune Deficiency Syndromes.

"Por primera vez tenemos un gran número de individuos no infectados por el VIH que se medican contra el VIH, lo que plantea interrogantes éticos sobre bienestar y justicia", señala Sugarman. Para los autores, es esencial asegurar que esta pauta terapéutica -denominada profilaxis pre-exposición (PrEP, según sus siglas en inglés)- no tenga como consecuencia una merma en la seguridad y la salud comunitaria. En efecto, el uso no continuado de la PrEP podría resultar en la transmisión del VIH y la aparición de cadenas de VIH resistentes, señalan. De modo análogo, no comprender bien la capacidad real de prevención de la PrEP podría provocar la difusión de otras enfermedades sexualmente transmisibles.

"Para que la PrEP tenga éxito es esencial que el médico dé buena información y haga un adecuado seguimiento", señala Sugarman. "Insistir en la importancia de la toma diaria, proporcionar consejos sobre prácticas seguras y realizar test de VIH frecuentes ayudarán a cumplir el imperativo de que la PrEP contribuya a prevenir el VIH, no a difundirlo", añade. Por eso, recomiendan que los profesionales sanitarios implicados en la profilaxis reciban formación sobre las cuestiones éticas en liza.

5.- Informe sobre la salud en el mundo 2013

La OMS pide invertir para conseguir una cobertura sanitaria universal

Diario Médico, Redacción | 16/08/2013

Para conseguir un sistema de cobertura sanitaria universal adaptado a la situación de cada país es necesario que los países sigan invirtiendo en investigaciones de ámbito nacional, según expone la OMS en el Informe sobre la salud en el mundo 2013.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha pedido a los países que sigan invirtiendo en investigaciones de ámbito nacional, a fin de poner en marcha un sistema de cobertura sanitaria universal adaptado a la situación de cada país , y así poder garantizar que los ciudadanos obtengan los servicios de salud que necesiten, sin sufrir por ello problemas económicos.

Con el motivo de la presentación del Informe sobre la salud en el mundo 2013, la directora general de este organismo, Margaret Chan, ha descrito la cobertura universal como "el concepto más poderoso que la salud pública puede ofrecer, y la mejor manera de consolidar los avances en salud de la última década".

El informe muestra cómo para desarrollar un sistema de cobertura sanitaria universal, los paises pueden servirse de la investigación para conocer los problemas a los que se enfrentan, llevar a cabo una estructura correcta y medir los progresos realizados en función de la situación sanitaria específica.

El documento revela que de media, la inversión nacional en investigación en países de ingresos bajos y medios, crece un 5 por ciento al año. Esta tendencia se observa especialmente en las economías emergentes como el Brasil, China y la India.

El informe muestra también cómo, gracias a la colaboración internacional, está aumentando el número de publicaciones sobre investigaciones sanitarias. Los científicos de países de ingresos bajos y medios participan cada vez más en esas colaboraciones, aunque los países de ingresos altos siguen predominando en la mayoría de los estudios. China es un claro ejemplo, entre 2000 y 2010 la proporción mundial de investigadores chinos como coautores de investigaciones publicadas aumentó del 5 al 13 por ciento.

"Todas las naciones deben ser tanto productoras como consumidoras de investigaciones. La creatividad y la competencia de los investigadores son la piedra angular de los programas académicos y de salud pública", ha reconocido Christopher Dye, director de la Oficina de Información Sanitaria, VIH/Sida, Tuberculosis, Malaria y Enfermedades Tropicales Desatendidas, y autor principal del informe. "Tenemos que acelerar el proceso de acercamiento entre investigadores e instancias decisorias, a fin de mejorar la cobertura de servicios de salud", ha añadido Dye.

La OMS insiste en que la cobertura sanitaria universal requiere un sistema de salud robusto, eficiente y bien gestionado, financiación, acceso a medicamentos y tecnologías esenciales, suficientes trabajadores sanitarios capacitados y motivados. Para responder a esos retos, la OMS aconseja a los donantes internacionales y los gobiernos nacionales invertir en investigación, respaldar los mecanismos de intercambio de información y datos, fortalecer la formación en investigación y cuantificar los progresos relacionados con sus compromisos en pro de la cobertura sanitaria universal.

6.- Detectan fallos en el CI de biobancos pediátricos para investigación genética

Los progenitores sobreestiman el beneficio directo que los estudios pueden proporcionar a sus hijos, algo que resulta poco probable, según los investigadores.

Diario Médico, G.E | 19/08/2013

La recogida de muestras para investigación clínica procedentes de niños requiere mejoras en la información a los padres. Así se deduce de un estudio publicado en Genetics in Medicine, que revela que los progenitores no llegan a entender los detalles sobre la conservación y uso futuro del material almacenado en biobancos.

Kim McBride y sus colegas del Research Institute at Nationwide Children's Hospital, en Ohio (Estados Unidos) enviaron un cuestionario a familias que, entre 2004 y 2008, habían autorizado la conservación y análisis de muestras de ADN de sus hijos en un biobanco genético. El biobanco se creó para estudiar el origen de malformaciones congénitas del flujo ventricular izquierdo del corazón.

El análisis de las respuestas revela que algunos conceptos están claros para los padres, pero la mitad de ellos malinterpreta algunos parámetros clave. Así, en general comprenden bien que el consentimiento es voluntario y que las muestras se utilizarán para estudiar las causas de problemas cardiacos. En cambio, en general sobreestiman el beneficio que los estudios pueden proporcionar a sus hijos y minimizan los riesgos que entraña la participación.

"A los participantes en un ensayo clínico se les administra un tratamiento con la esperanza de conseguir una terapia novedosa y más eficaz; y se les hace un seguimiento médico", explica Kim McBride, investigadora principal. En cambio, del análisis de las muestras de los biobancos no es probable que surja un avance clínico con beneficio directo y casi nunca hay seguimiento del paciente. Es más, en ocasiones se utilizan vídeos para explicar la importancia de los estudios en marcha, donde se realzan los beneficios futuros en unos términos que pueden hacer pensar que se aplicarán directamente a sus hijos, lo que es poco probable por los ritmos de la investigación básica y las dificultades que entraña llegar a resultados clínicos.

Para McBride la conclusión es clara: "Si queremos proporcionar a las personas que participan en investigación genética y a sus familias un conocimiento adecuado, la manera de llevar a cabo el consentimiento informado debe cambiar, especialmente en un momento en que aumenta la demanda sobre información genética".

7.- La EMA restringe su política de libre información sobre ensayos clínicos tras medidas cautelares del Tribunal de la UE

Diario Médico, G.E. 21/08/2013

En noviembre de 2010 la Agencia Europea del Medicamento (EMA, según sus siglas en inglés) adoptó una política de libre información en relación con el acceso a sus documentos, incluidos los informes sobre estudios clínicos. Dos años más tarde, y bajo este nuevo régimen, la Agencia había distribuido 1,66 millones de páginas con datos de ensayos y otros documentos a partir de 457 peticiones.

El 25 de abril de 2013, en sendas decisiones cautelares, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ordenó a la EMA que no entregara documentos en relación con tres peticiones concretas. La medida fue instada por AbbVie y InterMune, pues las solicitudes se referían a dos de sus fármacos y las biofarmacéuticas consideraban que los datos utilizados para la aprobación de medicamentos constituyen información confidencial protegida por el Derecho Mercantil. La vista oral del caso no se celebrará antes de 2014.

El 30 de abril, la EMA informó al tribunal que continuaría con su política de libre acceso, pues considera que los datos relativos a ensayos no constituyen material confidencial; aun así, matizó que en peticiones similares a las impugnadas or AbbVie e InterMune se decidiría caso a caso.

Lo cierto es que un examen realizado por Peter Doshi, de la Johns Hopkins, y publicado en el último número de JAMA Internal Medicine, revela que solo en mayo de este año la EMA ha rechazado ya solicitudes de documentación relativas a 54 productos. La mayoría de ellos responden a un perfil sobre el que la EMA sí permitía la consulta antes de la medida cautelar del Tribunal de Luxemburgo.

El autor indica que "el rechazo sumario de tal número de número de instancias revela que la Agencia ha restringido notablemente su política de acceso, probablemente a causa de las demandas planteadas". Y aunque algunos grandes laboratorios, como GlaxoSmithKline y Roche, han anunciado medidas de transparencia, la patronal europea y la estadounidense "se han personado en el proceso en apoyo de AbbVie", señala Doshi, quien no duda en afirmar que "mientras se resuelve el litigio, las restricciones adoptadas por la EMA constituyen un retroceso para la transparencia de los ensayos clínicos y la salud pública".

8.- El temor a ser demandado es el principal motor de la medicina defensiva

Nuevo estudio en Estados Unidos

Diario Médico, G.E. | 22/08/2013

El recurso a la medicina defensiva depende más de la percepción del riesgo de sufrir una demanda que de circunstancias como que las indemnizaciones tengan un tope legal o el precio de las pólizas de responsabilidad civil, según ha reafirmado un estudio realizado en Estados Unidos y que publica Health Affairs.

La investigación ha partido de un cuestionario en el que se preguntó a 3.500 médicos sobre su preocupación sobre las demandas por mala praxis. Las respuestas se compararon con la incidencia real de reclamaciones en 1,9 millones de pacientes que habían acudido a consulta con dolor de cabeza, torácico o lumbar.

Cuanto mayor era el temor del médico ante cuestiones de responsabilidad profesional, mayor era la probabilidad de que pidiera pruebas diagnósticas o de imagen adicionales, enviara al paciente a urgencias u ordenara su ingreso.

Por ejemplo, ante un paciente con dolor de cabeza, la probabilidad de que un médico con un nivel elevado de inquietud ante la litigiosidad sanitaria pidiera pruebas de imagen era del 11,5 por ciento, comparado con el 6,4 por ciento del facultativo con un nivel bajo. De modo análogo, los pacientes con dolor torácico tenían más probabilidad de ser remitidos a urgencias, en lugar de que se les prescribiera un test de esfuerzo en consultas externas, si su médico tenía un nivel alto o medio de desasosiego ante la posibilidad de una demanda.

9.- Un hospital de Ohio exige que una niña amish se someta a quimioterapia

Los padres optaron por la medicina natural para "evitar su sufrimiento". La pequeña de 10 años tendría un 85% de oportunidades de curarse si se trata

El País, Carolina García Washington 26 AGO 2013

Un hospital de Ohio ha emprendido acciones en los tribunales con el fin de conseguir que una niña amish de 10 años se someta a quimioterapia, después de que sus padres decidieran que abandonara el tratamiento el pasado mes de junio. Sarah Hershberger padece leucemia, exactamente un linfoma linfoblástico, y sus padres acudieron al centro médico Akron Children para tratar sus tumores malignos en riñón, cuello y pecho.

En un primer momento Andy y Anna Hershberger aprobaron la quimioterapia. Tras un mes de tratamiento y ante las constantes súplicas de su hija, los progenitores decidieron interrumpirlo e informaron a los médicos de su intención de seguir tratándola con medicina natural y vitaminas. A pesar de que el tumor había disminuido, no había sido erradicado totalmente, según explica el diario local The Medina Gazette. Los médicos defienden que con el tratamiento Sarah tiene un 85% de probabilidades de curarse. Sin él, su esperanza de vida es de un año.

Para evitar que esto ocurra, el hospital demandó a los padres y solicitó la guardia y custodia de la niña el pasado mes de julio. Un juez rechazó la demanda alegando que "un tribunal no puede arrebatar a unos padres el derecho a decidir sobre la salud de su hija y que no existía ninguna prueba que demostrase que eran incapaces de hacerlo", según explicó el magistrado John Lohn en su sentencia. "Los padres son cariñosos, atentos, protectores y se preocupan por su hija. Sarah les pidió abandonar el tratamiento

y ellos no podían ver cómo su hija sufría", añadió el magistrado en su resolución del 31 de julio.

A pesar de la decisión del magistrado, una orden judicial de mediados de agosto obligó a los padres a llevar a la niña al hospital para tratarse hasta que el caso se resolviera, pero los padres solo han acudido una vez desde entonces.

La decisión de los padres de Sarah llevará a la niña a morir. Cada día que pasa sin tratamiento, sus esperanzas de supervivencia se apagan"

Maria Schimer, abogada del hospital

El centro médico ha apelado la decisión de este juez. La abogada del hospital, Maria Schimer, explicaba en una carta entregada al tribunal que "la decisión de los padres de Sarah llevará a la niña a morir. Cada día que pasa sin tratamiento, sus esperanzas de supervivencia se apagan". "Además, el abandono de tratamiento es algo inmoral. Estamos luchando por lo que creemos que es mejor para la niña: su supervivencia", alegó el jefe médico del hospital, Robert McGregor, al mismo diario.

La niña decía encontrarse muy mal y tenía miedo de volverse estéril, según explicó la propia enferma al magistrado. Los efectos más comunes de la quimioterapia, entre otros, son las naúseas, el daño de órganos y la esterilidad. A pesar de estas consecuencias, lo más importante para los médicos es que el tratamiento, en este caso, significa vivir o morir, según informa The Washington Post.

La mayoría de los amish no usan la electricidad; no utilizan la tecnología ni los coches, y suelen resolver sus problemas dentro de la comunidad y para curar enfermedades suelen optar por métodos naturales. La ortodoxia amish se define como cristiana y, aunque tiene sus raíces en la Europa del siglo XVII, la mayoría de sus 250.000 integrantes vive en EE UU. En la actualidad existe una docena de grupos en el Condado de Holmes en Ohio, una de las comunidades más numerosas del país.
Julio 2013

ÍNDICE:
1.-Parlamento argentino aprueba ley de fertilización asistida
2.- Recopilación de ADN y las libertades formales. José Miguel Serrano Ruiz-Calderón
3.- La píldora del día después al alcance de todas las mujeres en EE.UU.
4.- El modelo Zara y los comités de ética. Rogelio Altisent
5.- Los genes humanos son de todos. El Tribunal Supremo de EE UU dictamina que el ADN en la naturaleza o aislado no es patentable.
6.- Tom Beauchamp: "La justicia es el principio bioético de la sociedad"
7.- Influidos por la Ley de Autonomía. Federico de Montalvo
8.- Balance Ley Autonomía del Paciente: "De la autonomía del paciente, pasamos a la 'autonomitis' y a la 'autonomosis'"
9.- Profesionalismo, asignatura de grado para formar en valores
10.- 'El menor maduro ante el Derecho'. La categoría de menor maduro se valora según el acto
11.- Deontología y Política en Guantánamo. José Miguel Serrano
12.- Medicamento para el Alzheimer será probado con síndromes de Down en Japón

1.-Parlamento argentino aprueba ley de fertilización asistida

La nueva norma no hace distinciones ni por razones de estado civil ni orientación sexual de quienes soliciten acceder a los tratamientos

EFE Buenos Aires6 JUN 2013.
La Cámara de Diputados de Argentina ha aprobado estemiércoles un proyecto de ley que garantiza a los ciudadanos el acceso gratuito a todo tipo de tratamientos de fertilización asistida. La norma, que ya había recibido el visto bueno en el Senado, ha sido aprobada por 204 votos a favor y diez abstenciones, con apoyos de todos los bloques políticos. La ley otorga a los ciudadanos la cobertura de técnicas simples de fertilización, pero también de las más complejas, con o sin donación de gametos o embriones. La cobertura de los procedimientos de reproducción pasa, por tanto, a formar parte del Programa Médico Obligatorio (PMO) y será prestada en todo el país a través de obras sociales, empresas de medicina prepago y del sistema de salud pública.

Simpatizantes de este proyecto se han concentrado la tarde del miércoles a las puertas del Congreso para apoyar la aprobación de la iniciativa. "Venimos trabajando a pulmón en todo el país y hoy es un día de mucha emoción para nosotros porque luego de tanto camino recorrido festejamos esta ley", ha dicho María Teresa Braco, de la Asociación Sumate a dar Vida. Por su parte, María Elena Cabral, de la organización Abrazo dar dar vida, ha destacado que la nueva norma cierra "un vacío legal de 28 años" en el que las empresas de medicina privada se excusaban para no dar cobertura a sus afiliados en el acceso a estos tratamientos. "Desde hace 17 se están pidiendo leyes y ésta lleva tres años. Estamos en un momento histórico porque nunca un proyecto de este tipo avanzó tanto", destacó Cabral. La nueva ley no hace distinciones ni por razones de estado civil ni orientación sexual de quienes soliciten acceder a los tratamientos. Se abre así el acceso integral gratuito a las técnicas de reproducción médicamente asistida a las parejas homosexuales, padres solteros o familias monoparentales. "Somos una pareja gay de mujeres y no podemos tener hijos naturalmente. Nosotras estamos casadas hace un año y medio y realizamos dos tratamientos de fertilización asistida que dieron negativos. Y como sale mucho dinero cada tratamiento, apoyamos esta ley", ha explicado Jésica, una de las simpatizantes concentradas en el Congreso. 

2.- Recopilación de ADN y las libertades formales 
José Miguel Serrano Ruiz-Calderón 

Miembro del Comité de Bioética de España 
Diario Médico, 10 junio 2013. 

El Supremo de Estados Unidos ha avalado la ley de Maryland que permite a la policía crear un registro de ADN. La autorización establece sus límites en el uso de este material, pero es inevitable imaginarse otros. 

Se ha dicho que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en una sentencia del 3 de junio de 2013 ha hecho más fácil recopilar los datos genéticos de los ciudadanos. La decisión resolvía un recurso contra la ley de Maryland que permite a la policía recopilar datos de ADN de detenidos por delitos graves. 

Quizás la expresión "datos genéticos de los ciudadanos" pueda parecer exagerada si pensamos que la controvertida sentencia (cinco votos a favor y cuatro en la opinión disidente) no autoriza a la policía, específicamente a la de Maryland pero con ella a la de veintiocho estados, a montar un servicio recopilatorio de todo tipo de ADN. Por el contrario, considera que la toma e inclusión en bases de datos del ADN de detenidos por delitos graves no es anticonstitucional y guarda la debida proporcionalidad exigida por la Constitución estadounidense, y por el principio penal de general aplicación. 

La base del fallo se encuentra en la idea de que la toma de muestras se realiza a efectos de identificación del detenido y no de investigación de "cualquier crimen posible". Además, la ley de Maryland se refiere a los detenidos por delitos graves, aunque ciertamente la sentencia del Supremo no expresa esa posible limitación para el legislador. 

Lejos de la realidad española 

Podrían buscarse diferencias con la situación española por el hecho de que en España la instrucción se lleva a cabo por el juez de instrucción, y por la existencia de una Ley orgánica nacional que regula la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir de ADN.

La intervención judicial sería incluso necesaria cuando la instrucción, como es previsible, la lleven los fiscales. Por otra parte, es probable que el nuevo reglamento europeo sobre bases de datos, previsto para este año, incluya formalidades más estrictas en el manejo de esta información sensible. 

En principio, parece que hay poco que oponer a la existencia de registros de ADN de "criminales peligrosos"; la cuestión es que los criminales peligrosos strictu sensu son los condenados por ciertos delitos y no los sospechosos o detenidos por delitos más o menos graves, que van a ser los afectados por esta resolución. En Estados Unidos la investigación acusatoria la realiza el fiscal con apoyo de la policía y por razón de la protección de las libertades individuales hay una fuerte reticencia a dar un poder general de investigación. 

En apoyo de la sentencia se maneja también el dato de las numerosas exoneraciones debidas al uso de ADN que se han producido en los últimos años, con la liberación de presos condenados injustamente incluso a la pena de muerte. Sin embargo, queda por demostrar que el uso masivo de la recopilación de datos de ADN por la policía beneficie el derecho individual de un sujeto acusado. 

A efectos de clarificación del debate tan útil es la sentencia como el voto discordante que ha sido redactado por el magistrado Scalia y al que se han sumado con matices tres magistrados más. 

Es muy relevante la división del Tribunal: los "conservadores" se han partido, yéndose varios a la mayoría mientras que Scalia, el más originalista, es decir, el partidario de interpretar la Constitución en su sentido original, tal como fue querido por los Fundadores, ha encabezado el disenso. A él se han sumado tres magistrados preocupados por los excesos gubernamentales, más cercanos al denominado sector progresista.

El voto discordante con la mayoría 

Scalia, en su estilo, se pregunta si el ponente no ha visto nunca una serie sobre crímenes en TV, y si es razonable pensar que el ADN recopilado se usara para identificar al sospechoso en vez de para investigar su vinculación con cualquier posible delito sin resolver. Siguiendo su posición tradicional, argumenta que, si bien este tipo de registros puede ser útil, es dudoso que el Constituyente pensase en autorizar a los funcionarios gubernamentales para que le abriesen la boca a todo el mundo en busca de pruebas. 

En cuanto al uso para la identificación, me temo que Scalia, en su ironía, da ideas que pueden acabar siendo empleadas por los obsesos de la seguridad, como cuando se refiere a la posibilidad de que la Transportation Security Administration quisiese el ADN para conocer la verdadera identidad de todos los pasajeros. Hay sugerencias que las carga el diablo.

 

3.- La píldora del día después al alcance de todas las mujeres en EE.UU.

Una nueva sentencia ha convencido a la Administración Obama de no seguir plantando batalla

 



E. J. BLASCO / corresponsal en WASHINGTON

ABC, Día 11/06/2013. REUTERS/Shannon Stapleton

La Administración Obama ha anunciado que retira la limitación de edad que había impuesto para la venta de la píldora del día después, ante la insistencia de los tribunales en que sea puesta a disposición de cualquier mujer, sin necesidad de receta ni requiso de edad o autorización de los padres en el caso de menores. Recientemente, el Departamento de Salud había rebajado de 17 a 15 años la edad mínima para la venta de la píldora, comercializada en Estados Unidos como «Plan B One—Step». La Administración comunicó que no recurrirá las sentencias que le eran adversas.

Se trata del final de un largo tira y afloja entre la FDA, la agencia federal que regula alimentación y medicamentos, el Departamento de Salud y los tribunales. La píldora del día después fue autorizada por la FDA en 1999, pero hasta 2009 no llegó a las farmacias. En 2011 la FDA aprobó no aplicar límites de edad para su venta, pero la

titular de Salud, Kathlen Sebelius, prohibió que se facilitara a menores de 17 años si no llevaban receta. Esto fue visto por los críticos de Barack Obama, que defendió la decisión de Sebelius porque pensaba en sus propias hijas, como un intento del presidente para congraciarse con las bases conservadoras del Partido Republicano, a un año de las elecciones. «Como padre de dos hijas», dijo entonces Obama, «creo que es importante que nos aseguremos de que aplicamos sentido común».

Derrota en los tribunales

En abril, una sentencia del juez Edward Korman ordenó retirar toda limitación. La Administración Obama anunció que rebajaba la edad a los 15 años y que combatiría la decisión judicial. Pero una nueva sentencia, que recordaba la inexistencia de restricciones para otra versión del medicamento, en dos píldoras, ha convencido a la Administración de no seguir plantando batalla.

Para los críticos con la medida, la venta indiscriminada de la píldora puede contribuir a aumentar la promiscuidad y el abuso sexual, y al mismo tiempo disuadir de convenientes visitas al médico. «Estamos muy precupados y decepcionados», declaró Anna Higgins, miembro de la dirección del Centro para la Dignidad Humana, «porque lo que vemos aquí es que el Gobierno ha cedido a la presión política en lugar de poner en primer lugar la salud de las niñas y los derechos de los padres».

Los defensores de la píldora, sin embargo, aseguran que la nueva disposición ayudará a reducir tanto embarazos no deseados como abortos una vez avanza la gestación. La decisión «hará que la anticoncepción esté disponible en los estantes de la tienda, como los condones», aseguró Cecile Richards, presidente de la federación nacional de centros Planned Parenthoud, la principal entidad dedicada a reproducción humana, pro abortista.

«Es por lo que las feministas hemos estado luchando tanto tiempo: una píldora del día después al alcance de todas las mujeres, de cualquier edad, en la estantería de la tienda», declaró Annie Tummino, del movimiento Liberación Nacional de las Mujeres.

4.- El modelo Zara y los comités de ética

Rogelio Altisent. Profesor de Bioética

Diario Médico, 11/06/2013 00:00

Zara forma parte de un grupo español de cadenas de moda que es actualmente una de las empresas con mejores resultados del mundo. Lógicamente, su modelo ha sido analizado con detalle. Al parecer, una las claves de su éxito es el llamado "modaprontismo". Zara no pretende crear colecciones originales cada temporada diseñadas por gurús de la moda. Sus creativos diseñan prendas según las preferencias que detectan en sus clientes y en los ambientes jóvenes. Su truco está en captar las tendencias. No pretenden crear moda absolutamente original, sino conocer lo que a la gente le gusta vestir y fabricarlo a bajo coste para colocarlo en los escaparates de sus tiendas en pocas semanas. Aplicando esta estrategia parece que no les va nada mal.

He pensado que podríamos aplicar esta lógica a los comités de ética asistencial y a las comisiones de deontología de los colegios profesionales. Considero, y me parece que bastante gente comparte esta reflexión, que muchas comisiones de ética tienden a tener un funcionamiento muy pasivo. Además, a menudo se escuchan quejas de que reciben pocas consultas de casos. Considero que esto ocurre, en buena medida, porque no hemos captado que en ética, al igual que en medicina, la prevención puede ser tan importante como la curación o la paliación.

Las tres funciones clásicas de los comités de ética han sido: recibir consultas de casos con problemas éticos, emitir recomendaciones éticas y la formación en bioética. En Aragón se acaba de aprobar un decreto para la acreditación de comités de ética asistencial donde se incorpora una cuarta función: la promoción de la investigación dirigida a conocer las necesidades reales de su ámbito de actuación. Es decir, los comités deberán realizar una tarea activa, que va más allá de las paredes de la sala de reuniones, con el objetivo de conocer y diagnosticar lo que realmente preocupa a los profesionales y a los pacientes desde la perspectiva ética. De este modo podrán orientar su actividad de asesoramiento y docencia hacia las necesidades reales, adoptando una posición proactiva.

La madurez de un comité de ética se alcanza cuando se convierte en una pieza necesaria en el organigrama de una institución, para lo cual hay que eliminar la etiqueta de que es un grupo de aficionados a la ética que son mirados con respeto pero con cierto escepticismo por una mayoría que no acaba de comprender su tarea. En el caso de la Comisiones de Deontología de los colegios profesionales, se puede hacer un análisis parecido.

Merece la pena que los directivos de las instituciones valoren la trascendencia que tiene impulsar las comisiones de ética, exigiendo a la vez eficiencia en el desarrollo de su actividad. Hay que abrir la etapa de la evaluación de los comités de ética, introduciendo indicadores de calidad. Un indicador necesario será la sintonía con las necesidades reales de los profesionales. El modelo Zara puede servir de inspiración.

5.- Los genes humanos son de todos

El Tribunal Supremo de EE UU dictamina que el ADN en la naturaleza o aislado no es patentable. Rompe la exclusividad en los test de detección de enfermedades

El País. Jaime Prats / Carolina García Valencia / Washington13 JUN 2013

Los genes humanos no se pueden patentar, ni en su estado natural, ni aislados en el laboratorio mediante procesos de ingeniería genética, según ha fallado este jueves el Tribunal Supremo de Estados Unidos. En una decisión que mantenía en vilo a la industria farmacéutica, agroalimentaria y las compañías de biomedicina, pero también a la comunidad científica, nueve magistrados han decidido de forma unánime que la empresa Myriad Genetics no tiene derecho a la propiedad industrial y la explotación comercial exclusiva de los genes BRCA1 y BRCA2, cuyo análisis sirve para evaluar el riesgo de desarrollar cáncer de mama y ovario. "El ADN es un producto de la naturaleza y no puede ser objeto de patente simplemente porque haya sido aislado", han manifestado los magistrados del alto tribunal estadounidense.

"Esta decisión supone que todas las compañías que lo deseen pueden obtener este o cualquier otro gen, aislarlo y usarlo para diagnosticar enfermedades sin infringir ninguna patente", señala Alfonso Valencia, vicedirector de investigación del Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas (CNIO), que recogía la satisfacción de la comunidad. Dado que, hasta el momento, el uso comercial para diagnóstico de estas patentes —siete en total— estaba en manos de Myriad (no por demasiado tiempo, los derechos de propiedad industrial de la compañía estadounidense expiraban en 2015), la resolución judicial supone un radical cambio en las reglas de juego existentes hasta el momento, lo que tendrá previsiblemente importantes consecuencias en Estados Unidos.

Habrá más firmas atraídas por el diagnóstico genético y caerán los precios

Es verdad que la sentencia reconoce el derecho de Myriad a patentar productos artificiales derivados del gen, el llamado ADN sintético (o copia, cADN). Este fragmento de material genético, que es manipulable en el laboratorio y se usa en el proceso de diagnóstico de mutaciones, es el que se obtiene al replicar un segmento de una hebra de ADN. Sin embargo, como apunta Valencia, la genómica ha avanzado mucho desde que comenzó el proceso judicial de Myriad y desde que la compañía comenzó a patentar genes, allá por 1994. Durante todo este tiempo, el uso del ADN copia ha perdido valor en los procedimientos técnicos de diagnóstico genético. "Ahora, ya no tiene relevancia, ha quedado desfasado por los nuevos métodos", explica el investigador del CNIO. Una nueva tecnología que, por otra parte, ha traído consigo una vertiginosa caída de precios —el análisis conjunto de los BRCA sale por 900 euros— que han situado a estos procedimientos a las puertas del uso clínico generalizado. "La relevancia de la medida adoptada por los jueces es evidente", insiste Valencia. "Habrá más compañías atraídas por el sector del diagnóstico genético, y se abaratarán aún más los procedimientos". Myriad cobra 3.000 dólares (2.250 euros) por la prueba.

En Europa se puede patentar un gen aislado con algunas condiciones

La resolución judicial pone el punto final a una reclamación presentada en 2009 por la Fundación Patentes Públicas (Patent Public Foundation, PubPat) y la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (American Civil Liberties Union, ACLU), arropada por asociaciones de pacientes de cáncer de mama y colectivos de médicos. Todos ellos acudieron a los tribunales por considerar inválidas e inconstitucionales las patentes que Myriad había ido registrando relativas al BRCA1 (que se hizo recientemente famoso por ser el que tenía mutado Angelina Jolie, lo que le llevó a optar por una mastectomía preventiva) y BRCA2.

Gracias a ellas, la compañía estadounidense contaba con los derechos sobre los genes, sobre las secuencias mutadas y su empleo en diagnóstico y pronóstico de cáncer de mama y ovario. Ello le otorgaba la licencia exclusiva de la explotación en Estados Unidos del test de detección de mutaciones en ambos genes —lo que impedía una segunda opinión independiente—. Dado que todos los resultados de las decenas de miles de test pasaban por los departamentos de análisis de la empresa, Myriad acumuló una colosal base de datos relativa a mutaciones patógenas en estos dos genes. Un conocimiento que, en contra de los hábitos que caracterizan a la comunidad científica, se ha reservado para su uso exclusivo. De hecho, se estima que la empresa cuenta con una información miles de veces superior a las bases de datos públicas en Internet (Human Gene Mutation Database, Breast Cancer Information Core), donde los investigadores vuelcan sus hallazgos y colaboran conjuntamente al avance del conocimiento de la enfermedad.

Los denunciantes: "Cae una barrera a la innovación y atención al paciente"

Una primera vista, celebrada en 2010 en un tribunal de Nueva York, ya dio la razón a los demandantes. Tras un recurso a la instancia federal de apelaciones, el procedimiento llegó al Tribunal Supremo, donde se ha reafirmado la imposibilidad de patentar genes humanos. El Supremo reconoce que Myriad ha identificado genes relevantes, pero "los descubrimientos revolucionarios, innovadores y brillantes no son en sí mismos una aplicación", tal y como recoge el fallo. "Las leyes de la naturaleza, los fenómenos naturales y las ideas abstractas son herramientas fundamentales para el trabajo científico y tecnológico que no entran en el ámbito de la protección de las patentes", añaden los magistrados.

Una de las primeras entidades en manifestarse tras darse a conocer la opinión del alto tribunal fue la ACLU. "El tribunal ha tumbado una barrera importante para la atención al paciente y la innovación médica. Myriad no inventó los genes BRCA, por lo que no

debe controlarlos", dijo un portavoz. En Wall Street, sin embargo, no hubo castigo a la empresa debido al reconocimiento de las patentes de ADN copia. Las acciones de la compañía subieron más del 8%, hasta los 36,83 dólares

La propiedad de Myriad impedía tener otra opinión sobre riesgo de cáncer

Los efectos de la resolución del Tribunal Supremo se limitan a los Estados Unidos. En Europa, la directiva 98/44 permitiría patentar genes aislados siempre que se cumplieran determinadas características —novedad, resolución de un problema, como su aplicación diagnóstica, invención—, según apunta Francisco Fernández Brañas, uno de los directores del Departamento de Biotecnología de la Oficina Europea de Patentes. De hecho, Myriad tiene licencias vigentes en Europa, pero mucho más limitadas de las que disfrutaba en Estados Unidos. Distintas empresas practican análisis genéticos de BRCA1 y BRCA2 con normalidad. En el sector no hay conocimiento de reclamaciones por parte de Myriad para exigir los derechos de uso de la técnica.

6.- Jornadas Nacionales de Comisiones Deontológicas: "La justicia es el principio bioético de la sociedad"

Filósofo y profesor de la Universidad de Georgetown, Tom Beauchamp, defiende la vigencia de las reglas bioéticas.

Diario Médico. S.Valle. Madrid 17/06/2013

Uno de los padres de la Bioética moderna, Tom Beauchamp, filósofo y profesor de la Universidad de Georgetown, fue el encargado de abrir las XI Jornadas Nacionales de Comisiones Deontológicas, organizadas por el Colegio de Médicos de La Coruña, que se han celebrado este fin de semana.

Beauchamp respondió a Diario Médico pocas horas después de conocerse la resolución de la Corte Suprema de Estados Unidos rechazando la posibilidad de patentar los genes humanos.

Sobre ello apunta: "Es probablemente un paso hacia delante para Estados Unidos, aunque sin duda será un tema controvertido. De todos modos, no creo que afecte mucho a los países europeos, pues tienen leyes diferentes". En todo caso, valora que "la decisión no determina que no haya derechos de patente, sólo que no hay derechos de licencias para ciertos productos [genes humanos], pero todavía tendrán que determinarse las reglas sobre qué hacer con otro tipo de productos".

Distintas perspectivas

Justicia, no maleficencia, beneficencia y autonomía son los cuatro principios de Bioética sobre los que Beauchamp ha estudiado y escrito en profundidad. Como si le dieran a elegir entre sus hijos, el filósofo niega que exista un principio más importante que otro. Sin embargo, admite que la prioridad entre uno u otro aparece dependiendo de la perspectiva desde la que se haga la pregunta.

"No creo que haya un principio bioético [...], pero, por ejemplo, desde el punto de vista de la sociedad, especialmente cuando nos centramos en el ámbito de los seguros médicos, y la distribución de unos recursos sanitarios limitados, el principio más importante es el de la justicia, y creo que va a ser así durante mucho tiempo. Sin embargo, desde un punto de vista de la práctica clínica, son la beneficencia y la no maleficencia. Y para el paciente, el principio más importante es el de la autonomía".

Abusos históricos

Beauchamp, que tiene varios trabajos en los que analiza los abusos cometidos por la investigación médica en la Alemania nazi o en los ensayos que Estados Unidos realizó sobre la población más vulnerable de Guatemala, en los años cuarenta del pasado siglo, apunta el gran avance que se había producido en la observación de los principios bioéticos en las investigaciones médicas.

Y señala: "En los próximos años asistiremos a un gran cambio producido por la unificación de criterios éticos entre la investigación médica y la práctica clínica, que siempre se han desarrollado cada una en su mundo, pero que ahora deben unirse". Uno de los motores de este cambio, según admite, está en la gran cantidad de información que se maneja y con la se trabaja en la investigación.

Coautor del 'Informe Belmont'

Filósofo, es profesor de la Universidad Georgetown y director de investigaciones del Instituto Kennedy de Bioética. Tom Beauchamp fue miembro de la Comisión Nacional para la Protección de las Personas en la Investigación Biomédica, donde fue coautor del Informe Belmont, publicado en 1978, un texto que marcó un antes y un después en la investigación con humanos y animales al fijar los principios éticos que se debían respetar. Tiene una basta obra publicada relacionada con los principios de la Bioética, su último libro: Contemporany issues in Bioethics, 2013.

7.- Influidos por la Ley de Autonomía

Federico de Montalvo.



Profesor de Derecho Constitucional en la UP Comillas (Icade) DM 17/06/2013

Este año en el que celebramos una década de la entrada en vigor de la Ley de Autonomía del Paciente no puede resultar más oportuno valorar qué importancia ha tenido dicha ley más allá de nuestras fronteras y singularmente en los países iberoamericanos. Si Iberoamérica ha estado tradicionalmente atenta a las novedades legislativas y jurisprudenciales españolas en general y muy particularmente en el ámbito del Derecho Sanitario. ¿Cuál ha sido la atención prestada a aquélla?

La lectura de las últimas leyes aprobadas sobre la materia, las de Chile, Argentina y Uruguay -en Colombia hay tres proyectos de ley pero ninguno está vigente-, nos permiten afirmar que nuestra ley ha constituido una referencia. Todos los textos legales aprobados en dichos países responden a unos principios y características muy similares.

En el caso de Chile, su reciente ley de derechos de los pacientes, aprobada el 13 de abril de 2012, recoge una regulación que recuerda claramente a nuestra norma. Así, se establece que la información ha de ser adecuada, suficiente y comprensible, y el proceso, por regla general, se efectuará en forma verbal, debiendo constar por escrito para intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos y, en general, para la aplicación de procedimientos que conlleven un riesgo relevante y conocido para la salud del afectado.

Consentimiento informado

La regulación de las excepciones al consentimiento informado es idéntica. Se recogen las tres excepciones de salud pública, incapacidad temporal y riesgo vital o para la integridad física o psíquica del paciente y, por último, incapacidad permanente del paciente para tomar la decisión. Igualmente, la regulación para los supuestos de alta voluntaria y alta forzosa es muy similar.

La historia clínica, denominada ficha clínica, y los consiguientes derechos de acceso son prácticamente iguales, salvo en lo que se refiere al plazo de conservación, al optar por un plazo más amplio de quince años en lugar de los cinco que establece la norma española, lo que, en España, ya había sido propuesto por algunos autores de nuestra doctrina y recogido en algunas normas autonómicas de desarrollo.

Por su parte, Argentina aprueba su ley a finales de 2009, en la que encontramos una regulación casi idéntica a la norma española en relación a las excepciones al deber de obtener la autorización del paciente por grave peligro para la salud pública y cuando

mediare una situación de emergencia, con grave peligro para la salud o vida del paciente, y no pudiera dar el consentimiento por sí o a través de sus representantes legales. También, la regulación del derecho de información es muy similar, exigiéndose, como hace nuestra ley, que la información sea clara, suficiente y adecuada. Además, la información será con carácter general verbal, exigiéndose la forma escrita en los supuestos de ingreso involuntario y en las intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos.

Igualmente, se muestra muy similar la regulación del documento de instrucciones previas que aquí denominamos directivas anticipadas y de la historia clínica.

Por último, la norma de Uruguay, aprobada en 2008, consagra el derecho del paciente a recibir información adecuada, suficiente y continua. También se regula de manera similar las excepciones al derecho a rechazar el tratamiento médico: cuando mediaren razones de urgencia o emergencia, o de notoria fuerza mayor que imposibiliten el acuerdo requerido, o cuando las circunstancias no permitan demora por existir riesgo grave para la salud del paciente, o cuando se esté frente a patologías que impliquen riesgo cierto para la sociedad que integra, se podrán llevar adelante los procedimientos, de todo lo cual se dejará precisa constancia en la historia clínica.

Se recoge la figura de la necesidad terapéutica, de manera que en situaciones excepcionales y con el único objetivo del interés del paciente con consentimiento de los familiares se podrá establecer restricciones al derecho de conocer el curso de la enfermedad.

La regulación de la historia médica y del correspondiente derecho de acceso también es muy similar. Se establece el derecho de acceso del paciente y de los profesionales vinculados con la asistencia sanitaria al mismo y de terceros, tales como familiares y acompañantes, siempre que no medie la negativa expresa de éste.

Resulta interesante el valor probatorio que la ley uruguaya da a la historia clínica, disponiendo que toda historia clínica, debidamente autentificada, en medio electrónico constituye documentación auténtica y, como tal, será válida y admisible como medio probatorio (art. 19). Tal previsión no se ha recogido normativamente en España pero es ya doctrina consagrada por nuestros tribunales de justicia.

En definitiva, si debemos celebrar con entusiasmo esta década de derechos de los pacientes en nuestro país, más aún debemos hacerlo si miramos más allá de nuestras fronteras y comprobamos la recepción que la Ley de Autonomía del Paciente ha tenido en Iberoamérica.

8.- Balance Ley Autonomía del Paciente: "De la autonomía del paciente, pasamos a la 'autonomitis' y a la 'autonomosis'"

DM, Soledad Valle | Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. | 24/06/2013 00:00

"Hemos pasado de la autonomía, a la autonomitis, que es un proceso inflamatorio y de ahí a la autonomosis, un proceso degenerativo". Así se expresó Fernando Bandrés, médico y director del Aula de Estudios Avanzados de la Fundación Tejerina de Madrid, en el último Foro de Sanidad y Derecho celebrado en el Hospital Universitario La Paz de Madrid, bajo el título Medicina, Bioética y Derecho.

"Hemos pasado de la autonomía, a la autonomitis, que es un proceso inflamatorio y de ahí a la autonomosis, un proceso degenerativo". Así se expresó Fernando Bandrés, médico y director del Aula de Estudios Avanzados de la Fundación Tejerina de Madrid, en el último Foro de Sanidad y Derecho celebrado en el Hospital Universitario La Paz de Madrid, bajo el título Medicina, Bioética y Derecho.

La autonomía ha sido el principio bioético protagonista del cambio de paradigma en la relación médico-paciente. La Ley de Autonomía del Paciente, que consagra este derecho del enfermo, ha recibido todo tipo de alabanzas este año, al cumplirse una década de su aprobación. Sin embargo, no todo son parabienes. "Los hospitales y los médicos no son chefs de un restaurante", aclaró Jesús Frías, jefe de Servicio de Farmacología Clínica y vicepresidente del Comité de Investigación Clínica del Hospital Universitario La Paz, en un intento de traducir la exigencia legal al ejercicio de la Medicina. "En el 99'9 por ciento de la práctica médica se hace lo que la buena praxis indica y sólo cuando hay dudas se consulta al paciente". Para ilustrar esa reflexión, Frías puso varios ejemplos con los que era difícil no estar de acuerdo. Sin embargo, Bandrés alentó al auditorio a trasladar el análisis desde el Hospital La Paz, donde estaban, a los juzgados de Plaza Castilla, para ver que, "en la mayor parte de las demandas sanitarias, se esgrime una falta de consentimiento informado".

* "En el 99,9 por ciento de la práctica médica hacemos lo que la buena praxis indica y sólo cuando hay dudas se consulta al paciente", señala Jesús Frías

Sobre la litigiosidad que afecta al ámbito médico, con cuantiosas reclamaciones patrimoniales, Bandrés mostró su preocupación afirmando, como facultativo: "Nosotros no podemos ser una línea de negocio", reconociendo que las víctimas de esta situación son el potencial humano.

La crítica al autonomismo sanitario expuesta por los representantes de la actividad sanitaria tuvo eco en los abogados. Tanto Filiberto Chuliá, jefe del Servicio Jurídico del Hospital Universitario La Paz, como José Ramón Díez Rodríguez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Educación a Distancia (UNED), reconocieron las filigranas que en algunos casos deben hacer los sanitarios para ajustarse a las exigencias legales.

Retos de futuro

Díez afirmó que "el principio de autonomía está sobrevalorado", recomendando que, en lugar de dar una prevalencia clara a unos derechos sobre otros, se aplicara el principio de proporcionalidad que hace modular la prioridad, en función de los casos. En intervenciones de urgencia, por ejemplo, la exigencia de informar al paciente no es la misma que cuando se trata de una operación programada con tiempo.

La mira al futuro más inmediato, donde el avance de la medicina ofrece la posibilidad de que unos padres puedan elegir el sexo de su hijo, o una mujer, como la actriz Angelina Jolie, se someta a una intervención preventiva, trae nuevos retos bioéticos para el mundo sanitario.

Los expertos del debate confirmaron sus dudas ante este horizonte, con pocas certezas, quizás una de las más claras es que el principio de autonomía habría que modelarlo necesariamente con el de justicia, pues la merma de los recursos trae, necesariamente, una merma en las posibilidades.

9.- Profesionalismo, asignatura de grado para formar en valores

DM, C. Fernández/F. Goiri. Madrid/Barcelona,| 24/06/2013 00:00

La Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona estrenó hace cinco años una asignatura que, bajo el nombre de Profesionalismo: los valores de los médicos, aborda aspectos que, siendo ajenos al conocimiento estrictamente científico, son claves en la práctica diaria del médico, desde la deontología hasta el papel social del facultativo o su relación con el paciente. Siguiendo la estela de Barcelona, la Facultad de Ciencias de la

Salud de la Universidad de las Palmas de Gran Canaria ha impartido este año la asignatura por primer vez. El nombre varía ligeramente -Profesionalismo Médico-, pero el objetivo es idéntico:formar en valores a los médicos del futuro.

Tanto en Barcelona como en Las Palmas la asignatura es optativa, pero, mientras en la primera se imparte en el primer curso, en la facultad canaria se ha optado por ofertarla en cuarto.

Arcadi Gual, catedrático del Departamento de Ciencias Fisiológicas y coordinador de la asignatura en Barcelona, explica que el temario "abarca un espacio no cubierto por otra asignatura, la de Bioética, con la que no nos solapamos pero sí nos aproximamos, con una visión sobre la buena práctica y las buenas costumbres profesionales".

Ante una iniciativa de clara inspiración anglosajona (en varias facultades de Estados Unidos se imparte desde hace años), Gual precisa que el concepto de profesionalismo genera conflicto si se traduce mal del inglés como profesionalidad: "Cuando hablamos de profesionalismo lo hacemos de valores y de compromisos con una profesión".

La asignatura está pensada para un grupo muy reducido de alumnos, unos 22 por curso (menos que otras optativas). Los que optan por ella, según Gual, "lo hacen con ilusión y sorprendidos, con una idea romántica de la profesión, y logran entusiasmarse. La mayoría tiene unos valores de entrega, de compromiso y de ayuda social, que explica por qué eligen esta profesión y no otra. A menudo estos alumnos nos dejan con la boca abierta".

La asignatura de Barcelona se fraguó en la Fundación Educación Médica, que preside Gual y a la que pertenecen todos sus profesores, y también uno de los promotores de la asignatura de la Facultad de Ciencias de la Salud de Las Palmas, su decano, Felipe Rodríguez de Castro.

Por sus clases han pasado profesores colaboradores, como el internista, catedrático de la Universidad Autónoma de Barcelona y presidente del Colegio de Médicos de Barcelona, Miquel Vilardell, y el actual consejero de Salud de la Generalitat, Boi Ruiz.

Gual ha explicado que hay muchas facultades interesadas en el contenido de esta materia, pero que la de Barcelona optó, a diferencia de otras, que prefieren incorporarla a asignaturas más grandes, por separarla claramente de la Bioética.

Tras 5 años de experiencia, Gual cree que los resultados son positivos pero podrían ser mejores si la asignatura tuviera una segunda parte en quinto o sexto. "El profesionalismo se ve de una manera cuando se empieza el grado y de otra, más realista, cuando se acaba. Querríamos una sola asignatura con dos partes: en primero y más adelante". ¿Hay suficiente teoría para dos partes? "La hay y, además, el 80 por ciento de la asignatura son casos prácticos en los que se confrontan opiniones", dice Gual.

Dilatada trayectoria

La Fundación Educación Médica, que ha servido de caldo de cultivo del temario de la asignatura, se creo en 1998 y tiene como principal objetivo profundizar en la docencia médica y, especialmente, difundir sus aspectos más actuales e innovadores. Mantiene un intercambio constante con instituciones académicas nacionales e internacionales, y actualmente es órgano oficial de expresión en castellano de la Word Federation for Medical Education.

10.- 'El menor maduro ante el Derecho'

La categoría de menor maduro se valora según el acto

Diario Médico. Carmen Cáceres. Sevilla | 25/06/2013 19:12

"Si no hay madurez, el menor no puede decidir, pero deberá ser oído, pues así lo recoge el Convenio de Oviedo". Con esta aclaración Francisco Oliva, profesor titular de Derecho Civil de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, ha querido dar respuesta a algunas de las preguntas que plantea al profesional sanitario la atención al llamado menor maduro. "Si no hay madurez, el menor no puede decidir, pero deberá ser oído, pues así lo recoge el Convenio de Oviedo". Con esta aclaración Francisco Oliva, profesor titular de Derecho Civil de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, ha querido dar respuesta a algunas de las preguntas que plantea al profesional sanitario la atención al llamado menor maduro.

Oliva ha intervenido en la jornada sobre Bioética que se ha celebrado hoy en Sevilla, organizada por la Escuela Andaluza de Salud Pública y la Fundación de Ciencias de la Salud. En la mesa redonda sobre El menor maduro ante el Derecho, Oliva ha diferenciado tres situaciones: menores de dieciséis años sin capacidad natural de obrar, menores de dieciséis y diecisiete años o emancipados, y menores de dieciséis años con capacidad natural de obrar.

Soporte legal

El profesor ha defendido que si se demuestra que un menor de dieciséis años tiene capacidad suficiente para entender el alcance de la intervención, el CI corresponde al menor. "La Convención de Derechos del Niño y el Código Civil dicen que el ejercicio de los derechos de la personalidad corresponde al menor siempre y cuando tenga madurez suficiente".

Por tanto, la categoría del menor maduro se construye en función de los actos que pretende realizar.

En el sistema sanitario español no existe un estándar de actuación para entender la capacidad del menor para tomar decisiones.

Mercedes Navío, coordinadora asistencial de la Oficina Regional de Coordinación de Salud Mental del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), se refirió al MacCAT-T (MacArthur Competency Assessment Tool for Clinical Research), una herramienta que explora cuatro habilidades para consentir un tratamiento:la comprensión y apreciación de la información, el razonamiento y la expresión de una elección, y que ha juzagado muy útil.

Según Tirso Ventura, psiquiatra del Hospital Miguel Servet, de Zaragoza, en el menor maduro hay que demostrar que tiene capacidad mental para realizar una tarea específica. "Es maduro en la medida que el paciente pueda comunicar sus decisiones, comprender la información acerca de su estado y valorar sus consecuencias", concluyó

11.- Deontología y Política en Guantánamo

José Miguel Serrano



. Miembro del Comité Nacional de Bioética.

DM, 28/06/2013 00:00

La obligación deontológica que tiene el médico de asistir al preso en huelga de hambre se diluye ante la situación de limbo jurídico en la que permanecen los retenidos en Guantánamo.

La World Medical Association (WMA) adoptó en la Declaración de Malta una posición maximalista sobre la huelga de hambre, incluida la de detenidos sobre los que pesa una especial obligación de garantía por el Estado.

Esta posición plenamente autonomista, influida probablemente por la adoptada en Gran Bretaña, tras las duras experiencias de las huelgas de hambre irlandesas, exige consentimiento del paciente para cualquier intervención de ayuda médica, incluida hidratación y alimentación. Conviene recordar que la opción se tomó tras fallecimientos por intervenciones médicas de alimentación forzosa, y que los familiares republicanos se convirtieron en garantes de la huelga hasta la muerte.

Algunas jurisprudencias, como la española, excluyendo siempre la alimentación forzosa, entendieron que intervenciones médicas sobre presos en huelga de hambre estaban amparadas por nuestro ordenamiento constitucional. Algo similar ocurre en Estados Unidos a pesar de su tradición autonomista.

Lo que viene ocurriendo en Guantánamo crea un enorme problema a quienes hemos entendido que atender al huelguista desfalleciente es una obligación deontológica. En efecto, en una situación de detención sin juicio durante años, sin acceso a la justicia, sin perspectivas para los presos, tras cinco años de Presidencia del hombre que iba a cerrar el campo de internamiento, la acción de los médicos militares, con las sillas de traslado, la alimentación gravosa, y el fin político de evitar el impacto en los medios de unas posibles muertes se vuelve antideontológica.

La huelga de hambre carcelaria surgió como medio de protesta de quienes no tenían otra forma de hacer valer sus derechos. Requiere una cierta publicidad y por tanto una opinión pública que responda al huelguista. De hecho, no ha podido prosperar en los sistemas totalitarios.

Guantánamo cumple las condiciones de la huelga clásica. Como han dicho 13 de los detenidos en su carta a sus médicos militares, ellos no desean morir, pero exigen una observación médica imparcial. A ella se han ofrecido 153 médicos en otra carta al presidente Barack Obama en la prestigiosa revista The Lancet.

Guantánamo prueba la posibilidad real del cumplimiento de algunos de los temores que llevaron a la Declaración de Malta de la WMA en 1991. Sin embargo, no creo que sirva para resolver el debate sobre la huelga de hambre, pues el principal problema en Guantánamo es Guantánamo mismo. Una situación que no debe prorrogarse. Como se ha dicho Guantánamo es un limbo jurídico, un lugar sin presencia del Derecho, tampoco de la Deontología.

La dificultad real de encontrar una solución no obvia la necesidad de insertar a los presos en el sistema jurídico. No hacerlo desde el principio ha sido un error grave que asienta la excepcionalidad como el medio normal de hacer las cosas. En ese contexto, el juicio ético de cada uno, sobre las obligaciones que le corresponden, se oscurece por el interés político.

12.- Medicamento para el Alzheimer será probado con síndromes de Down en Japón

El fármaco, llamado Aricept, comenzará a probarse el 10 de agosto en hospitales de todo el país con personas entre 15 y 39 años.

EFE - 30/06/2013 - 12:14

La farmacéutica Eisai tiene previsto llevar a cabo en Japón ensayos sobre la eficacia de un medicamento contra el Alzheimer en algunos síntomas típicos de personas adultas con síndrome de Down, informó hoy el diario Yomiuri.

El ensayo consistirá en probar si la esa medicina es capaz de aplacar el deterioro de las habilidades diarias que se constata en las personas con síndrome de Down.

El fármaco Aricept, comercializado por el laboratorio nipón Eisai y que se usa contra el Alzheimer desde 1999, comenzará a probarse el 10 de agosto en hospitales de todo el país con personas con síndrome de Down de entre 15 y 39 años.

Dependiendo del resultado de los ensayos, que podrían alargarse durante tres o cuatro años, el Ministerio de Salud japonés decidirá si aprueba el medicamento para tratar a personas con síndrome de Down.

De acuerdo con un informe de 2011 elaborado por el equipo de investigación del Ministerio nipón, el 6 % de los afectados con síndrome de Down desarrollan durante cortos periodos de tiempo síntomas como lentitud de movimientos, desordenes del sueño, y ensimismamiento.

Un equipo de la Universidad de Nagasaki (sur de Japón) comenzó a investigar en 2002 los efectos que Aricept podría tener en contrarrestar síntomas como la lentitud de movimientos que adquieren los pacientes y concluyeron que el medicamento parece eficaz.

Febrero 2013

ÍNDICE:


  1. 1,7 millones de embriones humanos, desechados en Gran Bretaña desde 1991
  2. Profesionales por la Ética presentan 2.700 firmas contra la investigación con células madre.
  3. 10 años de regulación del menor maduro. Federico de Montalvo.
  4. Guía para solucionar conflictos éticos en primaria sin 'frustrarse'
  5. EEUU: Sólo se notifican el 2% de los errores en medicación
  6. El Gobierno prohibirá la investigación con grandes simios
  7. La Camfic reprueba la ética de la Tarjeta Sanitaria Individual de enfermos frágiles
  8. Europa estudia restringir el uso de los anticonceptivos orales de última generación.
  9. "Informar al paciente exige la implicación personal del médico"
  10. La reforma del sistema británico de salud será controlada, paso a paso, por organismos independientes.
  11. Absuelto Morín porque las mujeres 'firmaron' abortar
  12. La UE prohibirá para siempre las pruebas de cosméticos en animales


1. 1,7 millones de embriones humanos, desechados en Gran Bretaña desde 1991


ABC, Día 03/01/2013 josé grau / madrid

Por cada mujer que se somete a la fertilización in vitro se utilizan de media 15 embriones

Millones de embriones humanos han sido descartados en Gran Bretaña, producto de la fertilización in vitro

Millones de embriones humanos, creados para que pudieran quedar embarazadas mujeres que se sometían a la fertilización in vitro (FIV), han sido desechados en Gran Bretaña.

Desde 1991, es decir, desde que hay datos estadísticos allí en ese terreno, han sido descartados más de 1,7 millones de cigotos. Se trata del 48 por ciento de los 3,6 millones que se produjeron en ese periodo para ese tipo de inseminación, según informa Mail Online. Es decir, para cada mujer que concibe por FIV, se fabrican 15 vidas.

La noticia se ha hecho pública tras una pregunta parlamentaria por escrito del diputado Lord David Alton.

Las cifras exactas, dadas a conocer por el ministro de Salud, Lord Howe, son: 3.546.818 embriones humanos han sido originados desde agosto de 1991 y solo ha habido 235.480 embarazos. No hay datos de las gestaciones que llegaron efectivamente a término.

Lord Alton denuncia que los embriones se hayan manufacturado y desestimado en cantidades «industriales». Añade: «Entiendo que no se pueden llevar a cabo hoy día tratamientos de fertilidad sin fabricar un gran número de embriones que luego se destruyen. Aquí es donde la tecnología tiene que dar un paso».

Los datos sobre embriones humanos los recolecta en Gran Bretaña la Human Fertilisation and Embryology Authority (HFEA).

2. Profesionales por la Ética presentan 2.700 firmas contra la investigación con células madre.

Piden a la ministra de Sanidad, Ana Mato, un "cambio de rumbo en la investigación biomédica" para que los recursos se dediquen a proyectos como los que utilizan células adultas o IP's.

Europa Press | Madrid | 08/01/2013 19:07

La asociación de Profesionales por la Ética ha presentado ante el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad un manifiesto respaldado por más de 2.700 firmas para pedirle que ni financie ni permita la realización de investigaciones con células madre embrionarias, ya que se trata de líneas de investigación "obsoletas" que además "contravienen la legislación europea".

Según recuerda esta entidad, el Gobierno español, en el Banco de Líneas Celulares dependiente en última instancia del Ministerio de Sanidad, mantiene 29 líneas celulares (cultivos celulares con alta capacidad de multiplicarse in vitro) en centros de Andalucía, Barcelona y Valencia. Asegura que este tipo de proyectos no han dado ningún resultado terapéutico tras 10 años de trabajos.

Por ello, han solicitado al departamento que dirige Ana Mato un "cambio de rumbo en la investigación biomédica" para que los recursos se dediquen a otros proyectos a su juicio "eficientes", como los que utilizan células adultas o IP's.

3. 10 años de regulación del menor maduro

Tribuna. Federico de Montalvo. Profesor de Derecho Constitucional y miembro Cátedra Santander Derecho y Menores, UP Comillas (Icade)

Diario Médico, 10 enero 2013.

La Ley de Autonomía del Paciente abordó la regulación del menor maduro y la relación médico-paciente. A pesar del avance, pasada una década se demuestra que la edad no es lo único para marcar esa madurez.

Una de las principales novedades que introdujo la Ley de Autonomía del Paciente fue la regulación de la figura del menor maduro en la relación médico-paciente. Constituyó un importante impulso en el ámbito sanitario del principio que inspiró la capacidad de obrar de los menores a partir de los años noventa, en virtud del cual, la mejor manera de protegerlos no era otra que dotándoles de autonomía. Al menor no se le protegía ya apartándole de la toma de decisiones, sino al contrario.

Como características fundamentales de esta nueva regulación, contenida en el artículo 9 de la ley, deben ser destacadas dos: en primer lugar, la distinción entre una edad en la que los menores tendrán ya derecho a ser escuchados, pese a que la decisión siga en sus representantes, los 12 años de edad, y otra en la que el menor queda prácticamente equiparado a los mayores de edad en cuanto a su capacidad de autorizar o rechazar el tratamiento médico, los 16 años. En segundo lugar, la asunción por el legislador de un sistema de determinación de la capacidad de obrar del menor en el ámbito sanitario de naturaleza gradualista u objetiva, es decir, que atiende sólo a la edad y no al grado efectivo de madurez.

La principal crítica que puede hacerse a la regulación de la ley deriva tanto del hecho de que la madurez de los menores de 16 o más años puede ponerse cuestión, sobre todo respecto de determinadas decisiones sanitarias, como de que la ley adopta un criterio para otorgar capacidad de obrar al menor exclusivamente objetivo, el cual si bien puede ofrecer más seguridad jurídica frente a uno subjetivo de madurez efectiva, al atender a un dato objetivo como es la edad, sin embargo, no encaja bien con los evidencias científicas que nos muestran los estudios sobre la capacidad de los menores y, sobre todo, los avances de la neurociencia. El propio saber científico parece que nos informa de que, si bien el proceso que se observa en el desarrollo de las capacidades de todo menor tiene caracteres de universalidad, ello no significa que sea plenamente equiparable en todos los menores a las diferentes edades. Esta posición de la ley olvida que la casuística nos enfrenta a supuestos en los que la mera graduación de facultades del menor, atendiendo sólo a la edad, es muy insatisfactoria. Podría afirmarse que la ley olvida que existen diferentes tipos de menores y que no todos, en función de sus experiencias personales, familiares o culturales, responden a un patrón claro en el que determinada edad haya de provocar necesariamente el reconocimiento de facultades de decisión sobre el acto médico.

Factores en la madurez del menor

Las conclusiones que resultan de la evidencia científica actual sobre la capacidad de obrar de los menores de edad muestran que no todos los menores de 16 años tienen la misma madurez (es un proceso universal pero con diferencias individuales), que tan importante como el elemento volitivo es el elemento moral y los factores psicosociales (elemento afectivo), que el adolescente habitualmente rechaza las figuras de autoridad (padres, profesor, médico, etc), que los menores asumen más fácilmente los riesgos, que se parte de una evidencia fundamentada en estudios antiguos y respecto de la capacidad de obrar de adolescentes de sexo masculino y no de sexo femenino y que la e-adolescencia genera nuevas incógnitas sobre la evolución de la madurez de los menores. Además, la psicología evolutiva también nos informa de que los menores sí tienen plena capacidad de decisión sobre lo que tiene consecuencias a corto plazo, pero no de lo que produce consecuencias a medio o largo plazo.

También resulta interesante atender a cuál es la evolución del lóbulo central en los adolescentes, ya que en ellos, incluso de 16 años, este lóbulo no está totalmente desarrollado, lo que les hace más vulnerables a fallos en el proceso cognitivo de planificación y formulación de estrategias, ya que hay menor control, por tanto, de las emociones. Ello explicaría varios de los comportamientos que pueden observarse tales como, la dificultad para controlar sus emociones, la pobre capacidad de planificación y anticipación de las consecuencias negativas de sus actos o la tendencia a tener gratificaciones inmediatas, sin demora de respuesta.

En definitiva, la ley atiende a un criterio que no parece el más adecuado según nos muestra la evidencia científica, debiendo haberse incorporado también un criterio subjetivo que atendiera a la madurez efectiva del menor y no sólo a su edad (este déficit ha sido, en parte, salvado por la Circular 1/2012 de la Fiscalía General del Estado que opta acertadamente por un criterio mixto objetivo y subjetivo en su interpretación del artículo 9 de la Ley de Autonomía del Paciente). Además, los estudios más recientes parece que proponen no otorgar plena capacidad a los menores de 16 o más años, sobre todo, respecto de determinadas decisiones.

Por último, sería conveniente desarrollar normativamente y en la práctica asistencial la idea de la escala móvil, de manera que la capacidad de decisión del menor, sobre todo, en lo referido a su derecho a rechazar el tratamiento fuera atemperada o matizada en atención a la concurrencia de una serie de elementos, y no sólo la gravedad, sino también la irreversibilidad o las consecuencias a medio o largo plazo del tratamiento.

4. Retos éticos en Atención Primaria. Guía para solucionar conflictos éticos en primaria sin 'frustrarse'

El nuevo volumen de las ya clásicas guías de ética en la práctica clínica, elaboradas por la Fundación Ciencias de la Salud y la Fundación para la Formación de la Organización Médica Colegial, está dedicado al primer nivel asistencial.

Diario Médico. S. Valle. Madrid | 13/12/2012

Con el título Retos éticos en Atención Primaria, el volumen aborda 39 casos prácticos a los que se enfrenta el médico de atención primaria y que pueden generarle dudas de tipo ético. Planteado el problema, la guía refleja los valores en conflicto y gradúa las posibilidades de acción para terminar proponiendo unas recomendaciones.

Diego Gracia, presidente de la Fundación de Ciencias de la Salud , ha coordinado el proyecto que ha contado con autores de una solvencia reconocida en cuestiones de Bioética y asistencia sanitaria para este trabajo. Rogelio Altisent, Francesc Borrell, Montserrat Busquets, Carmen Cámara, Lucía Martín, Antonio Moya, Beatriz Ogando, María Isabel Parra, Víctor J.Suberviola y José Antonio Seoane son las firmas que están detrás de este trabajo.

Entre los temas de actualidad que trata, destaca el capítulo dedicado al uso responsable de los recursos, dentro del que se plantea la problemática coordinación entre niveles asistenciales, las bajas laborales y el tiempo dedicado a la consulta. En las recomendaciones al último supuesto, el texto reconoce que "el ejercicio de la medicina clínica en atención primaria se ha convertido en una actividad frustrante" y continúa señalando que "es imposible en ocasiones atender correctamente a 60 u 80 pacientes diarios durante semanas o meses, por ausencia, vacaciones o enfermedad de un compañero".

También plantea la información a la gestante que quiere abortar, recomendando "cumplir con la obligación profesional de informar a los pacientes para que estos puedan ejercer de forma informada su derecho a decidir".

5. EEUU: Sólo se notifican el 2% de los errores en medicación

Un estudio realizado en la Universidad John Hopkins de Baltimore, sobre 840.000 notificaciones voluntarias de errores.

Diario Médico. Redacción | Madrid | 15/01/2013 19:42

Un estudio realizado en la Universidad John Hopkins de Baltimore, Estados Unidos, ha analizado las 840.000 notificaciones voluntarias sobre errores en la prescripción de medicamentos, recogidas en 570 hospitales americanos entre 1999 y 2005, de las que sólo se notificaron un 2 por ciento.

La información tranquilizadora es que en el 98 por ciento de los casos los errores no tuvieron consecuencias para el paciente.

6. El Gobierno prohibirá la investigación con grandes simios

Obligará a buscar alternativas a la experimentación con animales para reducirla al máximo

El País. A. T. / Agencias Madrid18 ENE 2013

El Gobierno está preparando una normativa para prohibir el uso de grandes simios –gorilas, chimpancés, bonobos y orangutanes– en las investigaciones científicas y reducir los experimentos con el resto de animales, según ha avanzado hoy la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, después del Consejo de Ministros.

El reglamento, que aún está en proceso de discusión y será aprobado "en las próximas semanas", prevé mejorar el bienestar de los animales y obligar a los investigadores a buscar fórmulas alternativas siempre que sea posible.

Los grandes simios son los mamíferos más parecidos a los humanos y, aunque de facto solo se usan raramente en la investigación, los defensores del bienestar animal celebran que se normalice su protección. "Es muy raro encontrar un experimento con un gran simio más allá de la puramente observacional", explica Francisco Garrido, portavoz de la Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales, que impulsó un proyecto para la defensa de estos mamíferos en 2004.

Garrido, profesor de Bioética en la Universidad de Jaén, cree que la prohibición se debería extender al resto de animales porque, a su parecer, no plantea problemas ni científicos ni económicos. "Es éticamente inaceptable y científicamente poco fiable", apunta para recordar el aceite de colza al que habían sobrevivido los simios en el laboratorio, acabó siendo tóxico para los humanos en los años 90.

El Consejo de Ministros ha aprobado además la modificación de la normativa vigente sobre cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. Santamaría ha explicado que esta nueva legislación promoverá medidas para equilibrar la actividad investigadora y el bienestar animal.

El nuevo Proyecto de Ley ampliará el ámbito de aplicación de las actuales normas de protección, que ahora se limitaba a animales vertebrados, de forma que se extenderá a determinados invertebrados, como los cefalópodos, y a determinadas formas fetales de los mamíferos, consecuencia de la nueva legislación europea en materia de protección de los animales de experimentación, que incluye a estos animales entre los que deben ser objeto de protección, en particular, en el ámbito de la experimentación y otros fines científicos.

También se establecen normas de actuación de las Administraciones competentes para la autorización de los proyectos de experimentación u otros fines científicos en los que se utilicen animales, puesto que la nueva legislación europea prevé la necesidad de autorización de todos aquellos procedimientos en los que se utilicen animales y se fijan disposiciones específicas para regular cómo debe entenderse el silencio administrativo cuando se solicite dicha autorización.

7. La Camfic reprueba la ética de la Tarjeta Sanitaria Individual de enfermos frágiles

Diario Médico C.F. Barcelona | 23/01/2013 00:00

El Grupo de Ética de la Sociedad Catalana de Medicina Familiar y Comunitaria (Camfic), que preside Dolors Forés, considera que la tarjeta sanitaria individual (TSI), llamada Cuida'm (Cuídame), que identifica a personas de colectivos de pacientes de alta fragilidad, "vulnera claramente el derecho a la intimidad y la privacidad".

El Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) puso en marcha el año pasado la prueba piloto de esta tarjeta, que identifica a personas que por sus características clínicas necesitan actuaciones diferenciadas y el acompañamiento de un cuidador en sus contactos asistenciales.

La tarjeta sirve, en la práctica, para tener una atención más accesible y más adaptada a las necesidades de esas personas, que principalmente tienen uno de estos diagnósticos: demencia, discapacidad intelectual grave y profunda y leve o moderada con trastornos de conducta, trastornos del espectro autista y daño cerebral.

"La vulneración de un principio ético, en este caso el deber de secreto, sólo está justificada cuando se persigue un objetivo realista, en beneficio del paciente, y siempre que no haya otra manera de conseguirlo. Leyendo los objetivos del CatSalut para la creación de la tarjeta, parece bastante claro que hay muchas otras maneras para conseguir que este grupo de pacientes reciba una atención ajustada a sus necesidades sin marcarlos con una cruz.

Parece aún más grave que se trate de un grupo de pacientes con la capacidad de decidir comprometida y que, por tanto, no están en condiciones de valorar si quieren o no disponer de una tarjeta que los identifique", concluye el informe de la Camfic sobre esta tarjeta.

8. Europa estudia restringir el uso de los anticonceptivos orales

La Agencia Europea del Medicamento revisará los fármacos de última generación a instancias de Francia por el riesgo de trombos

ABC, Día 29/01/2013

La Agencia Europea de Medicamentos (EMA, en sus siglas en inglés) ha anunciado que va a revisar, a petición de las autoridades sanitarias francesas, la seguridad de los anticonceptivos orales de tercera y cuarta generación para ver si es necesario restringir su uso sólo a aquellas mujeres que no pueden usar otros métodos.

Francia ha hecho esta petición después de que muchas mujeres estén reivindicando en este país el uso de anticonceptivos orales de segunda generación, ante el riesgo conocido de tromboembolismo venoso que pueden provocar los anticonceptivos más avanzados, de tercera y cuarta.

Mientras que se toma una decisión, este organismo regulador ha informado de que estos fármacos están sometidos a una "estrecha vigilancia" por las autoridades nacionales y, por tanto, "no hay ningún motivo para que ninguna mujer deje de tomarlos". En caso de sufrir algún problema, no obstante, recomiendan consultarlo con su médico.

El riesgo absoluto, según la EMA, es "muy pequeño" ya que se producen entre 20 y 40 casos anuales por cada 100.000 usuarias, y el riesgo difiere entre las distintas generaciones de los anticonceptivos combinados. De este modo, hay un mayor riesgo en el uso de anticonceptivos de tercera y cuarta generación en comparación con los anticonceptivos de primera y segunda generación y, en todos los casos, se informa de ello en los prospectos de los medicamentos, que se actualizan continuamente, especifica este organismo.

No obstante, el Comité de Fármacovigilancia de la EMA ha decidido revisar la seguridad del uso combinado de estos anticonceptivos y ver si actualmente se ofrece la información adecuada sobre su uso, tanto a médicos y pacientes.

Por su parte, el portavoz de la Fundación de la Sociedad Española de Contracepción (SEC), Ezequiel Pérez Campos, ha querido mandar un «mensaje de tranquilidad» a aquellas personas que utilizan actualmente las píldoras anticonceptivas de tercera y cuarta generación, asegurando que son medicamentos «seguros» y que el riesgo de tromboembolismo venoso es «bajo» y está «muy medido». «Se está disparatando un poco el tema y está llegando a la población de que son medicamentos peligrosos cuando son muy seguros, y ese riesgo tromboembólico está muy medido y controlado y, en casos de riesgo, está bastante establecido que no se deben prescribir», ha defendido.

Pérez Campos reconoce que es un tema que «viene coleando desde hace tiempo» y que ahora ha motivado la revisión de la EMA tras la petición de las autoridades sanitarias francesas. De hecho, la Agencia Americana del Medicamento (FDA, en sus siglas en inglés) también analizó hace unos meses la seguridad de estos medicamentos y determinó que, aunque un riesgo superior según la combinación de estrógenos y determinados gestágenos, este sigue siendo bajo y «no hace necesario modificar las prescripciones establecidas».

«Lo que hay que hacer es evaluar las condiciones de cada paciente antes de prescribir y considerar que existe un mayor riesgo con determinados gestágenos. Pero no es necesario retirar ningún medicamento», ha defendido. Además, ha recordado que estos medicamentos también pueden tener indicación por los efectos beneficiosos añadidos que ofrecen, ya que sirven para tratar el acné, el cabello graso o el síndrome premenstrual.

9. "Informar al paciente exige la implicación personal del médico"

HUMANIZAR' LA RELACIÓN MÉDICO-PACIENTE

DM, Redacción | 04/02/2013

El consejero de Salud y Política Social de Extremadura, Luis Alfonso Hernández Carrón, ha abogado por "humanizar" la relación médico-paciente, para que la información que el facultativo ofrece al usuario "no se traduzca sólo" en una entrega de "cuantiosa" documentación, sino también en una "implicación personal que derive en una confianza en su persona". Hernández Carrón ha hecho estas declaraciones en Badajoz, donde ha participado en la inauguración de la jornada Consentimiento informado del paciente, organizada por el Colegio Oficial de Médicos de Badajoz.

El consejero ha indicado que la labor de informar "no debe convertirse en una práctica limitada a la entrega de cuantiosa documentación ilegible, con todo tipo de consecuencias para cualquier tipo de intervención", según informa Europa Press.

IMPLICACIÓN PERSONAL

A su juicio, la obtención del consentimiento "no es una técnica de defensa jurídica contra una eventual responsabilidad, sino que requiere implicación personal, conocer a la persona, su manera de entender y comprender".

* El consentimiento informado ha sido elevado a derecho fundamental en la sentencia del Constitucional de 2011, apunta Hernández Carrón

Hernández Carrón ha aludido a la superación del tradicional principio de la actividad médica de "todo por el paciente, pero sin el paciente".

Esa superación, ha añadido, "ha quedado patente por la jurisprudencia y por la propia normativa", dado que la Ley de Información Sanitaria y Autonomía del Paciente de Extremadura "define el consentimiento informado como la conformidad expresa del paciente, manifestada de forma voluntaria y libre, previa obtención de la información adecuada con tiempo suficiente, para la realización de cualquier actuación relativa a su salud".

Ese derecho, ha recordado, "ha sido recientemente elevado a la categoría de derecho fundamental recogido en la Constitución en la sentencia del Tribunal Constitucional 37/2011, de 28 de marzo".

Por ello, ha subrayado, la relación médico-paciente exige considerar a éste como "un agente moral autónomo capaz de decidir sobre su futuro en distintos órdenes de la vida, incluida la actividad curativa", "dejando a un lado ese paternalismo o perfeccionismo estatal y abriéndose paso hacia un principio de libertad y autonomía".

10. La reforma del sistema británico de salud será controlada, paso a paso, por organismos independientes.

No es lo mismo: esto es una chapuza

El País. Soledad Gallego-Díaz30 DIC 2012 - 00:00 CET

En 2015, todos los ciudadanos deberían poder valorar cómo funciona el sistema de salud a su nivel local, cómo proporciona los cuidados que está obligado a dar y cómo cumple con los estándares o normas de calidad fijadas públicamente. “La transparencia es un elemento decisivo tanto para mejorar la calidad de los servicios de asistencia así como para informar a los ciudadanos sobre lo que pueden esperar y exigir del Servicio Nacional de Salud”. “Es fundamental que exista una expectativa mensurable [es decir datos, cifras y comparaciones que se puedan medir] para poder valorar si el Gobierno está cumpliendo con sus afirmaciones sobre el rendimiento del sistema de salud”.

Lo que acaban de leer es parte del “mandato” firmado en noviembre pasado entre el Gobierno de Reino Unido y el Consejo de Dirección del Sistema Nacional de Salud (NHS), un organismo independiente que ha sido creado para asumir la responsabilidad del nuevo modelo de gestión del NHS a partir del 1 de abril del año próximo. El “mandato” fue negociado durante tres meses con asociaciones de ciudadanos, de médicos y de personal sanitario, y con otras organizaciones independientes relacionadas con la sanidad pública.

Un trabajo poco profesional de unos políticos poco habituados al control, la exigencia, y la demanda de responsabilidades

El Gobierno conservador británico puso en marcha una complicada reforma del Sistema Nacional de Salud, mediante la ley denominada Health and Social Care Bill, que fue objeto de centenares de enmiendas, se discutió durante horas en el Parlamento e incluso se pospuso y ralentizó su aplicación como consecuencia de la presión que ejercieron los afectados y la oposición. Cameron aceptó esperar a que un grupo independiente elaborara un informe, y esos expertos propusieron que la reforma se realizara paso a paso y que se pudiera ir valorando sus resultados.

La nueva ley acepta que hay que introducir más competencia en la sanidad pública, sin que eso sea un objetivo en sí mismo, sino una manera de mejorar la calidad, y abrir el abanico de proveedores privados. El recurso a proveedores privados ya fue aceptado por el Gobierno laborista de Tony Blair, pero manteniendo la gratuidad y la idea de que se trata de un servicio público universal.

El nuevo informe confirma esa presencia del sector privado en la sanidad pública, pero de manera equilibrada y controlada, de forma que se monitoricen permanentemente los resultados, al igual que se debe hacer con los servicios prestados directamente por el sistema gestionado de forma pública.

El King’s Fund, una fundación independiente para la mejora de la sanidad pública, que tiene sus raíces nada menos que en un hospital londinense de 1897, y que ahora funciona como un famoso think tank, advirtió sobre las dificultades que se plantean para cumplir con la exigencia del Gobierno de que el NHS ahorre un 5% anual de presupuesto en los próximos años. Sus expertos han empezado a analizar trimestralmente los datos que están obligados a proporcionar los centros sanitarios, de gestión pública o privada, y ejercen una considerable presión para lograr un máximo de información en términos que sean comparables.

Toda esta información viene a cuento del debate que se plantea en España sobre la gestión privada de hospitales y centros de salud públicos. Es lo mismo que se está haciendo en Reino Unido, advierten sus partidarios. No, no es lo mismo, porque en España ni se ha debatido sobre el asunto en el Parlamento, ni se ha consultado previamente a los expertos y a los interesados, pacientes y personal sanitario, ni se han establecido previamente las normas de control, ni se han fijado de manera formal y transparente los objetivos que deben cumplir esos centros (de gestión pública o privada), ni se garantiza la transparencia del gasto, ni la posibilidad de comparar unos centros y otros, ni nada de nada.

Lo de aquí, al margen de que se favorezca o no la presencia de proveedores privados en la sanidad pública, es una simple chapuza. Un trabajo poco profesional de unos políticos poco habituados al control, la exigencia, y la demanda de responsabilidades.

11. Absuelto Morín porque las mujeres 'firmaron' abortar

La Audiencia de Barcelona razona que los 89 abortos se practicaron con consentimiento y valida informes psiquiátricos realizados sin entrevista previa.

DM, Soledad Valle. Madrid | 31/01/2013

El mayor juicio sobre abortos ilegales celebrado en España se ha resuelto con una sentencia absolutoria para todos sus imputados personados ante el tribunal, once en total, a la cabeza de los cuáles estaba el ginecólogo Carlos Morín, director de las clínicas donde se practicaron las intervenciones, y su esposa, que es enfermera. En el proceso se revisaron las 89 interrupciones del embarazo denunciadas por la Fiscalía, que pidió 273 años de cárcel sólo para Morín.

El Colegio de Médicos de Barcelona, el Centro Jurídico Tomás Moro y la asociación E-Cristians se personaron en el juicio, de manera separada, como acusación particular. El 22 de noviembre del pasado año el caso estaba listo para sentencia y fue ayer cuando la Audiencia Provincial de Barcelona se pronunció absolviendo a todos los imputados.

Los magistrados del tribunal razonan en la sentencia -de 156 páginas- que "la totalidad de las IVE [interrupciones voluntarias del embarazo] se llevaron a cabo con el consentimiento y bajo petición expresa de las mujeres embarazadas y de sus representantes legales, en el caso de las menores de edad, en centros habilitados y homologados, por ginecólogos titulados, atendidos por anestesistas, también titulados".

Dudas sobre firmas

Durante el juicio, algunas de las mujeres que abortaron confesaron que ellas no habían firmado ningún consentimiento, ni habían sido vistas por ningún psiquiatras para ser valoradas, cuando los abortos se hicieron amparados en el supuesto del daño psicológico que recogía la anterior regulación para interrumpir gestaciones que habían superado las 21 semanas.

A esta cuestión, los magistrados responden: "Quien estampa su firma al pie de un documento asume su contenido, salvo que se haya producido bajo coacción o engaño. Ninguna de tales circunstancias han resultado probadas en el juicio".

Por otro lado, los magistrados cuestionan que la ausencia de esa entrevista personal con el psiquiatra invalide la valoración de la salud mental que éste hizo de la paciente, ni tampoco el consentimiento que dio la mujer. "No existen elementos de prueba para poner en duda, aun en los casos que hipotéticamente no llegara a producirse la entrevista personal, que los psiquiatras no contaran con suficientes elementos de juicio para la emisión del dictamen". Y llegan a esta conclusión, "al margen del valor que la opinión de los dos facultativos [Miguel Bruguera y Jaume Padrós, del Colegio de Médicos de Barcelona], pueda tener".

Praxis psiquiátricas

Los médicos, en su testimonio judicial, "insistieron" en que "cualquier diagnóstico médico emitido sin una exploración previa del paciente atenta contra las reglas de normo-praxis". Los magistrados concluyen que "todo embarazo no deseado supone por sí mismo una situación de evidente riesgo para la salud psíquica de la embarazada".

El Centro Jurídico Tomás Moro, una de las instituciones personadas como acusación particular ha declarado su intención de recurrir el fallo al Supremo.

"Un acto puede ser voluntario, pero no legal"

"Si a partir de ahora se le va a poder diagnosticar una enfermedad a una persona sin verla, los pacientes nos quedamos indefensos". Así resume Javier María Pérez-Roldán, abogado y presidente del Centro Jurídico Tomás Moro, su disconformidad con la sentencia de la Audiencia de Barcelona, que admite la validez de unos informes psiquiátricos sin que el médico entreviste a la paciente.

El abogado, que llevó la acusación popular emprendida por el Centro Tomás Moro, afirma que existe una confusión entre el acto voluntario y el legal, pues "la mujeres pudieron ir voluntariamente a realizar un acto que, sin embargo, de acuerdo con la legislación vigente, no era legal".

Reconoce que su organización redujo el número de denuncia a poco más de 40 casos de aborto, aunque inicialmente presentaron más, porque, admite, "aunque moralmente las consideráramos inaceptables, valoramos los casos desde un punto de vista legal".

"En el juicio parecían acreditadas malas praxis"

Jaume Padrós, vicepresidente del Colegios de Médicos de Barcelona, acoge la sentencia con una sensación agridulce. Recuerda que el colegio sólo se querelló contra Carlos Morín, su mujer y los psiquiatras que avalaron las interrupciones en embarazos por encima de las 21 semanas de gestación, defendiendo la inocencia del resto de facultativos: ginecólogos y anestesistas. Así que confiesa su satisfacción porque la Audiencia de Barcelona haya admitido sus argumentos sobre la buena praxis de esos profesionales. Sin embargo, en referencia a la actuación de los psiquiatras, afirma que "parecía claro que durante el proceso judicial se acreditaron determinadas actuaciones que estaban lejos de ser una buena praxis médica". Sobre la posibilidad de recurrir la sentencia, Padrós explica que los servicios jurídicos del colegio están estudiando el caso, "teniendo en cuenta que nuestra intención es proteger el nombre de la profesión médica, a los pacientes y la buena praxis".

12. La UE prohibirá para siempre las pruebas de cosméticos en animales

La Tercera, Santiago de Chile. Constanza Cortés 31 enero, 2013.

Desde el 11 de marzo de este año, los países de esta comunidad no podrán importar ni vender productos de belleza, que hayan sido testeados en seres vivos.

Más de 20 años de campañas y activismo tuvieron que pasar para que el abuso en contra de los animales por parte del mundo de cosmetología acabara: hoy la Comisión Europea de Salud y Política del Consumidor anunció que desde el 11 de marzo, en la Unión Europea (UE) se prohibirá la importación y venta de productos cosméticos e ingredientes probados en animales.

La cruzada, que durante todo este tiempo fue liderada por la empresa de ventas al detalle de productos de belleza éticos The Body Shop y la organización sin fines de lucro Cruelty Free International, al fin consiguió frutos con esta resolución, la que en la práctica implica cualquiera que desee vender nuevos productos cosméticos e ingredientes en la UE, no debe probarlos en animales en ninguna parte del mundo.

La prohibición afecta a todos los cosméticos, incluyendo los artículos de tocador y productos de belleza, desde jabón hasta pasta dental.

Esta iniciativa es un fuerte mensaje de apoyo a la belleza libre de crueldad y en particular va dirigida a países como China, que todavía exigen pruebas con animales para los cosméticos.

Inicios de la cruzada en contra del abuso animal por parte del mundo de la cosmética

En 1991, la BUAV (Unión Británica para la Abolición de la Vivisección, fundadora de Cruelty Free International) estableció una coalición europea de importantes organizaciones para la protección de los animales en toda Europa (ECEAE), con el objetivo de poner fin al uso de pruebas con animales para cosméticos.

Esto puso en marcha una campaña pública y política muy visible en toda Europa que se extendió más de 20 años. En 1993, The Body Shop, la primera empresa de belleza en tomar medidas contra las pruebas con animales para cosméticos, apoyó la campaña pidiendo el apoyo de sus consumidores en toda Europa.

En 2012, la BUAV fundó Cruelty Free International, la primera organización global dedicada a poner fin a las pruebas con animales para cosméticos en todo el mundo. The Body Shop junto con Cruelty Free International lanzó una nueva campaña internacional que hasta ahora ha dado lugar a que clientes de 55 países hayan firmado un compromiso global apoyando el fin de las pruebas con animales para cosméticos para siempre.

Para que sepas…

La prohibición de la UE de la importación y venta de productos en los que se han hecho pruebas con animales se ha planeado desde 2009, pero muchas empresas de belleza estaban esperando que la prohibición se retrasara o se derogara. Sin embargo, el nuevo comisionado europeo de Salud y Política del Consumidor, Tonio Borg, confirmó en una carta reciente que la prohibición se mantendrá.

“Creo que la prohibición debe entrar en vigor en marzo de 2013, como ya han decidido el Parlamento y el Consejo. Por lo tanto, no estoy planeando proponer un aplazamiento o una derogación de la prohibición. Esta decisión también significa que necesitamos acelerar nuestros esfuerzos en el desarrollo, la validación y la aceptación de métodos alternativos, así como en el reconocimiento internacional de estos métodos. Sé que la ECEAE ha sido un socio valioso y conocedor en estas áreas y cuento con su apoyo en el futuro”, finalizó.

Enero 2013

ÍNDICE:


  1. 10 años de regulación del menor maduro
  2. El Instituto Europeo de Bioética ve graves fallos en la aplicación de la ley de eutanasia belga de 2002
  3. Retos éticos en Atención Primaria. Guía para solucionar conflictos éticos en primaria sin 'frustrarse'
  4. La reforma del sistema británico de salud será controlada, paso a paso, por organismos independientes

 
1. 10 años de regulación del menor maduro

La Ley de Autonomía del Paciente abordó la regulación del menor maduro y la relación médico-paciente.

A pesar del avance, pasada una década se demuestra que la edad no es lo único para marcar esa madurez. 

Federico de Montalvo. Profesor de Derecho Constitucional y miembro Cátedra Santander Derecho y Menores, UP Comillas (Icade)

Diario Médico 10/12/2012

Una de las principales novedades que introdujo la Ley de Autonomía del Paciente fue la regulación de la figura del menor maduro en la relación médico-paciente. Constituyó un importante impulso en el ámbito sanitario del principio que inspiró la capacidad de obrar de los menores a partir de los años noventa, en virtud del cual, la mejor manera de protegerlos no era otra que dotándoles de autonomía. Al menor no se le protegía ya apartándole de la toma de decisiones, sino al contrario.

Como características fundamentales de esta nueva regulación, contenida en el artículo 9 de la ley, deben ser destacadas dos: en primer lugar, la distinción entre una edad en la que los menores tendrán ya derecho a ser escuchados, pese a que la decisión siga en sus representantes, los 12 años de edad, y otra en la que el menor queda prácticamente equiparado a los mayores de edad en cuanto a su capacidad de autorizar o rechazar el tratamiento médico, los 16 años. En segundo lugar, la asunción por el legislador de un sistema de determinación de la capacidad de obrar del menor en el ámbito sanitario de naturaleza gradualista u objetiva, es decir, que atiende sólo a la edad y no al grado efectivo de madurez.

La principal crítica que puede hacerse a la regulación de la ley deriva tanto del hecho de que la madurez de los menores de 16 o más años puede ponerse cuestión, sobre todo respecto de determinadas decisiones sanitarias, como de que la ley adopta un criterio para otorgar capacidad de obrar al menor exclusivamente objetivo, el cual si bien puede ofrecer más seguridad jurídica frente a uno subjetivo de madurez efectiva, al atender a un dato objetivo como es la edad, sin embargo, no encaja bien con los evidencias científicas que nos muestran los estudios sobre la capacidad de los menores y, sobre todo, los avances de la neurociencia. El propio saber científico parece que nos informa de que, si bien el proceso que se observa en el desarrollo de las capacidades de todo menor tiene caracteres de universalidad, ello no significa que sea plenamente equiparable en todos los menores a las diferentes edades. Esta posición de la ley olvida que la casuística nos enfrenta a supuestos en los que la mera graduación de facultades del menor, atendiendo sólo a la edad, es muy insatisfactoria. Podría afirmarse que la ley olvida que existen diferentes tipos de menores y que no todos, en función de sus experiencias personales, familiares o culturales, responden a un patrón claro en el que determinada edad haya de provocar necesariamente el reconocimiento de facultades de decisión sobre el acto médico.


Factores en la madurez del menor

Las conclusiones que resultan de la evidencia científica actual sobre la capacidad de obrar de los menores de edad muestran que no todos los menores de 16 años tienen la misma madurez (es un proceso universal pero con diferencias individuales), que tan importante como el elemento volitivo es el elemento moral y los factores psicosociales (elemento afectivo), que el adolescente habitualmente rechaza las figuras de autoridad (padres, profesor, médico, etc), que los menores asumen más fácilmente los riesgos, que se parte de una evidencia fundamentada en estudios antiguos y respecto de la capacidad de obrar de adolescentes de sexo masculino y no de sexo femenino y que la e-adolescencia genera nuevas incógnitas sobre la evolución de la madurez de los menores. Además, la psicología evolutiva también nos informa de que los menores sí tienen plena capacidad de decisión sobre lo que tiene consecuencias a corto plazo, pero no de lo que produce consecuencias a medio o largo plazo.

También resulta interesante atender a cuál es la evolución del lóbulo central en los adolescentes, ya que en ellos, incluso de 16 años, este lóbulo no está totalmente desarrollado, lo que les hace más vulnerables a fallos en el proceso cognitivo de planificación y formulación de estrategias, ya que hay menor control, por tanto, de las emociones. Ello explicaría varios de los comportamientos que pueden observarse tales como, la dificultad para controlar sus emociones, la pobre capacidad de planificación y anticipación de las consecuencias negativas de sus actos o la tendencia a tener gratificaciones inmediatas, sin demora de respuesta.

En definitiva, la ley atiende a un criterio que no parece el más adecuado según nos muestra la evidencia científica, debiendo haberse incorporado también un criterio subjetivo que atendiera a la madurez efectiva del menor y no sólo a su edad (este déficit ha sido, en parte, salvado por la Circular 1/2012 de la Fiscalía General del Estado que opta acertadamente por un criterio mixto objetivo y subjetivo en su interpretación del artículo 9 de la Ley de Autonomía del Paciente). Además, los estudios más recientes parece que proponen no otorgar plena capacidad a los menores de 16 o más años, sobre todo, respecto de determinadas decisiones.

Por último, sería conveniente desarrollar normativamente y en la práctica asistencial la idea de la escala móvil, de manera que la capacidad de decisión del menor, sobre todo, en lo referido a su derecho a rechazar el tratamiento fuera atemperada o matizada en atención a la concurrencia de una serie de elementos, y no sólo la gravedad, sino también la irreversibilidad o las consecuencias a medio o largo plazo del tratamiento.

2.- El Instituto Europeo de Bioética ve graves fallos en la aplicación de la ley de eutanasia belga de 2002

En Bélgica, la eutanasia fue legalizada en 2002 por la aprobación de una ley que establecía una serie de estrictos controles para la protección de los más vulnerables. Sin embargo, el estudio realizado por el Instituto Europeo de Bioética (IEB) sobre la experiencia belga en estos diez años de vigencia de la ley, muestra que los requisitos no han sido aplicados con la exigencia requerida.

Diario Médico. Redacción 12/12/2012 17:22

Según narra la página especializada BioEdge, el tema central del estudio es la ineficiencia y parcialidad con la que actúa el organismo establecido por la ley para disipar las dudas de la opinión pública sobre el control de las prácticas eutanásicas. Después de diez años y cerca de 5.500 casos, ninguno de ellos ha sido notificado a la policia.

;El estudio señala que casi la mitad de los 16 miembros que comportan la Comisión para el Control y Valoración de las Eutanasias son, además, de la asociación por el derecho a morir belga. Esto explica según el IEB "la ausencia de cualquier control efectivo y la cada vez más amplia interpretación que la Comisión hace de la ley ".

El informe sugiere que una ley que permite la eutanasia ya es lo suficientemente cuestionable como para que además el gobierno no esté asegurando el cumplimiento de sus requisitos.

Abusos

A consecuencia de esta falta de control se están produciendo una serie de abusos de esta práctica, entre los que el IEB destaca que, aunque la ley exige una declaración escrita del deseo del paciente de ser sometido a una eutanasia, la comisión está eximiendo de este requisito con frecuencia.

;Además, en origen se exigía que el paciente sufriera una enfermedad incurable de riesgo para la vida, mientras que hoy en día únicamente se requiere que la enfermedad suponga un serio debilitamiento. Cuando un paciente requiere una eutanasia en casa, la ley recoge la necesidad de que acuda un médico en persona que adquiera los medicamentos en una farmacia registrada; sin embargo, en la práctica es frecuentemente que los familiares realicen esta tarea.

Por último, aunque la ley de 2002 no permite en absoluto el suicidio asistido por un médico, la comisión está ignorando signos de estas prácticas.

3.- Retos éticos en Atención Primaria. Guía para solucionar conflictos éticos en primaria sin 'frustrarse'

El nuevo volumen de las ya clásicas guías de ética en la práctica clínica, elaboradas por la Fundación Ciencias de la Salud y la Fundación para la Formación de la Organización Médica Colegial, está dedicado al primer nivel asistencial.

DM, S. Valle. Madrid | 13/12/2012

Con el título Retos éticos en Atención Primaria, el volumen aborda 39 casos prácticos a los que se enfrenta el médico de atención primaria y que pueden generarle dudas de tipo ético. Planteado el problema, la guía refleja los valores en conflicto y gradúa las posibilidades de acción para terminar proponiendo unas recomendaciones.

Diego Gracia, presidente de la Fundación de Ciencias de la Salud , ha coordinado el proyecto que ha contado con autores de una solvencia reconocida en cuestiones de Bioética y asistencia sanitaria para este trabajo. Rogelio Altisent, Francesc Borrell, Montserrat Busquets, Carmen Cámara, Lucía Martín, Antonio Moya, Beatriz Ogando, María Isabel Parra, Víctor J.Suberviola y José Antonio Seoane son las firmas que están detrás de este trabajo.

Entre los temas de actualidad que trata, destaca el capítulo dedicado al uso responsable de los recursos, dentro del que se plantea la problemática coordinación entre niveles asistenciales, las bajas laborales y el tiempo dedicado a la consulta. En las recomendaciones al último supuesto, el texto reconoce que "el ejercicio de la medicina clínica en atención primaria se ha convertido en una actividad frustrante" y continúa señalando que "es imposible en ocasiones atender correctamente a 60 u 80 pacientes diarios durante semanas o meses, por ausencia, vacaciones o enfermedad de un compañero".

También plantea la información a la gestante que quiere abortar, recomendando "cumplir con la obligación profesional de informar a los pacientes para que estos puedan ejercer de forma informada su derecho a decidir".

4.- La reforma del sistema británico de salud será controlada, paso a paso, por organismos independientes

El País. Soledad Gallego-Díaz 30 DIC 2012 .

En 2015, todos los ciudadanos deberían poder valorar cómo funciona el sistema de salud a su nivel local, cómo proporciona los cuidados que está obligado a dar y cómo cumple con los estándares o normas de calidad fijadas públicamente. “La transparencia es un elemento decisivo tanto para mejorar la calidad de los servicios de asistencia así como para informar a los ciudadanos sobre lo que pueden esperar y exigir del Servicio Nacional de Salud”. “Es fundamental que exista una expectativa mensurable [es decir datos, cifras y comparaciones que se puedan medir] para poder valorar si el Gobierno está cumpliendo con sus afirmaciones sobre el rendimiento del sistema de salud”.

Lo que acaban de leer es parte del “mandato” firmado en noviembre pasado entre el Gobierno de Reino Unido y el Consejo de Dirección del Sistema Nacional de Salud (NHS), un organismo independiente que ha sido creado para asumir la responsabilidad del nuevo modelo de gestión del NHS a partir del 1 de abril del año próximo. El “mandato” fue negociado durante tres meses con asociaciones de ciudadanos, de médicos y de personal sanitario, y con otras organizaciones independientes relacionadas con la sanidad pública.

Un trabajo poco profesional de unos políticos poco habituados al control, la exigencia, y la demanda de responsabilidades

El Gobierno conservador británico puso en marcha una complicada reforma del Sistema Nacional de Salud, mediante la ley denominada Health and Social Care Bill, que fue objeto de centenares de enmiendas, se discutió durante horas en el Parlamento e incluso se pospuso y ralentizó su aplicación como consecuencia de la presión que ejercieron los afectados y la oposición. Cameron aceptó esperar a que un grupo independiente elaborara un informe, y esos expertos propusieron que la reforma se realizara paso a paso y que se pudiera ir valorando sus resultados.

La nueva ley acepta que hay que introducir más competencia en la sanidad pública, sin que eso sea un objetivo en sí mismo, sino una manera de mejorar la calidad, y abrir el abanico de proveedores privados. El recurso a proveedores privados ya fue aceptado por el Gobierno laborista de Tony Blair, pero manteniendo la gratuidad y la idea de que se trata de un servicio público universal.

El nuevo informe confirma esa presencia del sector privado en la sanidad pública, pero de manera equilibrada y controlada, de forma que se monitoricen permanentemente los resultados, al igual que se debe hacer con los servicios prestados directamente por el sistema gestionado de forma pública.

El King’s Fund, una fundación independiente para la mejora de la sanidad pública, que tiene sus raíces nada menos que en un hospital londinense de 1897, y que ahora funciona como un famoso think tank, advirtió sobre las dificultades que se plantean para cumplir con la exigencia del Gobierno de que el NHS ahorre un 5% anual de presupuesto en los próximos años. Sus expertos han empezado a analizar trimestralmente los datos que están obligados a proporcionar los centros sanitarios, de gestión pública o privada, y ejercen una considerable presión para lograr un máximo de información en términos que sean comparables.

Toda esta información viene a cuento del debate que se plantea en España sobre la gestión privada de hospitales y centros de salud públicos. Es lo mismo que se está haciendo en Reino Unido, advierten sus partidarios. No, no es lo mismo, porque en España ni se ha debatido sobre el asunto en el Parlamento, ni se ha consultado previamente a los expertos y a los interesados, pacientes y personal sanitario, ni se han establecido previamente las normas de control, ni se han fijado de manera formal y transparente los objetivos que deben cumplir esos centros (de gestión pública o privada), ni se garantiza la transparencia del gasto, ni la posibilidad de comparar unos centros y otros, ni nada de nada.

Lo de aquí, al margen de que se favorezca o no la presencia de proveedores privados en la sanidad pública, es una simple chapuza. Un trabajo poco profesional de unos políticos poco habituados al control, la exigencia, y la demanda de responsabilidades.

 

 

 

 

 

 

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