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Artículos Breves. Mes de Junio
2006
Indice:
- Médicos nigerianos acusan a Pfizer de probar un fármaco en
niños sin autorización
- El debate sobre la eutanasia en España. El Gobierno insiste en
descartar cualquier regulación de la eutanasia
- Eutanasia y renuncia a tratamientos. Damián Muñoz
- Legalizar la eutanasia activa sería un grave error
- La ciencia ante el misterio de la vida. Entrevista con el filósofo
Rodrigo Guerra López
- Nueva ley de reproducción asistida para una situación sin
resolver
- La Sociedad Española de Medicina Intensiva y Crítica
distingue entre eutanasia y limitar las terapias
- La Corte Constitucional de Colombia aprueba la despenalización del
aborto
- Sin claridad sobre reglamentación del aborto en Colombia.
- El médico debe atender a las emociones de sus enfermos
- Maryland como síntoma. Demandas judiciales y defensa de los
pacientes. Albert J. Jovell
- Agustín Zapata: "Debería existir un comité de
bioética a escala nacional"
- El Testamento Vital, Consentimiento Informado y Encarnizamiento
Terapéutico. Dr. Eduardo Casanova
- Médicos sin Fronteras pide más investigación en las
enfermedades olvidadas
- ¿Por qué tanta prisa por clonar seres humanos?
- Diagnóstico preimplantatorio y la nueva ley de reproducción.
Javier Urcelay
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1.- Médicos nigerianos acusan a Pfizer de probar un fármaco en
niños sin autorización
ELMUNDO.ES 8 mayo 2006.
En 1996 la mayor compañía farmacéutica del mundo, Pfizer,
probó un antibiótico en desarrollo en casi 200 menores ingresados
en un hospital de la región nigeriana de Kano. Un informe al que ha
tenido acceso 'The Washington Post' asegura que el ensayo se hizo sin los
permisos oficiales correspondientes y en contra de las leyes internacionales.
La farmacéutica lo niega.
El informe médico, concluido hace cinco años pero cuyos
resultados se difundieron por primera vez en un medio de comunicación el
pasado fin de semana, concluye que el ensayo se llevó a cabo sin la
autorización del Gobierno nigeriano. El trabajo es, según el
documento, "un caso claro de explotación del ignorante".
El fármaco en desarrollo era Trovan, el nombre comercial de
trovafloxacino, un antibiótico. En Europa se comercializó
sólo durante tres meses. En EEUU se autorizó para adultos, nunca
en menores, en 1997. Dos años después la FDA estableció
límites estrictos a su uso.
Los detalles del caso
En 1996, cuando se realizó el ensayo en Kenia, el país
sufría una epidemia de meningitis que causó la muerte de 1.500
personas. Los menores tratados estaban ingresados para recibir tratamiento
contra la enfermedad.
El estudio se conoció por primera vez en 2000, cuando el 'Washington
Post' hizo un reportaje sobre las actividades en el extranjero de las
compañías farmacéuticas, pero el contenido del informe
médico no se ha conocido hasta ahora.
El caso está lleno de interrogantes. Por un lado no se explica por
qué se ha ocultado durante tanto tiempo los resultados del informe,
elaborado por un grupo de expertos nigerianos. Al mismo tiempo, el 'Post'
publica que cuando se llevó a cabo la investigación el hospital
no contaba con un comité ético, que no creó hasta meses
después de que concluyese el trabajo.
Según el 'Post', el actual ministro nigeriano de Sanidad, Eyitayo Lambo,
no ha respondido a las llamadas del diario estadounidense para comentar los
resultados del informe.
Dudas oficiales
La directora del organismo encargado de regular los fármacos en Nigeria,
Dora Akunyili, afirma no saber por qué el documento ha sido confidencial
durante estos años y se ha limitado a señalar que el organismo
que dirige concluyó que "esta gente no tenía autoridad para
realizar el ensayo".
En 2001, 30 familias nigerianas presentaron una demanda contra Pfizer en un
juzgado de Nueva York. El juez la desestimó el verano pasado por falta
de jurisdicción.
La compañía farmacéutica Pfizer, con sede en EEUU, ha
difundido un comunicado en el que responde a las acusaciones y asegura que el
trabajo contó con el consentimiento del Gobierno de Nigeria y la
autorización verbal de los familiares de los afectados.
"¿Por qué se llevó a cabo el ensayo en Nigeria? Para
obtener una nueva indicación de una medicina primero debe probarse en
gente afectada por la condición que se pretende tratar", reza la
nota de Pfizer.
De acuerdo con la información del laboratorio, el medicamento se
evaluó frente al tratamiento considerado entonces de referencia, el
antibiótico ceftriaxona. Los porcentajes de supervivencia fueron
similares (94,4% de Trovan frente a 93,8% ceftriaxona).
2.- El debate sobre la eutanasia en España. El Gobierno insiste en
descartar cualquier regulación de la eutanasia
ELPAIS.es 08-05-2006.
El Gobierno sigue descartando cualquier regulación de la eutanasia y
considera que se trata de un debate que "no corresponde ahora",
según ha dicho hoy la ministra de Sanidad, Elena Salgado. Preguntada
sobre si el Ejecutivo ha variado su postura en relación con este asunto
tras la muerte del pentapléjico Jorge León Escudero, Salgado ha
dicho que todas las personas deben tener derecho a una muerte digna, y eso, ha
señalado, se llama cuidados paliativos.
Lo que hay que hacer, ha añadido Salgado, es ofrecer toda la ayuda
posible a las personas que sufren problemas de salud y "evidentemente este
es un debate (el de la eutanasia) que en opinión del Gobierno no
corresponde hacer ahora". A su juicio, las personas deben tener derecho a
una muerte digna, esto es, según ha afirmado Salgado, a cuidados
paliativos, lo que debe separarse del debate sobre la eutanasia. Finalmente, ha
anticipado que a finales de año se va a presentar una serie de
estrategias nuevas "para intensificar la posibilidad de que haya cuidados
paliativos para todas las personas que lo necesiten" y esto, ha explicado,
significa que pasen sus últimas horas de vida sin dolor.
Izquierda Unida volverá a presentar una nueva iniciativa parlamentaria
para regular de forma legal el derecho a una muerte digna. De nuevo, como
ocurriera con el caso del gallego Ramón Sampedro, la coalición de
izquierdas espera que la muerte de Jorge León Escudero sirva para que la
sociedad y sus representantes "tomen conciencia" de la necesidad de
regular un derecho que "es de justicia" y que, lamentan, "no
acaba de ponerse en marcha".
La escritora y antropóloga Margarita Espuña, amiga de Jorge
León, ha criticado que en España se practique la eutanasia
"de forma encubierta, clandestina y sin ninguna garantía tanto para
los enfermos, que mueren solos, a escondidas y con poca dignidad, como para
quienes les ayudan a morir, que son perseguidos por la ley".
Ramona Maneiro, la mujer que ayudó a morir a Ramón Sampedro,
lamentó ayer la "hipocresía generalizada" en la
sociedad sobre estos casos y dijo: "Me parece genial si lo ha pedido y le
han ayudado a bien morir".
La Asociación para la Defensa e Integración de Accidentados (DIA)
declaró también ayer que Jorge León Escudero "estaba
en su derecho a hacer con su vida lo que creyese conveniente" y
pidió a la policía que investigue delitos "que causan
más alarma social, y no malgastar esfuerzos en encontrar a alguien
(suponiendo que exista) que sólo ha hecho lo que alguien, en plenas
facultades mentales, le ha pedido para aliviar un sufrimiento que nadie ha sido
capaz de calmar".
La Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad
Pública (FASDP) reclamó una regulación "muy cuidadosa
de la eutanasia" que respete la voluntad de las personas y evite
"susceptibles abusos".
3.- Eutanasia y renuncia a tratamientos Damián Muñoz,
Médico
ABC, Cartas al director, 9 de mayo de 2006.
Ante el fallecimiento de Jorge León, persona con pentaplejia que
vivía en Valladolid, quiero en primer lugar manifestar mi respeto para
él y para su familia.
Aunque disponemos todavía de una información bastante incompleta,
lo que he leído hasta ahora me suscita algunas reflexiones que
como médico- me gustaría compartir.
La respiración asistida es un tratamiento invasivo que,
salvo situaciones urgentes e imprevistas, requiere el consentimiento del
paciente para ser instaurado. En cualquier caso, una vez iniciada,
también es necesario el consentimiento del paciente competente para
continuar con ella. Cualquier persona enferma tiene la posibilidad de renunciar
a aquellos tratamientos que considere desproporcionados para su
situación.
Parece ser que Jorge no deseaba seguir con la respiración asistida, pues
se encontraba en la fase final de un estado irreversible y sufriendo frecuentes
infecciones respiratorias. Por tanto, como era capaz de comunicarse,
podría haber pedido que le retiraran el respirador y su renuncia a ese
tratamiento tendría que haber sido respetada.
Naturalmente, antes de retirar la respiración asistida se le
habría sedado para evitarle cualquier sufrimiento. Esa actuación
probablemente estudiada antes por un comité asistencial de
ética- no hubiese tenido tampoco ningún reparo legal, pues no se
trata de un caso de eutanasia sino de lo que en bioética se conoce como
limitación del esfuerzo terapéutico: la causa de la
muerte no hubiese sido la actuación del médico sino la dificultad
respiratoria ocasionada por su enfermedad.
Por tanto, no parece necesaria ninguna modificación legal para que Jorge
hubiese fallecido en su casa como deseaba-, con una correcta
atención médica y sin sufrir en sus últimos momentos.
4.- Legalizar la eutanasia activa sería un grave error
La Razón, 9 de mayo de 2006.
El debate sobre la legalización de la eutanasia activa es uno de esos
asuntos recurrentes que aparecen y desaparecen a golpe de titular de
periódico. En esta ocasión, ha sido la muerte, en lo que parece
un suicidio asistido, del pentapléjico vallisoletano Jorge León
el hecho que ha vuelto a poner de actualidad la polémica. Ocurrió
con el mediático caso de Ramón Sampedro y, también, a
consecuencia del dramático caso de la estadounidense Terry Schiavo,
condenada a morir de hambre y sed por una le gislación tan implacable
como científicamente obsoleta. Los partidarios de la legalización
de la eutanasia suelen utilizar estos ejemplos, singulares y extremos, en su
pugna dialéctica porque saben de su impacto en una opinión
pública sensible ante el dolor de los demás.
Pero los argumentos en pro del suicidio asistido parten de un grave
equívoco: contraponer dos principios, el derecho a la vida y el derecho
a una muerte digna, que no son en absoluto incompatibles. Así, el
derecho que inspira la mayoría de las legislaciones occidentales y de
raíz cristiana ha establecido la distinción entre la eutanasia y
la aceptación del hecho irreversible de la muerte. De aquí que
haya marcado una radical diferencia entre eutanasia activa y pasiva. El
concepto de dignidad acompaña al ser humano en todas las circunstancias
sin que la enfermedad, por incapacitante que sea, le reste ni un ápice
de aquélla. Ése es el concepto universal que se debe defender
frente a un falso sentido de la compasión. Ese mismo concepto de la
dignidad es el que delimita ciertas prácticas de mantenimiento
artificial de la vida, que en ocasiones derivan en un ensañamiento
terapéutico, del correcto tratamiento de una situación terminal.
La cuestión no es legalizar la eutanasia activa, que es rechazable, sino
aplicar los criterios en los que se inspira la eutanasia pasiva. Y, por
supuesto, atender al enfermo y su familia en la lucha por la vida, no por la
muerte.
5.- La ciencia ante el misterio de la vida
Entrevista con el filósofo Rodrigo Guerra López
MÉXICO, martes, 9 mayo 2006 (ZENIT.org-El Observador)
-¿Qué es la vida humana? ¿Cómo y cuando se manifiesta?
¿Cuál es nuestra responsabilidad ante ella? Precisamente por la
importancia del tema, ZENIT-El Observador entrevistó a Rodrigo Guerra
López, director del Observatorio social del CELAM, miembro de la
Academia Pontificia para la Vida, y organizador del II Coloquio Internacional
«Vida humana: sus significados», realizado del 25 al 27 de abril de
2006 en la Universidad Panamericana, Ciudad de México.
--¿Por qué discutir los «significados» que posee la vida
humana desde diversas perspectivas? ¿No basta el punto de vista de la
filosofía o de la teología para comprenderla con radicalidad?
--Rodrigo Guerra: La vida humana es un fenómeno complejo. Por una parte
la conciencia descubre de manera espontánea su valor intrínseco,
su dignidad. Sin embargo, es necesario ampliar esta aproximación que
tiene el hombre común para tratar de comprender mejor las razones que
explican que el ser humano, gracias a su condición personal, no puede
ser interpretado ni tratado como mera cosa, como mero objeto de uso. Las
diversas ciencias que se ocupan de lo humano nos ayudan a apreciar aspectos de
la complejidad que nos caracteriza. Las neurociencias, la biología
molecular, la embriología, la biofilosofía, la bioética y
la biojurídica son saberes que, desde distintas perspectivas, enriquecen
la imagen que tenemos sobre el hombre. Sin embargo, los resultados de cada una
de estas ciencias serían un conjunto heterogéneo y
ecléctico si no existiera una antropología filosófica, y
eventualmente teológica, que nos brinde un criterio de unidad
sapiencial. El diálogo y la investigación interdisciplinar son
impensables si la filosofía no cumple su papel de saber
arquitectónico. La teología, por su parte, es imprescindible,
cuando se entiende la racionalidad del acontecimiento cristiano, la
racionalidad de la verdad como Revelación.
--¿Cuáles fueron los aportes más relevantes durante los tres
días de discusión realizados en la Universidad Panamericana?
--Rodrigo Guerra: El Coloquio «Vida humana: sus significados»
buscó crear un espacio para que particularmente las ciencias
biomédicas, el derecho y la filosofía se dejasen interpelar entre
sí. Tal vez la primera y más importante contribución que
realizan eventos como éste, es el hacernos a todos los participantes muy
concientes de la «humildad» con la que debemos afrontar el
fenómeno de la vida humana.
Por ejemplo, luego de escuchar a científicos como Luis Benítez,
del Centro Médico Nacional, o como Ricardo Tapia, del Instituto de
Fisiología Celular de la UNAM, es difícil pensar que los
problemas tradicionales de la teoría del conocimiento o de la
antropología filosófica puedan ser discutidos con profundidad sin
tomar en cuenta los datos que nos proveen actualmente las neurociencias.
Así mismo, luego de escuchar a María Elena Torres, del Gurdon
Institute de la Universidad de Cambridge, es claro que una defensa de la
dignidad de la vida humana a partir de la concepción no puede sino pasar
por una atenta consideración de la genética y la
epigenética contemporáneas.
Esto no significa que un asunto como la determinación personal del
embrión humano sea una cuestión resoluble con un análisis
empírico. El «ser persona» no se identifica
unívocamente con ninguna configuración génica o
morfológica particular. Lo que significa es que tenemos que recuperar la
capacidad de hacer filosofía desde la biología, tal y como de
hecho lo hizo en su momento Aristóteles.
--Usted acaba de ser nombrado miembro de la Academia Pontificia para la Vida:
Esta actitud que usted describe, ¿es el enfoque que prevalece entre los
miembros de esta institución eclesial? ¿El Magisterio de la Iglesia
no constriñe de algún modo la libre investigación
científica?
--Rodrigo Guerra: La Academia Pontificia para la Vida es una institución
al servicio de la Iglesia que promueve la investigación
científica rigurosa, la formación y la información sobre
los desafíos contemporáneos que experimenta la vida humana. En
ella, cada miembro con entera libertad, y de acuerdo a su especialidad,
contribuye con sus aportes. En la última Asamblea realizada en Roma a
finales del mes de febrero fue muy palpable que cada participante utiliza los
métodos propios de su ciencia y los pone al servicio de la verdad sobre
el hombre. En otras palabras, la Academia Pontificia para la Vida es un espacio
de auténtica interacción de la razón con la fe. El dato de
la fe no aplasta a la razón sino que le ofrece un horizonte de
realización que por sí misma no podría alcanzar. Desde
esta perspectiva, la fidelidad de los miembros de la Academia al Magisterio de
la Iglesia es un gesto elemental de adhesión a la Verdad sobre Dios y
sobre el hombre que gratuitamente se revela en Cristo. Sólo cuando la
libertad se concibe autoreferencialmente esta actitud no cabe. Pero cuando se
descubre que la propia estructura de la libertad demanda que la razón
advierta y acepte la verdad, provenga de donde provenga, entonces se verifica
la apertura a todos los factores de la realidad, incluso a aquella que nos
rebasa.
--En ocasiones parece que la más reciente investigación
biomédica se encuentra cerrada a la interpelación de la
ética. Por ejemplo, muchos científicos dedicados a la
embriología argumentan con vigor que la vida humana personal comienza
con la implantación del embrión en el útero. ¿A
qué se debe esto?
--Rodrigo Guerra. La resistencia de algunas personas, incluso
científicos competentes, a la interpelación de la ética
tiene varias causas. Una de las más importantes continúa siendo
la vigencia del prejuicio «cientificista». Con este término
quiero indicar la actitud anti-científica que consiste en considerar que
las ciencias empíricas pueden dar razón total de la realidad
total. Este prejuicio es un rasgo característico de la modernidad
ilustrada, hoy en decadencia. En el caso del reconocimiento del embrión
temprano como persona la investigación embriológica
contemporánea aporta muchísimos datos nuevos que adecuadamente
interpretados por la filosofía y la ética pueden colaborar a
reargumentar el estatuto personal del embrión humano desde la
concepción. Pienso, por ejemplo, en las investigaciones empíricas
de Gardner, de Solter y especialmente de Magdalena Zernicka-Goetz
El reto
consiste entonces en superar una visión ideológica y
extracientífica que ha penetrado en algunos ambientes para que con rigor
podamos dialogar y discutir estos y otros temas delicados.
--La ética padece también su propia crisis. ¿Será
posible construir una ética y una bioética adecuada a la
condición del hombre actual?
--Rodrigo Guerra: Muchas cosas han cambiado y están cambiando en la
sociedad contemporánea. Sin embargo, soy de la opinión que es
posible construir una ética y una bioética para nuestro tiempo si
recuperamos la originalidad con la que se nos ofrece la experiencia moral en
nuestras vidas. A este respecto, recuerdo con gran cariño y
admiración a mi Profesor Tadeusz Styczen, quien aprendió de Karol
Wojtyla a apreciar lo específico e irreductible de la vida moral, y, a
partir de ahí, a construir una ética rigurosa que permita
señalar con valentía que la persona humana, de cualquier tiempo y
lugar, merece ser afirmada «propter seipsam», ¡por sí
misma! y no usada como mero medio. Las investigaciones de Styczen, de Seifert,
de Sgreccia, de Spaemman, y de muchos otros en este tema, han permitido
desarrollar un personalismo ético, ontológicamente fundado, que
puede renovar, en mi opinión, las teorías contemporáneas
sobre la vida moral y sobre la bioética.
6.- Nueva ley de reproducción asistida para una situación sin
resolver
Diario Médico. Tribuna. 11/05/2006
Cuando se acaba de aprobar la Ley sobre Técnicas de Reproducción
Asistida, en este artículo se analiza la norma, abordando cuestiones
polémicas como la clonación terapéutica y los excedentes
de embriones.
Tenemos ante nosotros la nueva ley de Técnicas de Reproducción
Humana Asistida. Con él se pretende poner fin a algunas de las novedades
que introdujo la ley de 2003, así como ampliar las posibilidades
efectivas de actuación sobre los embriones.
Si bien podemos decir que toda la legislación existente en España
desde la ley del 88 sigue una misma línea en su desarrollo,
también es cierto que cada una de ellas introduce modificaciones que
derogan las anteriores o algunas de sus disposiciones. Como en las leyes
precedentes, existe una exposición de motivos muy significativa donde se
encuentran las siguientes cuestiones relevantes:
En primer lugar, se amplía la finalidad que mueve a promulgar la ley. Si
bien en un principio era dar o buscar solución -al menos así se
expresaba- a la esterilidad, ahora se explicitan otros fines como "los
diagnósticos o de investigación".
También se cambian los posibles destinos que se darán a los
embriones crioconservados con posteriordad a la ley del 2003.
Se encarga la ley de explicar que se eliminan las diferencias entre los
embriones crioconservados con anterioridad a la ley del 2003 y los que se
encuentran en esa situación con posterioridad a esa fecha.
Efectivamente, se eliminan las diferencias, pero en detrimento de todos los
embriones posteriores que ahora pueden ser destinados a la
investigación, eso sí con el previo consentimiento de los padres.
Y es que en este texto no encontramos, al contrario que en el de 2003, ninguna
mención al "compromiso de responsabilidad" sobre los embriones
supernumerarios, ni a que "se les reconoce un valor singular a pesar de no
alcanzar el estatus jurídico de persona humana". Llamativo
también es que se preocupe de señalar lo respetuosa que es la ley
con "la realidad autonómica actual del Estado español",
cuando no lo es con una serie, no de sensibilidades, sino de argumentaciones
razonadas que reclaman para los embriones la protección que merece la
vida en todos los estadios de su desarrollo. Pero, por supuesto, ésta es
una ley "con un criterio mucho más abierto y que evita la
petrificación normativa". En realidad, cuando en el texto se habla
de la necesidad de la ley, se trata de una necesidad que, si existe, ha sido
creada al servicio de distintos intereses.
Sin embargo, si esta ley está creando polémica ante su
aprobación no es por lo señalado anteriormente o porque derogue
la disposición de la ley del 2003 que establecía un límite
de fecundación y de implantación de tres embriones por cada ciclo
de la mujer receptora, o porque no se ponga límite -aunque, según
la ley, sí control- al número de embriones que se
mantendrán crioconservados, o porque si bien es cierto que se
generarán sólo con fines reproductivos, en consonancia con lo
establecido en el artículo 161 del Código Penal, el sentido
común indica que pronto tendremos tal cantidad de excedentes que
harán imposible que ése sea su fin, así que probablemente
se dediquen a la investigación y para eso los estamos generando en
realidad.
Cuestiones polémicas
Lo que crea polémica, y algunos autores señalan que incluso
alarma social, es la posibilidad que se abre a la clonación porque el
texto, tan escrupuloso en otros momentos al fijar términos, es muy
tajante al prohibir la clonación con fines reproductivos, tanto en el
artículo 1 como en el 26, 2. c, 9ª al establecer las infracciones
muy graves.
¿Por qué explicita que es la reproductiva la que está
prohibida? ¿Es que se quiere dejar la posibilidad de interpretar, a sensu
contrario, que la clonación terapéutica no está dentro del
tipo delictivo del artículo 161? ¿Es que se quiere seguir la
máxima de que lo que no está prohibido por la ley está
permitido? Nos obligaría a entrar en conflicto con la
interpretación más lógica del artículo del
Código Penal, aunque quizá mereciera la pena plantearse si
efectivamente la lógica sigue teniendo sentido en esta
interpretación jurídica. Y más, si cabe la posibilidad de
comenzar a usar las posibilidades de esa clonación terapéutica,
que hasta ahora no han dado resultado, a través de los proyectos de
investigación que para poder desarrollarse sólo necesitan el
permiso de la Comisión Nacional de Reproducción Humana
Asistida.
7.- La Sociedad Española de Medicina Intensiva y Crítica
distingue entre eutanasia y limitar las terapias
Diario Médico, 11/05/2006 Marta Esteban
La eutanasia es ilegal y debe diferenciarse de la limitación del
esfuerzo terapéutico que se considera como una buena práctica
clínica. Éste es uno de los aspectos que recoge el Código
Ético de la Sociedad Española de Medicina Intensiva
Crítica y Unidades Coronarias.
La Semicyuc ha hecho público su código ético con la
intención de "regular un marco de conducta, que no es obligatorio,
que sirva al intensivista para saber cómo tiene que actuar", ha
explicado a Diario Médico Juan Roca, presidente de la sociedad
científica. "Estamos permanentemente ante dilemas éticos que
necesitan respuesta. Desde la Semicyuc estamos preocupados porque el
médico de cuidados intensivos se puede enfrentar a situaciones para las
que no ha sido preparado".
Aprobado en diciembre de 2005 y hecho público ahora, el código
aborda cuestiones como el derecho de autonomía del paciente, la calidad
de la asistencia sanitaria, el equipo asistencial y las interrelaciones entre
el médico y las industrias farmacéuticas.
En el plano de la calidad asistencial, la Semicyuc se posiciona en temas como
la eutanasia, la limitación del esfuerzo terapéutico y la
actuación del profesional ante tratamientos fútiles. Según
reza el texto, "la sociedad y los servicios de medicina intensiva y
crítica promoverán la formación continuada de los
médicos intensivistas en los problemas derivados al final de la
vida". En este punto, el presidente de la Semicyuc apostilla que para el
médico intensivista "tan importante debe ser la atención
clínica de los enfermos como el cuidado de otras circunstancias
paralelas relacionadas con el aspecto humano, como por ejemplo, favorecer que
la muerte de un paciente se produzca en el entorno familiar. De ahí la
importancia de que la formación incluya también ámbitos no
clínicos".
La atención que estos profesionales despliegan sobre pacientes en estado
crítico con alta probabilidad de muerte hace que el código aborde
también el tema de al eutanasia con la siguiente declaración: la
Semicyuc considera "la eutanasia como un procedimiento ilegal y se
posiciona firmemente por desarrollar en nuestra práctica profesional
procedimientos paliativos de probada eficacia. Asimismo, la Semicyuc,
fundamentalmente a través de su Grupo de Trabajo de Bioética,
informará y formará a sus miembros en el sentido de diferenciar
de forma clara y taxativa la eutanasia con la limitación del esfuerzo
terapéutico, considerada esta última como una buena
práctica clínica".
Según Roca, la sociedad quiere dejar claro que "la eutanasia es
ilegal y es distinta a la limitación del esfuerzo terapéutico, es
decir, la utilización de los medios que necesita el paciente, pero sin
pasarnos, pues entraríamos en el encarnizamiento
terapéutico".
No informar
La futilidad de los tratamientos es otra de las cuestiones abordadas por el
Código Ético, entendiendo como tales aquéllos que son
inútiles. La recomendación de la Semicyuc es que el
"médico no tiene obligación de iniciar o continuar un
tratamiento fútil". El debate sobre la futilidad se
realizará desde la evidencia científica; es decir, "si se ha
demostrado que una actuación es inútil, el médico es el
que debe tomar la decisión sin que tenga que informar a la
familia", según Roca. El presidente recuerda que el uso de
métodos que se muestran inútiles afectaría también
a la disponibilidad de recursos.
8.- La Corte Constitucional de Colombia aprueba la despenalización
del aborto
El Nuevo Siglo 11 mayo 2006.
El largo proceso judicial sobre la legalización del aborto en Colombia
ha concluido con un fallo, de aplicación inmediata, que despenaliza la
práctica en tres supuestos: violación, malformación del
feto y riesgo para la vida o la salud de la madre. Los supuestos son descritos
de forma absolutamente genérica por la Corte y el Gobierno no sabe
"todavía quién tiene que reglamentar". En otras
palabras: aborto libre.
Un editorial del diario El Nuevo Siglo comentaba que los médicos de los
centros abortistas, hasta ahora ilegales y que se camuflaban en la
prestación de otros servicios, podrán expedir certificados sobre
la salud de la madre o la malformación del feto sin problema alguno
"¿Quién se los va a discutir? Si antes eran capaces de
practicar el aborto, sabiendo que incurrían en una práctica
decididamente delincuencial, a partir de hoy no sólo podrán
expedir el certificado, sino que procederán al abortismo con toda la
mampara legal".
La violación, el supuesto restante, se perfila como otro gran
cajón de sastre. "El hecho de simplemente mediar denuncia de
violación como sustento del aborto servirá de colofón para
que las autoridades se llenen de falsas denuncias", sostiene el diario de
bogotano. ¿O alguien va a investigar?".
El fallo es de aplicación inmediata, aunque el Gobierno, según
declaró el ministro de Protección Social, Diego Palacio, no sabe
"todavía quién tiene que reglamentar".
Tampoco queda definido si el aborto queda sometido a plazos ni si las menores
necesitan autorización paterna. Lo único seguro, según
informó el Director de Salud Pública del Ministerio de
Protección Social, es que el aborto será incluido de inmediato
"en el Plan Obligatorio de Salud".
La Conferencia Episcopal afirma que éste es "un fallo de graves
consecuencias y que atenta contra los fundamentales valores culturales, morales
y religiosos de nuestra patria", según el comunicado de su
Presidente. La Iglesia hace un llamamiento "a todos los hombres y mujeres
de buena voluntad y en especial a todos los miembros de la Iglesia
Católica para que asumamos con valentía la defensa de toda vida
humana"; exige al Gobierno "un serio compromiso frente a su deber
legal de garantizar un buen servicio y atención a las mujeres gestantes
y a los niños por nacer"; exhorta "al personal médico
para que en todos los casos salven la vida de los dos seres humanos confiados a
su cuidado" y apela "a la conciencia de cada hombre y mujer para que
rechacen siempre la opción del aborto".
9.- Sin claridad sobre reglamentación del aborto en Colombia.
Gobierno dice que aún no conoce el fallo
El Nuevo Siglo, 12 Mayo 2006.
Ministro de Protección Social aseguró que el Plan Obligatorio de
Salud (POS) tendrá algunas modificaciones y que el fallo no implica la
legalización de las clínicas clandestinas
UN DEBATE en torno a quién le corresponde la responsabilidad de la
reglamentación de la práctica del aborto en los tres casos que
despenalizó la noche del miércoles, la Corte Constitucional, se
abrió ayer en la medida en que hasta ahora ni el Gobierno ni el mismo
Alto Tribunal han definido los términos para adelantar este tipo de
procedimientos.
En una primera instancia, el ministro de Protección Social, Diego
Palacio, aseguró que el Gobierno no conoce la totalidad del fallo y por
esta razón aún no se ha determinado quién deberá
expedir la reglamentación para la práctica de los abortos en los
casos despenalizados.
No sabemos todavía quién tiene que reglamentar, si el mismo
fallo está definiendo ya parte de la reglamentación,
anotó el Ministro.
Con respecto a las eventuales modificaciones que se podrían presentar en
el sistema de Seguridad Social, Palacio dijo que habría que
hacerle algunos ajustes al POS, unos pequeños ajustes.
Cuestionado sobre si el fallo terminaría por legalizar las
clínicas clandestinas que hacen este tipo de procedimiento, el Ministro
enfatizó que cualquier procedimiento es salud. Este o cualquier
otro se debe hacer en entidades habilitadas.
Para el caso específico de un embarazo como consecuencia de una
violación, Palacio aseguró que es necesario que la
niña vaya con un denuncio y creo haber entendido que tiene que surtir
algún tipo de instancia de procedimiento al interior de la justicia para
que se certifique si hubo o no hubo la violación.
No obstante a las palabras del Ministro, ayer el magistrado ponente de la Corte
Constitucional, Jaime Araújo Rentería insistió en que es
el Estado el que debe garantizar las condiciones de una mujer que decida
practicarse un aborto bajo los términos del fallo, en la medida en que
debe hacerse de modo seguro y en entidades autorizadas por el Ejecutivo.
El Magistrado explicó que dichos procedimientos deben adelantarse a
través de las instituciones prestadoras de salud, públicas y
privadas.
Paralelamente, el Estado tiene que iniciar una gran campaña de
persuasión para que las mujeres colombianas no aborten,
aseguró Araújo.
Pese a que no se refirió directamente a quién le corresponde la
reglamentación, fuentes de la Corte Constitucional informaron que para
los magistrados es claro que ésta debe ser emanada por las entidades
encargadas de regular la salud pública.
De otro lado, el director de Salud Pública del Ministerio de
Protección Social, Lens Urquijo, explicó que con la
despenalización del aborto en los casos especiales que estableció
la Corte, no va a aumentar los costos del Sistema.
El funcionario insistió en que la interrupción de los
embarazos es un problema de salud pública, por lo tanto, el Ministerio
de Protección cree que no tendrá mayores inconvenientes para que
el procedimiento sea incluido en el Plan Obligatorio de Salud (POS),
además muchos de los procedimientos que se necesitan para un aborto, ya
están en el POS.
Reconoció que la decisión de la Corte obliga a preparar a los
especialistas de la salud para que ofrezcan una atención integral e
idónea durante la asistencia de un aborto.
10.- El médico debe atender a las emociones de sus enfermos
12/05/2006 Alberto Bartolomé
Cuando un paciente llega a una consulta no sólo quiere que se le
diagnostique adecuadamente, sino que se solucione su ansiedad y se le escuche.
Así piensa Anton Obholzer, que ha impartido un curso sobre experiencia
emocional en la Agencia Laín Entralgo, de Madrid.
"Las personas que acuden al médico están ansiosas y se
sienten mal. Nadie va a la consulta sin motivo. Si el facultativo no es capaz
de hacer descender la ansiedad que afecta al enfermo no habrá conseguido
su objetivo, que es sanar", ha dicho a Diario Médico Anton
Obholzer, psiquiatra y asesor principal de la Tavistock Colsultancy Service,
del Reino Unido, que ha participado en Madrid en el curso Pensando la
Experiencia Emocional en los Equipos de Salud Mental, de la Agencia Laín
Entralgo.
"El médico, al relacionarse con el paciente, debe operar en dos
niveles distintos: uno es el consciente o superficial, propio de la
relación entre adultos; el segundo es el que hay por debajo, con un
componente más infantil que es el causante de la ansiedad en el mayor
número de casos".
Obholzer ha puesto un ejemplo muy gráfico: "Si un paciente entra en
el despacho del médico y le pregunta -señalándose la mano-
¿Esta mancha que tengo es seria? El médico puede responder
directamente no. Si lo hace así, no habrá cubierto las
expectativas del paciente; debe añadir: No; no es cáncer si
detecta que ésa es la verdadera preocupación del
enfermo".
En opinión de Obholzer, de lo que se trata siempre en la consulta,
aunque no siempre se hable de ello, es de ser capaz de percibir la fuente de
ansiedad y responder a ella adecuadamente.
¿Qué es para ti un buen profesional? Ésta pregunta se la
hicieron en un estudio tanto a médicos como a enfermos. Las respuestas
fueron de lo más elocuente: los médicos creían que el
mejor facultativo era el que establecía un diagnóstico correcto;
sin embargo, los enfermos opinaban que los mejores profesionales eran los
más sensibles, bondadosos y honestos.
Favorecer la comunicación
"Hay que transmitir al paciente que se le está escuchando. El
médico es el responsable de establecer un ambiente que favorezca la
comunicación. Durante una consulta no se debe responder al
teléfono móvil o hacer mil cosas a la vez. El paciente
sólo quiere que se le atienda. No tiene que ser necesariamente durante
mucho tiempo, pero el rato que se le dedique al enfermo debe ser exclusivo, ya
que necesita que se le preste atención. El paciente debe tener la
sensación de que se le escucha, se le respeta, se le valora y que se le
toma en serio".
Ser sensible a las expectativas del enfermo no sólo beneficia al
paciente, sino que es una descarga para el médico: "Si estás
en un sistema en que cada cinco minutos viene alguien a contarte un problema,
lo normal es que se sufra mucho estrés emocional. Es difícil
mantenerse siempre atento y no desconectar. Sin embargo, una relación en
que verdaderamente se ha establecido contacto emocional supone una mayor
satisfacción para el paciente y mejora la salud mental del
médico", afirma Obholzer, que sentencia: "El facultativo no
debe trabajar de forma mecánica. El que sea consciente de los aspectos
emocionales y de las necesidades reales de los enfermos que tiene sentado
enfrente será mejor médico".
11.- Maryland como síntoma. Demandas judiciales y defensa de los
pacientes
Albert J. Jovell. Presidente del Foro de Pacientes Diario Médico,
15/05/2006
El autor considera que el uso de la demanda judicial contra cualquier
insatisfacción con la atención sanitaria como una oportunidad de
negocio pone en riesgo el sistema sanitario español. Aboga por promover
la mediación o potenciar el papel de los defensores de los pacientes.
La revista inglesa The Economist se hacía eco el 14 de diciembre de 2005
de las dificultades que tenían en el Estado de Maryland (Estados Unidos)
para contar con especialistas en Ginecología y Obstetricia. El motivo de
este déficit era que el coste del seguro de protección frente a
demandas judiciales de un especialista en Ginecología y Obstetricia en
ese Estado era de 118.000 dólares anuales. El redactor de la
información argumentaba con ironía que las mujeres embarazadas
residentes en ese Estado quizás tuvieran que ir a dar a luz a hospitales
de otros Estados.
El caso expuesto es un síntoma de los riesgos atribuibles a la
denominada judicialización de la Medicina, es decir, a intentar
solucionar cualquier insatisfacción con la atención sanitaria
recibida mediante demandas judiciales. Síntoma que se convierte en
enfermedad cuando determinados colectivos profesionales o asociaciones ven en
las demandas judiciales una oportunidad de negocio lucrativo, más
allá de la justa compensación moral por un daño y, por lo
tanto, orientan su actividad a la construcción y a la publicidad de
tales demandas. Para ello juegan con las incertidumbres propias de la medicina
y de la evolución de la enfermedad, el desconocimiento y vulnerabilidad
de los pacientes, la morbosidad de la tragedia y la teórica posibilidad
de obtener una compensación económica como consecuencia de la
demanda.
El resultado de esta estrategia es Maryland: una medicina más cara, un
déficit de médicos y un freno a la adopción de nuevas
tecnologías sanitarias.
Por la vía de la cooperación
La tendencia a la demanda judicial con afán de lucro no es un
fenómeno común en Europa, aunque la experiencia estadounidense
nos debe llevar a reflexionar sobre la necesidad de su prevención. Esta
necesidad debe tenerse en cuenta en estos momentos, cuando empiezan a aparecer
organizaciones y abogados que están orientando la demanda y la
confrontación judicial como núcleo central de sus actividades
laborales. Esta estrategia se contrapone a la que llevan a cabo
múltiples asociaciones de pacientes, entre ellas el Foro Español
de Pacientes, que basan sus actividades en la cooperación con
administraciones sanitarias, colegios profesionales, sociedades
científicas y empresas.
Es en la búsqueda de puntos de encuentro y espacios de convergencia
donde se puede construir confianza y mejorar la calidad de la atención
sanitaria. Es en la cooperación donde se puede consolidar la confianza
necesaria para mejorar los cuidados médicos que recibe un paciente
individual y promover una prevención adecuada de los errores
médicos. Todo ello en un sistema sanitario basado en los principios de
solidaridad, subsidiariedad y responsabilidad.
La primera pregunta que uno ha de hacer ante una estrategia de
confrontación es qué tipo de beneficios aspira a obtener la parte
demandante. Si esos beneficios no van a revertir en la mejora de la salud del
paciente o del conjunto de pacientes, la siguiente pregunta a realizar es a
qué intereses responde y si se va a obtener algún beneficio
económico de la demanda. Es importante valorar las posibles
externalidades negativas asociadas a la simple acción de demandar, como
son la negativa de los profesionales a ejercer en Maryland. Una tercera
pregunta está relacionada con la demostración de una
relación plausible de causalidad entre la causa y el efecto que sustenta
la demanda. Finalmente, una cuarta pregunta estaría relacionada con la
vulneración del principio de inocencia que acompaña a la
publicidad de la demanda y su posterior conversión en suceso
mediático, con independencia de si ha sido ya juzgado.
Consecuencias de la tensión judicial
Los riesgos previsibles de una tensión judicial en el sistema sanitario
español supondrían una pérdida de confianza de la sociedad
en los profesionales de la salud y en las empresas proveedoras de servicios y
productos sanitarios. Todo ello puede suponer un aumento de los costes de la
sanidad, un freno a la introducción de innovaciones diagnósticas
y terapéuticas, una mayor desigualdad en el trato y en los resultados
clínicos obtenidos y una implantación de la denominada medicina
defensiva.
Para prevenir este fenómeno emergente se deberían adoptar
diversas acciones, entre las cuales cabría proponer las siguientes: no
dar publicidad de una demanda hasta que haya sido fallada por los tribunales,
respetando la presunción de inocencia de los inculpados; formar jueces
especializados en temas sanitarios; promover servicios de mediación que
eviten las demandas; potenciar las competencias de los defensores de los
pacientes, y fundamentar las demandas y las defensas en informes realizados por
entidades médicas de prestigio, sobre todo sociedades
científicas.
No afrontar los riesgos asociados a las demandas judiciales interesadas puede
suponer que España esté más cerca de Maryland de lo que
nos pensamos.
12.- Agustín Zapata: "Debería existir un comité de
bioética a escala nacional"
DM, 18/05/2006 José A. Plaza
Agustín Zapata, subdirector del Instituto Carlos III, ha aprovechado la
presentación de una guía para el tratamiento de muestras
biológicas, impulsada por el Instituto Roche, para reclamar un
comité nacional de ética que pueda asesorar en este tipo de
cuestiones.
Los adelantos de la investigación biomédica han provocado que, en
los últimos años, el manejo de muestras biológicas sea
"absolutamente imprescindible", según ha apuntado Carlos
Romeo, director de la Cátedra Interuniversitaria de Derecho y Genoma
Humano del País Vasco, para quien el tratamiento de este tipo de
materiales siempre ha sido normal en los hospitales.
"La diferencia es que ahora tratamos con material genético, una
novedad porque habla sobre información de cada persona". Por esta
razón, Romeo ha explicado, en la presentación de una guía
práctica del Instituto Roche para el tratamiento de muestras
biológicas, que el tratamiento ético y jurídico de esta
nueva realidad es fundamental. Además, ha mencionado las "posibles
colisiones contra las normas jurídicas y el respeto que merece cada
paciente" que puede ocasionar la ignorancia sobre cómo trabajar con
muestras biológicas.
Biobancos deficientes
A este respecto, también ha apuntado la necesidad de adaptarse a las
normativas europeas y de "estar al día en los aspectos
jurídicos". Agustín Zapata, catedrático de
Biología Celular de la Universidad Complutense de Madrid y subdirector
general del Instituto de Salud Carlos III, ha coincidido con Romeo al
señalar la indefinición existente en torno al desarrollo de
biobancos: "Es necesario establecer dónde están los
límites y definir en qué consisten, porque la biomedicina ha
colocado en la palestra términos y actuaciones que no todo el mundo
comprende pero que están sujetos a una legislación igual para
todos". Con estas palabras, Zapata se ha referido al desarrollo de
biobancos en hospitales "que se han hecho con la mejor intención,
pero que en muchos casos cuentan con deficiencias y no pueden considerarse como
tales. Para casos como éste, ha reclamado la creación de un
comité de bioética español.
Por su parte, Vicente de Vicente, director de la Unida de Hematología y
Oncología Médica del Hospital Universitario Morales Meseguer, de
Murcia, ha incidido en la necesidad de conocer casos prácticos
"porque no siempre hay jurisprudencia establecida".
Guía Roche
Jaime del Barrio (a la izquierda de la imagen), director general del Instituto
Roche, ha presentado la Guía para el tratamiento de Muestras
Biológicas en Investigación Biomédica, "que cubre un
espacio vacío y proporciona un conocimiento real de cómo deben
manejarse este tipo de muestras". Del Barrio ha estado acompañado
(de izquierda a derecha) por Carlos Romeo, director de la Cátedra de
Derecho y Genoma Humano de la Universidad del País Vasco; Vicente de
Vicente, de la Unidad de Hematología y Oncología Médica
del Hospital Morales Meseguer, de Murcia, y Agustín Zapata, subdirector
del Instituto de Salud Carlos III.
13.- El Testamento Vital, Consentimiento Informado y Encarnizamiento
Terapéutico.
Dr. Eduardo Casanova. Médico internista de UCM. Doctor en
bioética.
El País,URUGUAY, 18 Mayo 2006
Actualmente nuestro Parlamento está considerando un proyecto de ley que
normatiza aspectos asistenciales, buscando una mayor participación de
los usuarios en la gestión de su propia salud. Las formas
ético-jurídicas sobre las que se ha trabajado son el
consentimiento informado, y el testamento vital.
Éste último, pretende fundamentalmente evitar el llamado
encarnizamiento o ensañamiento terapéutico.
Este tipo de legislación, que procura mínimas garantías de
buena asistencia, cuenta con el riesgo de confundir normatización
jurídica con ética médica. Ésta última,
fundada en los compromisos hipocráticos, verdadera fuente reguladora de
la actividad asistencial, no puede sustentarse exclusivamente en normas
jurídicas. La confusión de ambos niveles lleva a una mala praxis,
conocida como medicina defensiva, que empeora la calidad
asistencial, cuando induce a relegar la responsabilidad médica al puro
formalismo de lo permitido o prohibido por la norma jurídica.
El fenómeno de la globalización asociado a la acelerada
aplicación de tecnología contribuyó a despersonalizar la
relación médico-paciente, pero aún se conservan en ella
los caracteres humanistas que dieron origen a nuestra cultura. Sería una
pérdida lamentable, que con la pretensión de mejorar la
asistencia médica, se desdibujasen aún más esos perfiles.
Sin embargo, ello se considera un riesgo real en la presente
legislación.
Dichos riesgos derivan de la ambigüedad en los términos utilizados
para regular la actividad asistencial, (consentimiento informado,
encarnizamiento terapéutico y testamento vital), no considerados a la
luz de la ética hipocrática, como filosofía humanista no
discutida en los últimos 2500 años. En los postulados de esta
filosofía, la vida humana, no considerada como valor absoluto, se estima
como bien de referencia, no como un valor transable en el mercado
de valores. Es una filosofía contraria a la acepción de
personas, porque no admite distingos en razón del
grado de desarrollo o maduración psicosomática, ni en
razón del grado de salud o enfermedad, ni en su capacidad contributiva
para el desarrollo socio-económico.
El consentimiento informado
No cabe duda que la mejor relación médico-paciente se edifica
sobre una relación participativa, en la que el paciente no sólo
consiente, en los medios de diagnóstico y tratamiento
propuestos, sino que asiente activamente, colaborando para la
obtención de los mejores resultados. El consentimiento informado por
sí mismo no procura más que un modo de asistencia, y
no la asistencia misma. Procura una mayor libertad del paciente, que no puede
ser ajena a su propia responsabilidad, y a la del médico. Considerado un
simple expediente formal, esa pretendida libertad del
paciente, podría encubrir una mala praxis médica, tanto por
omisión de asistencia, impericia, imprudencia o negligencia: la falta de
responsabilidad del paciente podría asociarse a la falta de
responsabilidad médica. Veremos de qué modo.
Con frecuencia el enfermo vive su enfermedad con un componente psico-emocional,
que se suma a la carencia de entrenamiento para evaluar la patología que
padece. Ello limita su libertad personal, y sería injusto que el
médico no asuma bajo su responsabilidad esas deficiencias. La libertad
del médico nunca podrá contar con un permiso
ilimitado del paciente, y la responsabilidad médica, nunca cesará
totalmente ante la negación de ese permiso. En ocasiones, el
médico deberá trasladar esa responsabilidad al juez.
El médico asume bajo su propia responsabilidad las decisiones que toma
sobre un paciente en coma, o con desequilibrios psíquicos graves. Pero
fuera de estas circunstancias tampoco podrá renunciar a su
responsabilidad, con excusa de respetar la libertad del paciente, si ello
causase un daño. El daño (propio, o de terceros)
marca el límite de la participación del enfermo, sobre todo en
situaciones críticas.
El consentimiento informado sólo asegura un mínimo de
participación del paciente en su asistencia, y sólo en casos en
que se encuentre en posesión de sus facultades. Pero para evitar un
exceso de tratamiento, no se justifica dejar al médico las manos
atadas, que llevaría a un defecto de tratamiento. Ese defecto
encubriría una mala praxis por omisión de asistencia.
El testamento vital
La deficiente interpretación del consentimiento informado condujo a una
ambigua figura, conocida como testamento vital. Los términos
utilizados crean nuevas confusiones, pues el concepto de
testamento, en este caso se aplica a la voluntad de alguien que no
está muerto, sino vivo, y que en condiciones de grave riesgo de vida, no
puede modificar su voluntad, como ocurre con cualquier otro testamento. En este
caso, sólo puede precipitar la muerte no cambiando su voluntad
testamentaria. Por ello cabría hablar con más propiedad de un
testamento mortal; pero fuera de disquisiciones
terminológicas, corresponde definir los objetivos pretendidos por la
legislación.
Es obvio que las personas normales, con deseos de vivir, no procuran un
rápido expediente de muerte. El esfuerzo legislativo sólo se
explica para evitar los extremos nocivos del encarnizamiento
terapéutico, en el que no se justifican los esfuerzos para prolongar la
vida artificialmente, dadas las expectativas de vida y salud del paciente.
Debe distinguirse de la figura conocida como suicidio asistido, en
el que a diferencia del testamento vital, sólo se procura un
daño, un homicidio, aunque sea un daño auto infringido, con
complicidad de terceros. En el testamento vital, se procura evitar un
daño, el del ensañamiento terapéutico, que supone una mala
praxis médica.
El ensañamiento terapéutico
En el ensañamiento terapéutico puede apreciarse la diferente
regulación que da a la conducta médica una norma jurídica
y una norma ética: sólo en la segunda el discernimiento
médico opera como elemento fundamental. La buena o mala praxis es antes
ética que jurídica, pues ha de contar básicamente con
discernimiento técnico asistencial, que permita valorar adecuadamente
las circunstancias concretas. En esa praxis (ética) interviene
también la intencionalidad médica, como elemento fundamental que
define el ensañamiento terapéutico.
Como se vio antes, una norma jurídica como el testamento
vital, sólo permitiría amparar a las malas praxis
médicas por exceso, pero no por defecto de tratamiento. No
protegería debidamente los defectos involuntarios de tratamiento (muerte
por iatrogenia), ni los defectos de tratamiento voluntarios (muerte por
eutanasia).
El ensañamiento o empecinamiento terapéutico es el empeño
fútil de mantener con vida a quien, con certeza,
morirá en forma más o menos inmediata. Sin embargo, en dicho
enunciado debe precisarse el significado de futilidad y de
certeza. Es obvio que al definir la futilidad,
sólo en relación al número de minutos, horas, o
días de vida, debe asignarse un significado a ese tiempo:
¿quién puede negar que sean vitales, para muchos, los
últimos minutos de vida? La certeza en la inmediatez
de la muerte, es otro término difícil y complejo de definir, que
no se analizará ahora.
La definición del empecinamiento terapéutico resulta más
clara, analizada en relación a la intencionalidad con que se realizan
las maniobras de diagnóstico y tratamiento. Ello permite entender el
ensañamiento, cuando lo que se pretende no es la vida y salud y del
enfermo, sino los intereses de terceros. ¿Cuáles son estos
intereses?
El exceso de acciones médicas, a menudo traduce una medicina
defensiva, que con acciones diagnósticas y/o terapéuticas
inútiles, y costosas, se procura cubrir cualquier demanda de
omisión de asistencia. Este exceso de tratamiento (que puede
consistir en aplicar medios de soporte vital artificial), se funda más
en evitar problemas al médico, que en dar al enfermo una
auténtica posibilidad de sobrevivir. Este tipo de acciones puede servir
también para ocultar una probable impericia del médico, que le
impide apreciar correctamente la situación. En otros casos especiales,
puede traducir motivos de lucro, no relacionados con una expectativa real de
salud.
La protección jurídica contra estas formas de mala praxis, no
debería excluir la protección contra el extremo opuesto, que es
el tratamiento por defecto. Por el contrario, dicho defecto podría
quedar enmascarado, con la excusa de no actuar en
exceso. Además, sin otras normativas, quienes no expresasen
su testamento vital, quedarían desamparados ante el ensañamiento
terapéutico.
14.- Médicos sin Fronteras pide más investigación en
las enfermedades olvidadas
DM, 23/05/2006 Alberto Bartolomé
El 90 por ciento de la investigación en fármacos se centra en
patologías que sólo afectan al 10 por ciento de la
población mundial. Médicos sin Fronteras denuncia esta brecha que
provoca que apenas haya innovación en las denominadas enfermedades
olvidadas.
Desde ayer se está celebrando en Ginebra la Asamblea Mundial de la
Salud. Allí será votada una resolución presentada por
Kenia y Brasil denominada Marco global sobre I+D esencial en salud. Esta
propuesta aboga por un marco de investigación en el que se dé
más protagonismo a la investigación pública debido a que
el actual sistema -en el que la mayor carga de investigación parte de
las empresas farmacéuticas- no promueve los esfuerzos necesarios para
abordar las enfermedades olvidadas que afectan a los países en
desarrollo. Esta resolución ha recibido el apoyo incondicional de
Médicos sin Fronteras, que ve en esta propuesta un primer paso para
mejorar la investigación en fármacos, métodos
diagnósticos y vacunas de las enfermedades que no afectan al Primer
Mundo.
"Existen patologías, como la enfermedad del sueño, en las
que apenas ha habido avances científicos desde hace años. El
derivado arsenical, con el que se trata al 80 por ciento de los pacientes, mata
a uno de cada 20. Es un compuesto antiguo que no ha sido sustituido por otros
mejores, porque apenas hay investigación en este campo", ha dicho
Carmen Pérez, directora farmacéutica de la Campaña de
Acceso a Medicamentos Esenciales de Médicos sin Fronteras. "Lo
mismo ocurre con muchas otras enfermedades restringidas a los trópicos.
También faltan más estudios en formulaciones pediátricas
de muchos fármacos muy usados en países pobres",
según Pérez, que cree que las prioridades de investigación
actuales no responden a las necesidades de los países más
pobres.
Médicos sin Fronteras pide una mayor implicación gubernamental en
la investigación de las enfermedades más prevalentes en el Tercer
Mundo.
Si se aprueba la resolución propuesta por Brasil y Kenia, se espera que
iniciativas como los Consorcios Público Privados (PPP, por sus siglas en
inglés) reciban el impulso necesario para acabar con sus proyectos.
¿Qué es un PPP? Es un modelo de investigación en el que los
costes de I+D no se financian mediante el precio de los fármacos o las
patentes, sino que consiguen fondos mediante aportaciones públicas,
organizaciones filantrópicas y privadas. En la actualidad el trabajo de
los PPP depende esencialmente de organizaciones filantrópicas como la
Fundación Bill y Melinda Gates, o la Fundación Rockefeller, y la
aportación gubernamental a estos proyectos representa sólo un 16
por ciento.
Carmen Pérez también cree que fórmulas como los premios a
la innovación favorecerían la investigación en las
patologías olvidadas: "En enfermedades como la del sueño y
en tuberculosis continúa la investigación parasitaria, pero
ésta no se traduce en fármacos. Los premios podrían ser un
incentivo para la industria o para grupos de investigación para que
fijaran su atención en estos campos".
"Los gobiernos deben comprometerse en cambiar las reglas de juego o si no
la gente continuará muriendo porque las enfermedades que padecen no son
rentables", ha dicho Rowan Gillies, presidente internacional de
Médicos sin Fronteras. "Si de esta reunión de la Asamblea
Mundial de la Salud no sale una iniciativa fuerte que abra el camino a un marco
de I+D basado en nuevas necesidades y que asegure su financiación
pública, la OMS y los gobiernos habrán perdido una oportunidad
para abordar las necesidades en materia de salud del Tercer Mundo".
Proyecto Samba
Un ejemplo de Consorcio Público Privado es el Proyecto Samba,
acrónimo inglés de Test de Amplificación Sencilla de las
Bases de Ácidos Nucleicos, que tiene como objetivo simplificar las
actuales pruebas de carga viral.
Si se consigue, permitirá que los hospitales de distrito con recursos
limitados de los países del Tercer Mundo puedan ofrecer el test a sus
pacientes con un bajo coste.
Samba requerirá un equipamiento ínfimo en relación con la
costosa maquinaria que se necesita hoy para medir la carga viral;
además, sus ingredientes no necesitan conservarse en frío y
permitirá ofrecer los resultados de forma rápida.
La prueba será producida por la empresa Diagnostics for the Real World,
una compañía insertada dentro de la Universidad de Cambridge, en
el Reino Unido, que se ha comprometido a transferir la tecnología a un
fabricante de un país en desarrollo.
15.- ¿Por qué tanta prisa por clonar seres humanos?
Aceprensa, 24-05-2006
El último número de "Journal of Medical Ethics" (mayo
2006) ha publicado una detallada crítica de los actuales experimentos de
clonación humana. En un artículo titulado "¿Por
qué tanta prisa por clonar seres humanos?", el Dr. Neville Cobbe
(Wellcome Trust Centre for Cell Biology, de la Universidad de Edimburgo)
advierte que se está omitiendo, sin justificación, los estudios
previos en modelos animales.
Cobbe señala que la postura de que no hacen falta más ensayos con
animales se basa solo en dos trabajos que no son concluyentes, ambos realizados
en ratones. En el primero de ellos se logró curar un trastorno del
sistema inmunitario, pero no con las células madre clónicas que
eran el objeto del experimento, sino con células madre de organismos
desarrollados. En el otro se trataba de evaluar las posibilidades de tratar el
parkinson con células madre embrionarias obtenidas por clonación.
Las células en efecto se implantaron en el cerebro; pero igual resultado
se consiguió con células no clónicas. Además, en
este estudio se empleó un número de ratones demasiado
pequeño y se los observó durante un tiempo demasiado corto para
descartar que las células implantadas no puedan causar teratomas o
tumores.
A la vez, observa Cobbe, se defiende cada vez más el uso de embriones
clónicos para examinar cómo los tejidos de un paciente resultan
afectados por una enfermedad o cómo responden a un medicamento. Este
procedimiento permitiría obtener células genéticamente
idénticas al paciente sin necesidad de extraerlas de él mediante
biopsia, que puede ser arriesgada. "Sin embargo advierte
Cobbe, semejante método parece estar gravemente viciado, porque
entre los ejemplares de un clon se dan diferencias relevantes en la
expresión de los genes". En experimentos con animales se han
detectado mayores diferencias entre fetos clónicos derivados de un mismo
original por transferencia nuclear que entre medio hermanos obtenidos por
fecundación "in vitro" o inseminación artificial.
Además, Rudolph Jaenisch y sus colaboradores han demostrado que la
clonación introduce defectos nuevos en la expresión de los genes,
tanto en los tejidos embrionarios como en los demás. Tales aberraciones,
ha señalado Ian Wilmut, el creador de la oveja "Dolly",
fácilmente invalidarían los estudios que recurrieran a la
clonación para determinar las diferencias en el metabolismo de
medicamentos entre distintos sujetos. Concluye Cobbe: "A falta de estudios
con animales que demuestren la viabilidad de tales investigaciones en embriones
humanos, me pregunto cuáles pueden ser los verdaderos motivos para
llevarlas a cabo".
En fin, "está claro que la clonación por transferencia
nuclear aún dista mucho de ser eficiente, y los pocos datos actualmente
disponibles sobre la clonación terapéutica con blastocistos
parecen sugerir que tiene aun menos éxito que la clonación
reproductiva". Por eso "resulta sorprendente que algunos defensores
de la clonación hayan pasado por alto estas dificultades en sus escritos
dirigidos al público", con promesas exageradas sobre las
posibilidades de la clonación terapéutica.
Esto suscita serias dudas sobre la moralidad de los ensayos de clonación
con embriones humanos. Una se refiere al "desprecio sistemático de
la vida humana naciente". Otra deriva de la necesidad de óvulos en
elevado número para realizar tales experimentos. En relación con
esto, la cuestión es "qué significado podría tener el
consentimiento informado de las mujeres que suministraran
óvulos para investigación creyendo que tales estudios pueden
llevar a salvar vidas, cuando faltan por completo los necesarios indicios de
ello en modelos animales y los riesgos para la salud de la donante pueden
llegar a ser graves". Además, hay peligro de que se explote a
mujeres pobres.
Cobbe admite que algunos de los frutos que se esperan de la clonación
terapéutica pueden hacerse factibles "algún día en un
futuro lejano". Pero haría falta mucha más
investigación básica, y "por ahora no veo por qué
esto habría de exigir forzosamente clonar embriones humanos en vez de
embriones de modelos animales". "Si ahora permitimos semejante
experimentación con seres humanos sin previa y completa
comprobación mediante ensayos en otras especies, ¿realmente sabemos
adónde vamos?"
En fin, los experimentos de clonación humana no tienen, hoy por hoy,
justificación terapéutica. Más bien, concluye Cobbe,
"parece que un cúmulo de intereses puede haber contribuido de modo
relevante a fomentar ideas deformadas tanto de los conocimientos
científicos en torno a la clonación como de las consecuencias
clínicas previsibles".
16.- Diagnóstico preimplantatorio y la nueva ley de
reproducción
Javier Urcelay. Biólogo, Grupo de Trabajo de Bioética del
Capítulo Español de la Unesco DM, 24/05/2006
El autor aborda los problemas éticos que plantea el diagnóstico
preimplantatorio (DPI) regulado en la nueva Ley de Reproducción
Asistida. Sostiene que la eliminación de los embriones incompatibles no
es aceptable y advierte que el único supuesto previsto para el uso de
esta técnica terminará ampliándose a caracteres
genéticos no deseados.
El pasado 11 de mayo el Congreso de los Diputados aprobó la nueva Ley de
Reproducción Asistida, rechazando las enmiendas introducidas por el
Partido Popular en el Senado así como lo que legisló cuando
gobernaba.
La nueva ley, que ha contado con la oposición de la Iglesia
Católica y de las asociaciones provida y ha sido saludada por las
clínicas de reproducción asistida, permite que a los embriones se
les realicen tests antes de su implantación -diagnóstico
preimplantatorio o DPI-, elimina el límite máximo de fecundar
tres ovocitos por ciclo en los procedimientos de fecundación in vitro
(FIV) y autoriza la selección de embriones para curar a un hermano
enfermo, los llamados bebés medicamento. También permite la
donación de embriones sobrantes para investigación, aunque
prohibe la clonación de finalidad reproductiva.
Aunque el DPI se llevaba a cabo de manera no regulada hasta ahora en algunos
centros y está aprobado en Francia desde 1994, si bien únicamente
para parejas con "una gran probabilidad de alumbrar a un niño con
una enfermedad genética de cierta gravedad", su aprobación
en la nueva ley y su previsible extensión no deja de plantear
importantes problemas éticos.
La preocupación principal es el riesgo de instrumentalización de
la vida humana. La selección de un embrión y la concepción
de un niño con el único fin de ser donante potencial y no por
él mismo, supone un innegable riesgo de instrumentalización de la
persona, aunque sea legítimo que un niño deseado se convierta,
además y secundariamente, en una esperanza de curación para su
hermano.
Algunos apologistas de la nueva legislación han esgrimido el habitual
argumento emocional y hecho gala de la típica posición
utilitarista de considerar que todo lo que es científicamente posible
debe ser considerado éticamente aceptable: "Puesto que la ciencia
permite que dos niños puedan ser compatibles, es lógico que se
permita; quien se opone es porque no ha tenido un hijo enfermo".
El problema de los incompatibles
Sin embargo, la cuestión no es tan sencilla cuando el DPI no se lleva a
cabo solamente en interés del niño que va a nacer, sino en el de
otra persona. Al margen de la moralidad de la FIV per se -en cuanto comporta la
destrucción o congelación de los embriones que no salen
finalmente adelante-, cabe la posibilidad de que ninguno de los embriones
producidos por la FIV reúna las características
inmunológicas requeridas. ¿En ese caso, hay que destruir -o
congelar- todos los embriones y hacer un segundo intento, o imponer a los
padres una implantación? Es lógico pensar que descartar a los
embriones sanos por el único motivo de su incompatibilidad
inmunológica comporta una instrumentalización inaceptable del
embrión. En estas situaciones se plantea un conflicto con distintos
actores:
-El niño enfermo, que tiene derecho a pedir a la sociedad los medios
lícitos para superar su enfermedad.
-Los padres, que tienen el deber de pedir la curación de su hijo.
-El médico, que no puede ignorar las posibilidades terapéuticas
existentes, pero que tiene una responsabilidad fundamental hacia el bebé
que va a nacer.
-El niño que va a nacer, cuyo derecho absoluto es ser el sujeto de su
propia vida.
Diversos autores han llamado la atención sobre el riesgo de que el DPI
se extienda al diagnóstico de enfermedades menos graves y pueda ser
utilizado en la perspectiva de una medicina de reparación. O incluso que
se llegue a usar para una mera eugenesia basada en preferencias o expectativas
parentales o sociales.
Un trabajo publicado en JAMA por el equipo del médico Yury Verlinsky dio
cuenta del nacimiento de un bebé por FIV seleccionado mediante DPI para
evitar que tuviera el gen V717 L. El embrión no portador del gen fue
seleccionado entre 15 embriones producidos, y los 14 restantes fueron
desechados. Se trataba del primer caso conocido de DPI para detectar la
predisposición hereditaria al brote temprano del mal de Alzheimer
En manos del profesional
Cabe plantearse la pregunta de hasta dónde la sociedad llegará
con estas prácticas de eliminación de embriones o fetos. Es
concebible que en un plazo no lejano un feto sea abortado sólo porque
presenta el gen de la enfermedad de Huntington; o una forma congénita de
anemia; o porque tiene un gen que se asocie con el riesgo de padecer
esquizofrenia; o porque presenta riesgo genético de tener calvicie
precoz. ¿Bajo qué criterio será la eliminación
autorizada o prohibida por la ley?
La norma aprobada supondrá dejar en la práctica la
decisión en manos de los padres y de los médicos que los asisten.
Las presiones sociales, la opinión pública o incluso
consideraciones económicas pueden entonces acabar siendo determinantes
de dónde se traza la frontera entre lo aceptable y lo considerado
inadecuado. Quizás nosotros pensemos que es intolerable que un feto se
elimine en razón a su riesgo de ser calvo. Pero si los padres desean
eliminar la tendencia hereditaria familiar hacia padecer calvicie, ¿puede
prohibírseles elegir un embrión sin ese gen en
contraposición a otro que lo presente? ¿Existe el riesgo de que se
establezca una especie de lista de condiciones genéticas no deseadas, y
que se lleve a cabo un screening sistemático para asegurar que los
embriones in vitro o los fetos en el útero materno no las presentan para
asegurar a los padres el bebé de sus sueños?
Se empieza hablando de enfermedades graves, pero antes o después la
brecha abierta por la nueva ley se aplicará igualmente a una multitud de
otras características genéticas no deseadas por los padres para
sus hijos. ¿Qué destino tendría en estas circunstancias el
feto de Beethoven con su sordera genética, el de Milton con su ceguera o
el de Mahler con su cardiopatía congénita?
La realidad acaba muchas veces superando la ficción. Recientemente hemos
leído en la prensa que padres con minusvalías reivindican el
"derecho" a que sus hijos las tengan igualmente, con la ayuda del
diagnóstico prenatal cada vez más común. Así
ocurrió en el caso de dos lesbianas sordomudas de Washington que estaban
empeñadas en conseguir, con técnicas de FIV y con el auxilio de
bancos de esperma, tener un hijo también sordomudo. Las progenitoras
consideraron que su condición no era una incapacidad, sino una
"seña de identidad cultural".
Con este caso se riza el rizo de la capacidad de producir bebes de
diseño al gusto del consumidor. Una vez que a las parejas se les permite
tener opción sobre cómo quieren sus hijos, es muy difícil
criticar sus decisiones y sus deseos de normalidad.
La cuestión no es baladí ni una simple anécdota. Los
asesores del Gobierno inglés llegaron a considerar la posibilidad de
permitir a los padres sordomudos que decidieran tener hijos sordomudos, sobre
la base de que puede ser bueno para el hijo de sordomudos serlo también
como sus padres para llevar a cabo una vida similar. Algunos temen que estos
planteamientos podrían conducir a que ciertos colectivos eligieran
deliberadamente tener descendencia con sus mismas minusvalías. De hecho,
la cuestión ha sido ya formalmente planteada por colectivos de
pacientes, por ejemplo de ciertos tipos de enanismo. Estos grupos han
solicitado su supuesto derecho a elegir hijos más parecidos a ellos. Son
muchos los que piensan que atender a los deseos de los padres en lugar de al
mejor interés del hijo es inadecuado. Pero, ¿quién determina
cuál es ese "mejor interés del hijo"?
¿Llevaría ese supuesto "mejor interés", sensu
contrario, a eliminar a aquellos embriones o fetos con riesgo de padecer
sordera congénita, y a la larga a la desaparición de los sordos
de la familia humana? ¿Es éste un avance legítimo de la
ciencia? Y en ese caso, ¿es la eliminación de una condición
de minusvalía como ésta una prerrogativa de los padres, o de los
Estados, o de los organismos sanitarios a nivel internacional? ¿O es una
manipulación de la ciencia para practicar la eugenesia y el viejo
sueño de la raza perfecta? E incluso, puestos a aceptarlo, el mismo
entendimiento de qué es un bebé perfecto puede ser objeto de
manipulación por los poderes políticos, económicos o
mediáticos. Y si el criterio es el deseo de los padres o sus propias
señas de identidad, ¿dónde se trazarían los
límites?
Son muchas las cuestiones que sobrevuelan sobre éste y otros aspectos de
la recién aprobada ley. No resulta así extraño que
mientras sus autores la han considerado "una de las más avanzadas
de Europa", sus detractores hayan manifestado que oponiéndose a
ella "prestamos un verdadero servicio a nuestra sociedad".
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