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Artículos Breves. Mes de Enero
2008
Indice:
- La píldora postcoital se administra al año en España
a unas 600.000 mujeres
- Tribuna. La 'prescripción enfermera' desde la perspectiva de Facme
- La falta de rigor en su cumplimiento y en la inspección lastran la
ley del aborto
- Completada la lista de los miembros que componen el Comité Nacional
de Bioética en España
- Tribuna. Aborto: inconstitucionalidad de una ley de plazos. José
Luis Requero
- Bernat Soria rechaza "ciertas maniobras encubiertas de
privatización" de hospitales públicos y pide humanizar el
sistema
- Opinión. Hay que mojarse por los inocentes. Silvia Churruca.
Redactora jefe Diario Médico.
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1.- La píldora postcoital se administra al año en
España a unas 600.000 mujeres
ABC, 4 diciembre 2007. DOMINGO PÉREZ. MADRID.
Durante las "Jornadas de actualización en medicina familiar"
se presentó ayer un estudio que desvela que en España se
dispensan anualmente unos 600.000 tratamientos de la píldora postcoital.
Además, el informe revela que el 52% de las mujeres que solicitaron la
medicación no utilizaban habitualmente ningún método
anticonceptivo.
El perfil de las solicitantes resultó ser el de una joven de 24
años, que mantuvo una relación sexual de riesgo doce horas antes.
Más de la mitad de las solicitudes se completaron durante el fin de
semana (16% en sábado, 30% en domingo y 15% en lunes). Un 58,8% de las
que tomaron la píldora del "día después"
recurrieron a una vieja excusa para solicitarla al alegar la rotura del
preservativo.
Pero al margen de lo llamativo de las cifras, éstas plantean algunas
cuestiones polémicas. Por un lado, confirman lo que ya avanzaron
estudios realizados en Gran Bretaña, donde este medicamento se
estableció mucho antes que en España. Su implantación en
el Reino Unido demostró una relación directa entre la facilidad
para la adquisición de métodos postcoitales con el aumento de las
tasas de embarazos no planeados, por lo tanto de abortos, como consecuencia de
asumir un mayor riesgo en las relaciones sexuales. Además, se ha
constatado que ese incremento del riesgo lleva asociado un aumento de las
enfermedades de transmisión sexual.
Por último, queda por aclarar qué es en realidad la
píldora postcoital. La tendencia oficial suele calificarla como
"anticoncepción de emergencia" o "una forma de prevenir
el embarazo si se han mantenido relaciones sexuales de riesgo".
Una "bomba hormonal"
Sin embargo, el profesor de Deontología Farmacéutica de la
Universidad de Navarra, José López Guzmán, fue mucho menos
eufemístico durante el V Simposio de la Asociación
Española de Farmacéuticos Católicos: "Esta
píldora actúa en la mayoría de los casos por un mecanismo
antiimplantatorio y es, por tanto, abortiva".
La calificó de "bomba hormonal" y alertó de que su
ingesta no está exenta de peligrosos efectos secundarios: "Puede
provocar insuficiencia hepática, aumentar el riesgo de cáncer de
hígado y páncreas, producir náuseas (42%) y vómitos
(16%), sangrado vaginal (31%), vértigos o mareos (20%), dolor abdominal
(15%), fatiga (13%), dolor de cabeza (10%), sensibilidad mamaria (8%), retraso
de la menstruación (5%) y diarreas (3%)".
2.- Tribuna. La 'prescripción enfermera' desde la perspectiva de
Facme
Los autores muestran su apoyo al documento de trabajo presentado por el
colectivo enfermero y que favorece la legalización de la práctica
habitual que este personal viene desarrollando desde hace años en el
tratamiento farmacológico de los pacientes.
José Mª Lobos/África Mediavilla Martínez
Diario Médico, 19/12/2007
El debate sobre lo que se ha denominado prescripción enfermera vuelve a
estar de plena actualidad. El pasado 9 de mayo, la Federación de
Asociaciones Científico Médicas de España (Facme)
desarrolló en Madrid sus V Jornadas Científicas sobre el Papel de
otros profesionales sanitarios en la prescripción, escenario en el que
se debatió ampliamente el desarrollo de la disposición adicional
duodécima de la Ley de Garantías y Uso Racional de los
Medicamentos, así como otros temas relacionados con la ley.
En esta jornada, en la que participaron principales responsables de la
Administración central, la profesión y las sociedades
científicas, se debatió el documento presentado por la
Consejería de Sanidad de Cantabria sobre prescripción enfermera,
texto que ha sido utilizado junto con otros materiales aportados por otras
autonomías y entidades para elaborar el documento de la Comisión
Permanente de la Comisión de Farmacia del Consejo Interterritorial,
conocido la pasada semana.
La postura de Facme es muy clara en este sentido y ya ha manifestado su apoyo a
este documento de trabajo, aplicable a otras comunidades autónomas, el
cual favorece la legalización de la práctica habitual que el
personal de enfermería viene desarrollando desde hace años en el
tratamiento farmacológico de los pacientes, tanto en el ámbito de
la atención primaria como en el hospitalario.
Este documento contempla la autorización del uso de medicamentos en el
paciente agudo, dentro de programas o protocolos ampliamente sustentados por la
literatura científica y consensuados entre los profesionales con un
claro enfoque multidisciplinar. El tratamiento del dolor postoperatorio
constituye un buen ejemplo de esto.
Cuestión de receta
Por otra parte, la prescripción de medicamentos por el profesional de
enfermería podría hacerse de forma autónoma en el
tratamiento de situaciones o condiciones clínicas leves como catarros,
resfriados o síntomas leves gastrointestinales, entre otros.
Debe quedar claro que éstos no requieren receta médica para su
dispensación en cualquier oficina de farmacia y, por tanto, parece
más seguro su uso si está avalado por un profesional cualificado
que advierta también de posibles complicaciones, analice las
limitaciones en una patología o situación concreta (ancianos,
pacientes polimedicados, embarazadas) y evite la automedicación, que es
una causa frecuente de problemas. Los tratamientos crónicos son el otro
gran eje sobre el que pivota la tarea asistencial clínica desde la
consulta, tanto en el primer nivel asistencial como en especializada.
Tras 25 años de desarrollo del modelo actual de atención
primaria, basado en equipos de trabajo multidisciplinares, programas
preventivos, protocolos y una cartera de servicios bien definida, a nadie le
queda duda sobre el papel que desempeña la enfermera en la
atención al paciente crónico o a las personas que presentan
determinados factores de riesgo, que acuden periódicamente al centro de
salud.
Parece una pérdida de tiempo innecesaria para profesionales y pacientes
que haya que pasar por la firma del médico cada día cientos de
recetas con la única finalidad de obtener su reembolso a través
de la farmacia, los medicamentos previamente prescritos por él en
tratamientos de larga duración. En el mencionado documento se propone
autorizar al personal de enfermería para que pueda solicitar la
dispensación o administrar sin el requerimiento meramente
burocrático de la firma del médico.
La finalidad de esta propuesta no es desplazar a otros la excesiva carga
burocrática de las consultas -para eso habría que introducir
otros instrumentos como recetas multiprescripción de larga
duración real y la receta electrónica, aún pendientes de
desarrollar-, sino que el equipo de salud asuma y comparta en su conjunto las
tareas asistenciales, incluido el control y el seguimiento de los pacientes
crónicos, probablemente la tarea a la que dedica más tiempo el
profesional de atención primaria (enfermera o médico) desde hace
décadas, cada uno desde su posición y responsabilidad, visto como
una excelente ocasión para mejorar el cumplimiento, e integrar las
medidas no farmacológicas (alimentación, ejercicio, etc.) que
deben estar plenamente integradas en el seguimiento.
La posición de enfermería en este ámbito, así como
en el desarrollo e implantación de múltiples intervenciones
preventivas (educación, información, consejo y detección
de factores de riesgo o de hábitos no saludables) es
inequívocamente privilegiada, como profesional sanitario más
cercano a las personas, pacientes y familia, en todos los ámbitos
asistenciales.
3.- La falta de rigor en su cumplimiento y en la inspección lastran
la ley del aborto en España
La OMC ha anunciado que se presentará como acusación particular
en los casos sobre prácticas abortivas "en defensa de los valores
éticos de la profesión". Es la última reacción
a unos incidentes que han reabierto el debate y han puesto en tela de juicio
los procedimientos para abortar. Los especialistas creen que el problema
está en el cumplimiento de la ley.
Diario Médico, Gonzalo de Santiago 20/12/2007
Las investigaciones judiciales de los supuestos abortos ilegales en varias
clínicas españolas han reabierto el debate sobre el aborto en
nuestro país. La gravedad del caso ya ha tenido respuesta de la
Organización Médica Colegial (OMC), que ha anunciado que se
presentará como acusación particular "en defensa de los
valores éticos y deontológicos de la profesión
médica".
También se ha discutido una posible reforma de la Ley Orgánica
9/1985, de despenalización parcial del aborto, que prevé tres
supuestos en los que el aborto no es punible penalmente. En dos de ellos se
establecen plazos: cuando haya existido una violación -dentro de las 12
primeras semanas- o si se presume que el feto habrá de nacer con graves
taras físicas o psíquicas -antes de las 22 semanas-.
El tercer supuesto es el más polémico, ya que permite el aborto
para evitar un grave peligro para la vida o salud física o
psíquica de la embarazada, y así conste en un dictamen de un
médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquél por
quien o bajo cuya dirección se practique el aborto. A este supuesto se
acogen la gran mayoría de las embarazadas que desean abortar
-según algunas estimaciones, el 97 por ciento-. Además, no hay
ningún plazo para que se pueda alegar este daño, por lo que se
producen abortos en avanzados estados de gestación.
"Este supuesto se ha convertido en un auténtico coladero",
afirma Enrique Villanueva, catedrático de Medicina Legal, que ve
especialmente grave "la emisión de certificados médicos
falsos" y hace referencia a los casos de las clínicas investigadas,
en los que se elaboraron a la medida de las gestantes. "A los
médicos se les da una especie de poder notarial para certificar que lo
que está diciendo la paciente es cierto y en estos casos se ha
defraudado la confianza de la sociedad".
En su opinión, el problema no está en cambiar la
legislación: "Existen leyes más que suficientes y
además tenemos el Código Deontológico, que sanciona
claramente este tipo de comportamientos. Cada profesional debe aguantar su
responsabilidad". También pide una exhaustiva labor de seguimiento
y control de "las comunidades, que deben vigilar periódicamente
estos informes médicos". Asimismo, cree que los fiscales deben
involucrarse en esta labor.
Juan José López Ibor, director del Instituto de
Psiquiatría y Salud Mental del Hospital Clínico de San Carlos,
considera que la Ley del Aborto ha buscado coartadas y que abusa de los
profesionales sanitarios y de los científicos. "En el caso de los
psiquiatras deja en sus manos decidir cuándo el nacimiento de un hijo es
un verdadero problema de salud mental para la madre, cuando ni siquiera los
médicos nos ponemos de acuerdo sobre los límites de la salud
mental". Asimismo, en el caso de los científicos para decidir
cuándo el feto es un ser humano, "cuando la ciencia no tiene
respuesta para eso y los criterios suelen ser aleatorios". En su
opinión, es muy difícil legislar el aborto, pero pide que la
actual ley "se cumpla correctamente".
Según Luis Cabero, presidente de honor de la Sociedad Española de
Ginecología y Obstetricia y vicepresidente de la Federación
Internacional, en el caso de los supuestos abortos ilegales han fallado todas
las estructuras corporativas médicas. "Debería estarse
más encima. Las administraciones no cumplen con su obligación de
seguimiento e inspección ni se sigue el código
deontológico.
Ha habido una auténtica dejación de funciones". Cabero
espera que se llegue hasta el final y "que se actúe también
contra las gestantes". Además, se pregunta cómo pueden
actuar así ciertos profesionales. "Se han cometido verdaderos
asesinatos; matar a un feto de 7 y 8 meses es un auténtico
infanticidio". El Código Penal prevé penas más bajas
-prisión de seis meses a un año o multa de seis a veinticuatro
meses- a las madres que produjeren su aborto o consintieren que otra persona se
lo cause, fuera de los casos permitidos por la ley. Para los médicos,
penas de cárcel de uno a tres años e inhabilitación
especial.
Rogelio Altisent, presidente de la Comisión de Deontología de la
Organización Médica Colegial, cree que el verdadero problema es
que se ha actuado de manera delictiva y con falsedad documental. "Hay que
actuar con energía, pues se puede trasladar a la sociedad la imagen de
que el médico puede certificar lo que sea". En este sentido,
instó a los políticos a intervenir.
4.- Completada la lista de los miembros que componen el Comité
Nacional de Bioética
El pasado viernes -tal y como adelantó diariomedico.com- el Consejo de
Ministros anunciaba los nombres de los seis miembros del Comité Nacional
de Bioética que quedaban por nombrar para completar los doce previstos
por la ley.
Diario Médico. Redacción 26/12/2007
A propuesta del Ministerio de Sanidad se ha nombrado a Carlos Alonso Bedate,
doctor en Ciencias y profesor de Investigación ad honorem del Centro de
Biología Molecular del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas; Carmen Ayuso, doctora en Medicina por la Universidad
Autónoma de Madrid, y Yolanda Gómez, Miembro del Comité
Internacional de Bioética de la Unesco.
Por su parte, el Ministerio de Justicia, el de Industria y el de
Educación proponen a Jordi Camí, catedrático de
Farmacología de la Universidad Pompeu Fabra; Victoria Camps,
catedrática de Ética de la Universidad de Barcelona, y
José Antonio Martín Pallín, magistrado del Tribunal
Supremo.
Estos seis miembros se suman a los nombrados por las comunidades
autónomas en el Consejo Interterritorial: César Nombela,
catedrático de Microbiología de la Universidad Complutense de
Madrid; Carlos Romeo Casabona, director de la Cátedra de Derecho y
Genoma en Deusto; Marcelo Palacios, presidente de la Sociedad Internacional de
Bioética; César Loris, jefe del Servicio de Nefrología del
Hospital Miguel Servet de Zaragoza; Pablo Simón Lorda, de la Escuela
Andaluza de Salud Pública, y María Casado, profesora de
Filosofía del Derecho de la Universidad de Barcelona.
Mandato de cuatro años
Tal y como prevé la Ley de Investigación Biomédica, norma
que prevé la forma de constitución del comité, el mandato
de los doce componentes es de cuatro años renovables por una sola vez.
La renovación se realizará por mitades cada dos años,
salvo la primera, que será por sorteo.
La función de este órgano, de carácter colegiado e
independiente, es reforzar las garantías éticas y sociales en las
actividades relacionadas con la Biomedicina y las Ciencias de la Salud. En
concreto, será el encargado de establecer los principios generales para
la elaboración de códigos de buenas prácticas de
investigación científica, aunque su desarrollo
corresponderá a los comités de ética de la
investigación.
Además, este órgano deberá representar a España en
los foros y organismos surpranacionales e internacionales implicados en la
Bioética. El comité deberá colaborar con otros
comités estatales y autonómicos que tengan funciones asesoras
sobre las implicaciones éticas y sociales de la biomedicina y ciencias
de la salud y fomentará la comunicación entre dichos
órganos.
5.- Tribuna. Aborto: inconstitucionalidad de una ley de plazos
La doctrina del Constitucional sobre el nasciturus no le reconoce el derecho
fundamental a la vida, pero sí que es un bien jurídico
constitucionalmente protegido; de ahí que no haya sitio para el aborto
libre aunque se fijen plazos. El autor recuerda que los controles previstos en
el Código Penal han quedado derogados por una realidad de certificados
psicológicos en blanco y un millón de seres humanos
desaparecidos.
José Luis Requero. Magistrado y vocal del Consejo General del Poder
Judicial
DM,. 27/12/2007
Es algo que, tarde o temprano, iba a estallar. Algo se ocultaba tras la
escalofriante cifra de casi un millón de abortos practicados, la gran
mayoría al amparo de riesgo para salud psíquica de la madre.
Intentos de investigar la realidad de ciertas clínicas abortistas no han
faltado.
Al poco de promulgarse la ley la investigación realizada a un centro
madrileño se saldó con el archivo y la persecución
mediática del juez. Años después, esta vez en Albacete, se
hizo otro tanto con el mismo resultado y con un agravante: el tribunal superior
al acordar el archivo declaró la improcedencia de esas investigaciones
por estar el delito de aborto "en entredicho".
Hemos vivido años de impunidad. España, convertida en centro del
turismo abortivo, con publicidad escandalosa en la prensa por parte de unas
clínicas convertidas en un sustancioso negocio.
Pero un reportaje de la televisión danesa y de la prensa
británica mostraron que la realidad española era la del aborto
libre en fraude de ley. El escándalo ha estallado en época
electoral y los partidos hacen frente desde su interés. IU no ha dicho
otra cosa que lo que viene defendiendo siempre: barbarie a plazos, y el PSOE se
apunta a su pragmatismo tradicional, pues con años de pasividad y fraude
tolerado ¿para qué abrir un debate sobre la ley de plazos? Se
compromete a iniciar una reflexión.
Sin embargo, el panorama ha cambiado al perderse los temores a investigar la
realidad del negocio abortista. Todo parece indicar que, transcurrido el
periodo electoral y ya sin peligro de asustar al electorado moderado,
bienpensante y cobardón (PSOE) o a un hipotético elector de
izquierda moderada (PP), se irá a una ley de plazos, reforma que no
procurará proteger al feto humano, al nasciturus, sino dar
garantías y seguridad jurídica tanto a las clínicas
abortistas como a las mujeres que acuden a sus servicios.
Pero una ley de plazos no encaja con la Constitución, no por una
interpretación voluntarista, sino por la doctrina fijada por el Tribunal
Constitucional en su sentencia 53/1985.
El 'nasciturus' para el Constitucional
El vigente artículo 417 bis del Código Penal, añadido por
la ley de 1985 al de 1973, dice que el aborto es delito salvo en tres casos:
riesgo para la madre, riesgo de malformaciones del feto y violación.
Antes, en esos casos se atenuaba o hasta se eximía de responsabilidad
por inexigibilidad de una conducta distinta en la madre, y el
"mensaje" era muy diferente: abortar era siempre delictivo, aunque se
castigase con una pena mínima o hasta se excluyese la responsabilidad.
La ley del aborto introdujo un cambio radical no sólo legal, sino de
mentalidad: ya no hay delito por determinación legal. Esto cala en la
mentalidad de las gentes y no es lo mismo que un negocio pivote en la legalidad
de su objeto que en su ilegalidad como punto de arranque, si bien con pena
atenuada o con exención de responsabilidad. El Constitucional
entendió que no es inconstitucional la inexistencia de responsabilidad
penal en los tres casos del artículo 417 bis por ser casos
límite.
Reconoce que el nasciturus no entra en el "todos" del artículo
15 de la Constitución, no le reconoce el derecho fundamental a la vida,
pero sí que su vida merece tutela porque, si bien no es persona, tampoco
es "algo". Sí es un "tertium existencial" respecto
de la madre, y su vida un bien jurídico constitucionalmente protegido.
Todo cautela y ponderación: no se desprotege al nasciturus, se dice que
el Estado debe abstenerse de interrumpir u obstaculizar la gestación,
debe establecer un sistema de protección que incluya también la
protección penal, pero que no tiene por qué ser absoluta, y de
ahí que en casos límite no exigir a la mujer que siga con el
embarazo sea constitucional y lo contrario sería excederse de lo
normalmente exigible.
Se excluye la responsabilidad penal al colisionar la vida del nasciturus con
otros bienes también de relevancia constitucional -la vida y dignidad de
la madre-, luego es legítimo hacer ese ejercicio de ponderación
de valores e intereses en conflicto. En definitiva, el legislador tiene un
mandato de protección pero puede diseñar esa protección
como estime pertinente.
La restante historia es ya conocida. De unos supuestos de no exigencia de
responsabilidad criminal se ha pasado a hablar de derecho al aborto o de
derechos reproductivos de la mujer. Derogados los controles previstos para
constatar la realidad del riesgo para la salud física o psíquica
de la madre, hemos pasado a los certificados en blanco, a los psicólogos
de pega y a ese millón de seres humanos desaparecidos, futuribles que
ahora engrosarían nuestra infancia y juventud.
Pero eso es otro tema. El caso es que de esa doctrina tan pudorosa, comedida y
hasta aseada, lo que se deduce es que no hay sitio para el aborto libre aun en
determinados plazos, pues no habría colisión alguna de intereses
ni habría situación límite contrastada y objetivable.
6.- Bernat Soria rechaza "ciertas maniobras encubiertas de
privatización" de hospitales públicos y pide humanizar el
sistema.
El ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria, considera que los retos en
Sanidad para la próxima legislatura serán que el Sistema Nacional
de Salud (SNS) "siga existiendo" y rechaza "ciertas maniobras de
privatización encubierta del sistema", en referencia a la
gestión privada de hospitales públicos, al tiempo que apuesta por
aumentar la cartera de prestaciones que ofrece el sistema público,
empezando por la reducción de las listas de espera.
Europa Press. Alicante. 28/12/2007
Durante un vino de honor que ha ofrecido para los medios de comunicación
en Alicante, Bernat Soria se ha referido a los retos de su cartera para la
próxima legislatura. A su modo de ver, "hay un reto muy importante,
del que a veces no nos damos cuenta, que es que el SNS continúe
existiendo". A este respecto, ha dicho que es "con diferencia, uno de
los mejores del mundo".
En este sentido, ha abogado por que el SNS sea "viable, sostenible y que
persista", por lo que ha rechazado "ciertas maniobras de
privatización encubierta del sistema", en relación a la
gestión privada de centros sanitarios públicos, y ha pedido que
sean "convenientemente identificadas y que los ciudadanos sepan lo que
significa y lo que puede significar que la salud esté en manos de
alguien que quiere hacer negocio". "La salud no es un negocio",
ha apostillado.
Así, según ha añadido, "si aseguramos el sistema, que
es lo más importante, eso sería el 80 o el 90 por ciento",
después habría que "añadir prestaciones a la cartera
de servicios, humanizar el sistema". En primer término, Soria ha
subrayado que "como mínimo" haya los mismos servicios en todas
las comunidades autónomas, y en segundo, respecto a la
humanización, ha expresado su preocupación por las listas de
espera, tema que, según ha dicho, "va a ser importantísimo
en la próxima legislatura".
En referencia a este punto, ha indicado que el Ministerio de Sanidad es
"el garante de la cohesión, la calidad y la equidad del sistema y
las listas de espera dan una fotografía cada seis meses de que van
mejorando", aunque "demasiado lentamente". Por ello, ha dicho
estar dispuesto a "atacar muy en serio" este asunto, "sin que se
pierda la calidad de los servicios".
7.- Opinión. Hay que mojarse por los inocentes
Desde que aparecieron las primeras informaciones sobre las clínicas
abortistas de Barcelona me rondaba la cabeza escribir una opinión, pero
Diario Médico no se había hecho eco de lo ocurrido porque nuestra
política es no escribir sobre sucesos y como tales consideramos esos
hechos.
Silvia Churruca. Diario Médico, 28/12/2007
Sin embargo, en el momento en que las organizaciones profesionales se han
manifestado al respecto, se convierte en materia informativa para el
periódico de los médicos, máxime cuando se habla de la
participación de algunos médicos en abortos en gestaciones de
hasta 30 semanas y firmas de informes psiquiátricos en blanco.
La Asociación Española de Pediatría se ha pronunciado con
contundencia: interrumpir el embarazo a partir de la semana 24 es, en cualquier
caso, un infanticidio, no un aborto. Imposible pensar en una fecha mejor para
comentar esta declaración que hoy, día de los Santos Inocentes.
Creo que este paso adelante de los pediatras es de una coherencia absoluta.
¿Cómo podrían conjugar los avances de la neonatología
con la pasividad ante el atentado contra sus potenciales pacientes?
Les confieso que no soy en absoluto imparcial ni objetiva en este tema. Cuando
los pediatras recuerdan que actualmente los servicios de Neonatología
sacan adelante niños más pequeños que algunos de los
asesinados en esas clínicas, yo pienso en mi hija.
Icíar nació hace tres años en el Hospital Clínico
de San Carlos a las 26 semanas de gestación y con un kilo de peso.
Durante mes y medio de ingreso comprobé el impresionante trabajo del
equipo de neonatología, que logró superar la inmadurez pulmonar,
una infección y complicaciones varias hasta entregarme el 31 de
diciembre a una niña que no llegaba a los dos kilos pero en perfecto
estado de salud.
Por mucho que lo pienso, no se me ocurre qué tipo de médico puede
fríamente quitarle la vida a un niño. ¿Que está sin
formar del todo? Mi hija tampoco lo estaba, pero como dijo alguien al verla:
¡Es impresionante que siendo tan pequeña sea perfecta! Así
es la vida.
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